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Como luchar contra los CUE?

NotaPublicado: Sab, 12 Nov 2016, 11:08
por caesar86
Hola a todos.

Os explico, comenzamos en andalucía la campaña de recolección de aceituna y como los anteriores año, está previsto que ciudadanos de cierto pais comunitario asolen las producciones que los agricultores se pasan todo el año cuidando. Con los cambios normativos, en la zona en la que trabajo la autoridad sancionadora es muy garantista y me gustaría haceros unas preguntas al respecto de extranjería y que dierais consejos para luchar contra esta gente, os voy poniendo tema por tema. Os hablo como GC.

a) Cuando se intercepta a estas personas con fruto "sustraido" del que no se puede aportar el origen, hasta ahora dabamos cuenta a la inspección de trabajo, ya que entendiamos que estaba realizando un trabajo del que obtenía un beneficio... Ahora hemos pensado en mandarlas por la Ley de Extranjería, mas en los casos en los que el certificado de inscripción figura que no puede trabajar

b) Cuando se les pilla hurtando o apropiandose del fruto, tengo conocimiento que en ciertas provincias se remite un informe a la Brigada de extranjería para que instruyan, si es posible, un procedimiento de expulsión, alguien sabe algo de esto? Por que todo el mundo ha oido, pero nadie sabe...

c) Conclusión, que como podemos luchar con este tipo de gente que viene perfectamente organizada a j**** al ciudadano de aquí, a ver si algún compi de extranjería me puede asesorar bien, para antes de ir a la brigada de esta provincia saber por donde van los tiros y poder mirar tambien la normativa al respecto...

Re: Como luchar contra los CUE?

NotaPublicado: Dom, 13 Nov 2016, 18:12
por Astro29
Si como dice dichas personas son de un país miembro de la Unión Europea entonces no se rigen por la Ley Orgánica 4/2000, sino por el "Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo".

Estos ciudadanos tienen derecho a ejercer cualquier actividad, salvo los descendientes mayores de 21 años que vivan a cargo así como otros ascendientes, por lo que salvo esos casos no sé por qué figura que no pueden trabajar.

Es posible proceder a su expulsión en base a lo reflejado en el Capítulo VI.

Re: Como luchar contra los CUE?

NotaPublicado: Sab, 19 Nov 2016, 17:03
por caesar86
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Totalmente de acuerdo, pero el RD 240/2007 les establece obligaciones... pero no son sancionables...

Re: Como luchar contra los CUE?

NotaPublicado: Mié, 23 Nov 2016, 11:22
por Astro29
Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
caesar86 escribió:Totalmente de acuerdo, pero el RD 240/2007 les establece obligaciones... pero no son sancionables...


Creo que lo único que puede hacer es aplicar la L.O. 4/2015, Código Penal y el citado Capítulo VI del R.D. 240/2007 a través de la Unidad de Extranjería de su demarcación.