Jimmy Jazz escribió:el caso es que la legislacion actual permite "exhibir" el dni pero no dice nada de "portarlo", lo que se puede intepretar como quese puede no llevar encima el original pero si llevar algo que verifique la identidad (a falta del documeno original que mejor que una fotocopia del mimso con la acreditación de una comisaria de que es xompletametne fiel al original), siendo la fotocopia compulsada compltamenet legal.
El caso del carnet de conducir no me lo habia planteado (he pensado en un control de la guardia civil pero podia haber puesto el burro que la lia en una manifsteacion y le piden documentacion) pero por lo que parece trafico admite conducir con la fotocopia en las mismas conduciones que el original siemy cuando haya sido compulsado en una jefatura provincial (si lo hace un notario no valdria). Ademas trafico permite hacer esto mismo con los papeles del coche, esto lo puedo confirmaar porque hay varios testimonios y fotogrsfias en internet que lo demuestran.
Y cómo diantre vas a poder 'exhibirlo' si no lo llevas contigo, es decir, lo 'portas'. La identificación de un individuo, eso sí, se puede hacer de varias formas.
Claro que como forma rápida y cómoda únicamente existe la de llevar y mostrar el DNI. Que para eso se creó allá por 1941.
Déjate de tanta 'legislación vigente' y de tanta 'interpretación' «demostrada» que, sospecho, sacas de los reconocidos «juristas que pueblan internet», y trata de ser práctico en la vida. ¿Tanto cuesta llevar el DNI? Seguro que el móvil no te lo dejas cuando conduces. Por falta de sitio en los bolsillos no será, desde luego.