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Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Sab, 26 Ago 2017, 09:26
por rorscharch

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Sab, 26 Ago 2017, 09:52
por Auxpol
Hola KOROKOTA, iba a contestarte y he visto la contestación de rorscharch, quizás pudo ser que en su tiempo se estableciese una relación laboral. Ahora se establece que son funcionarios en prácticas.

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Sab, 26 Ago 2017, 23:20
por luchas7
Botas Policiales Desde 52?

desenfunda.com
mugikorra escribió:
luchas7 escribió:
manu1680 escribió:Eso es compañero se cobra el SMI en la academia.Estas dado de alta y con contrato ya.Eres agente en prácticas en periodo de formación.
Yo se de uno que tiene médico por el 10 de septiembre,esta de los últimos ya.

Hasta que no salgáis de la academia no sereis agentes en practicas, sino alumnos y funcionarios en practicas. Animo que ya casi esta...



Me parece que en la Academia eres "Personal Laboral" del Gobierno Vasco, ya que no eres Funcionario de Carrera,

Si echas un ojo al Historial de Vida Laboral que suele enviar la TGSS a los domicilios, verás que el período académico se corresponde a un Código con fecha de Alta y Baja coincidente con la duración del Curso.

Negativo, mira en tus nóminas de cuando estuviste en la Academia que pone " funcionario en practicas", que no de carrera....si es que las guardas xD

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Sab, 26 Ago 2017, 23:31
por luchas7
Municion Marcadora 9mm Fx

Force on force
uspsuministros.com
rorscharch escribió:si uno rebate algo, al menos que lo fundamente en normas, que es lo minimo que se le puede pedir a un policia:

"Decimotercera.– Nombramiento de funcionarios y funcionarias en prácticas.
1.– Las personas seleccionadas que hayan acreditado debidamente el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, serán nombradas funcionarios o funcionarias en prácticas mediante Resolución de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, que se hará pública en la forma prevista en la Base Vigésima. En esta Resolución de nombramiento, res- pecto de las personas nombradas, se indicará el número de DNI, nombre y apellidos, así como el número de identi cación profesional que se les asigne.
Las personas así nombradas funcionarios o funcionarias en prácticas permanecerán en dicha situación desde el inicio del curso de formación hasta que se produzca su nombramiento de fun- cionario o funcionaria de carrera o su exclusión del procedimiento selectivo."

Tampoco te vengas arriba....tranquilidad y respeto, todos y cada uno de los policias que entramos en este foro SOLO QUEREMOS AYUDAR y alguna vez también nos equivocamos. Un saludo y ánimo.

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Dom, 27 Ago 2017, 10:47
por KOROKOTA
Camiseta Guardia Civil

militariapiel.es
luchas7 escribió:
rorscharch escribió:si uno rebate algo, al menos que lo fundamente en normas, que es lo minimo que se le puede pedir a un policia:

"Decimotercera.– Nombramiento de funcionarios y funcionarias en prácticas.
1.– Las personas seleccionadas que hayan acreditado debidamente el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, serán nombradas funcionarios o funcionarias en prácticas mediante Resolución de la Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, que se hará pública en la forma prevista en la Base Vigésima. En esta Resolución de nombramiento, res- pecto de las personas nombradas, se indicará el número de DNI, nombre y apellidos, así como el número de identi cación profesional que se les asigne.
Las personas así nombradas funcionarios o funcionarias en prácticas permanecerán en dicha situación desde el inicio del curso de formación hasta que se produzca su nombramiento de fun- cionario o funcionaria de carrera o su exclusión del procedimiento selectivo."

Tampoco te vengas arriba....tranquilidad y respeto, todos y cada uno de los policias que entramos en este foro SOLO QUEREMOS AYUDAR y alguna vez también nos equivocamos. Un saludo y ánimo.



No te preocupes luchas7, no me ofende alguien que después de escribir sus comentarios los borra como "el que tira la piedra y esconde la mano". Este forero no sabe que los errores son uno de los principales fallos del ser humano, y casi siempre cuando lo que quiere es ayudar. En mi época era como comenté, si ha cambiado después lo ignoro pues hay temas del Dpto. que no me interesan para nada y por lo tanto ni me informo ni me informare. Y lo mínimo que se le puede pedir a un policía es educación y respeto, cosa que el forero invisible(pues no se leen sus comentarios) no tiene y que los que somos policías con muchos trienios a veces (lo digo por mi) también perdemos debido al cansancio de escuchar a ciertos "jovencitos" que todo lo saben y cuya soberbia es inversamente proporcional al valor que se le debe pedir a un policía(ves, ha vuelto a suceder, ya he perdido la paciencia). Sin mas siento haberme equivocado y un saludo a todos.

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Dom, 27 Ago 2017, 15:53
por milano_xxii
Temario Escala Básica

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joyfepolferes.es
En el periodo de academia en la resolución de entrada pone la fecha y esta la lista del nombramiento de Funcionarios en prácticas,quizas hace años serian personal laboral pero a dia de hoy son funcionarios en practicas y superando el período académico pasan a ser agentes en prácticas,decir también de paso que se cotiza pero no se tiene defecho a paro en caso de no superar la fase academica o el periodo de prácticas

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Lun, 28 Ago 2017, 09:05
por manu1680
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Buenas.Eso si que me asombra cotizas,tienes contrato pero no tienes paro? Raro de la leche.
Bueno después de llegar a entrar ya espero no nos pase eso de no pasar en academia o prácticas.Aunque algún especial siempre cae.
Gracias por la respuesta milano.

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Lun, 28 Ago 2017, 13:42
por Balue

foropolicia.es
Si se cotiza a la SS digo yo que correspondera a paro.

Para los veteranos,en la academia aparte de la teoría y pruebas físicas que si no me equivoco las preparas por tu cuenta, que otras asignturas hay?tiro,defensa personal,algún arte marcial?

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Lun, 28 Ago 2017, 14:44
por Auxpol
Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Lo que dice Milano_xxii es correcto, y es que ningún funcionario de carrera tiene derecho a paro, cotizan a la seguridad social excepto por la contingencia de desempleo. Los funcionarios interinos o personal eventual, si cotizan por desempleo, sí que tienen derecho al paro.

Artículo 264. Personas protegidas.

1. Estarán comprendidos en la protección por desempleo, siempre que tengan previsto cotizar por esta contingencia:

a) Los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.

b) Los trabajadores por cuenta ajena incluidos en los regímenes especiales de la Seguridad Social que protegen dicha contingencia, con las peculiaridades que se establezcan reglamentariamente.

c) Los trabajadores emigrantes que retornen a España y los liberados de prisión, en las condiciones previstas en este título.

d) Los funcionarios interinos, el personal eventual, así como el personal contratado en su momento en régimen de derecho administrativo al servicio de las administraciones públicas.

e) Los miembros de las corporaciones locales y los miembros de las Juntas Generales de los Territorios Históricos Forales, Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares Baleares y los cargos representativos de las organizaciones sindicales constituidas al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, que ejerzan funciones sindicales de dirección, siempre que todos ellos desempeñen los indicados cargos con dedicación exclusiva o parcial y perciban por ello una retribución, en las condiciones previstas en este título para los trabajadores por cuenta ajena.

f) Los altos cargos de las administraciones públicas con dedicación exclusiva que sean retribuidos por ello y no sean funcionarios públicos, en las condiciones previstas en este título para los trabajadores por cuenta ajena, salvo que tengan derecho a percibir retribuciones, indemnizaciones o cualquier otro tipo de prestación compensatoria como consecuencia de su cese.

2. Las personas a que se refieren las letras e) y f) del apartado anterior están obligadas a cotizar por la contingencia de desempleo, así como las corporaciones locales y las Juntas Generales de los Territorios Históricos Forales, Cabildos Insulares Canarios y Consejos Insulares Baleares, las administraciones públicas y las organizaciones sindicales en los que dichas personas ejerzan sus cargos, a quienes serán de aplicación las obligaciones y derechos establecidos para los trabajadores y los empresarios respectivamente.

En los supuestos a los que se refiere el presente apartado, el tipo de cotización por desempleo será el establecido en cada momento con carácter general para la contratación de duración determinada a tiempo completo o parcial.

3. El Gobierno podrá ampliar la cobertura de la contingencia de desempleo a otros colectivos.

(Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social)



Como buena noticia decir que ese tiempo computa a efectos de trienios.

Re: XXVI Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Mar, 29 Ago 2017, 08:26
por milano_xxii
Asi es...