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leirees escribió:Yo creo que si que entran los recursos. En el tema 14 de las bases pone que entra lo siguiente "El procedimiento administrativo: interesados. Fases del procedimiento administrativo. Revisión de los actos".
El apartado revisión de los actos se corresponde con el TÍTULO V (llamado "De la revisión de los actos en vía administrativa") de la Ley 39/2015, y ese título esta compuesto por dos capítulos: CAPÍTULO I. Revisión de oficio y CAPÍTULO II. Recursos administrativos.
Si sólo entrara hasta el artículo 111, pondría revisión de OFICIO en las bases... En mi opinión, entra hasta el artículo 126, incluido.
Si, pero porq las bases digan que entra "revisión de los actos" no creo que tenga que entrar tooodo el título en el que se comprende los actos.
El capítulo 1° del Título V es: Revision de los actos en vía administrativa
El capítulo 2° del Título V es: Recursos administrativos.
En mi opinión al leer las bases y ver que lo último que piden es: revisión de los actos, entiendo que el 2° capítulo del título V no entra, ya que la revisión de los actos se trata en el primer capítulo y no en el segundo. El segundo son los recursos, que no aparece en las bases.
Me he explicado?? Vaya chapa...
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