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Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Mié, 23 Sep 2020, 23:12
por Lur

intervencionpolicial.com
Rusty85 escribió:
Aitor44 escribió:Buenas a todos,

Estoy interesado en apuntarme a alguna academia y por lo que he mirado, están bastante caras. La más interesante/completa que me parece haber visto es OPEBIDE, pero sin embargo, todo el curso vale 1.400 euros.

¿Alguno de vosotros estará interesado en contratar el curso entre 4 personas por ejemplo? De este modo, nos saldría a 350 euros persona en vez de los 1.400 euros iniciales. Total, el objetivo es conseguir unos buenos esquemas y unos cuantos test teóricos y psicotécnicos para practicar.

Ya me diréis si alguno está interesado.

Gracias.
Un saludo,


No se puede compartir psicotécnicos ni nada. De hecho, tienes tu propio código de alumno y si por un casual se enteran de que has compartido apuntes, te denuncian (no es broma, ya lo han hecho alguna vez).
De hecho, cada día de clase te van sellando con tu numerito los apuntes, y en toooodas las páginas viene la advertencia de que se reservan los derechos de copyright y esas historias comerciales. Son muy recelosos con esas historias la verdad.

Además, que lo bueno de esa academia, es ir a clase, ya que te explican los psicotécnicos, a mi juicio, muy bien. Raro es la persona que no saca notazas. Yo mismo pasé de suspender el espacial a tener 0 fallos una vez aprendida la metodología.

De todas formas, entiendo tu postura, yo no lo veo como un chanchullo, es una pasta e imagino que estarás buscando una manera de que no te salga tan caro. Cosa lógica. Vamos, que no veo que haya "chanchullos" ni mala fe. Y no vas a ser peor policía por ello.
La ética y la moral para cuando entres. Y ya si eso, lo discutes con los veteranos. Y les preguntas si NUNCA han quitado una multa a un compañero/conocido. Porque visto lo visto, aquí son todos muy íntegros. (no miro a nadie).

Pues yo sí miro a alguien. " La ética y la moral" para ahora. Si no las tienes, en esta empresa no pintas nada.
Para dejarte algún concepto claro, este veterano te lo explica: " Mira, chico. Una cosa es no hacer una denuncia de tráfico, lo cual es potestad del agente actuante, y otra una estafa, lo cual es un ilícito penal. Te ha quedado claro? Pues venga, a lo siguiente".

Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 06:09
por trance1987
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Aitor44 escribió:Buenas a todos,

Estoy interesado en apuntarme a alguna academia y por lo que he mirado, están bastante caras. La más interesante/completa que me parece haber visto es OPEBIDE, pero sin embargo, todo el curso vale 1.400 euros.

¿Alguno de vosotros estará interesado en contratar el curso entre 4 personas por ejemplo? De este modo, nos saldría a 350 euros persona en vez de los 1.400 euros iniciales. Total, el objetivo es conseguir unos buenos esquemas y unos cuantos test teóricos y psicotécnicos para practicar.

Ya me diréis si alguno está interesado.

Gracias.
Un saludo,


Egun on;

Yo había visto el curso online de ESAN que tiene muy buena pinta. Pero por lo general todos habláis bien de Opebide. Llamaré para preguntar por si tienen cursos online, que por el trabajo me es imposible ir presencialmente.

Un saludo

Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 10:13
por Rusty85
Lur escribió:
Rusty85 escribió:
Aitor44 escribió:Buenas a todos,

Estoy interesado en apuntarme a alguna academia y por lo que he mirado, están bastante caras. La más interesante/completa que me parece haber visto es OPEBIDE, pero sin embargo, todo el curso vale 1.400 euros.

¿Alguno de vosotros estará interesado en contratar el curso entre 4 personas por ejemplo? De este modo, nos saldría a 350 euros persona en vez de los 1.400 euros iniciales. Total, el objetivo es conseguir unos buenos esquemas y unos cuantos test teóricos y psicotécnicos para practicar.

Ya me diréis si alguno está interesado.

Gracias.
Un saludo,


No se puede compartir psicotécnicos ni nada. De hecho, tienes tu propio código de alumno y si por un casual se enteran de que has compartido apuntes, te denuncian (no es broma, ya lo han hecho alguna vez).
De hecho, cada día de clase te van sellando con tu numerito los apuntes, y en toooodas las páginas viene la advertencia de que se reservan los derechos de copyright y esas historias comerciales. Son muy recelosos con esas historias la verdad.

Además, que lo bueno de esa academia, es ir a clase, ya que te explican los psicotécnicos, a mi juicio, muy bien. Raro es la persona que no saca notazas. Yo mismo pasé de suspender el espacial a tener 0 fallos una vez aprendida la metodología.

De todas formas, entiendo tu postura, yo no lo veo como un chanchullo, es una pasta e imagino que estarás buscando una manera de que no te salga tan caro. Cosa lógica. Vamos, que no veo que haya "chanchullos" ni mala fe. Y no vas a ser peor policía por ello.
La ética y la moral para cuando entres. Y ya si eso, lo discutes con los veteranos. Y les preguntas si NUNCA han quitado una multa a un compañero/conocido. Porque visto lo visto, aquí son todos muy íntegros. (no miro a nadie).

Pues yo sí miro a alguien. " La ética y la moral" para ahora. Si no las tienes, en esta empresa no pintas nada.
Para dejarte algún concepto claro, este veterano te lo explica: " Mira, chico. Una cosa es no hacer una denuncia de tráfico, lo cual es potestad del agente actuante, y otra una estafa, lo cual es un ilícito penal. Te ha quedado claro? Pues venga, a lo siguiente".


Churras con merinas.

1-El forero ha solicitado compartir apuntes, no es que esté buscando compinches para asaltar el Banco Central Europeo. Ni siquiera sabemos si él sabe que no se pueden compartir apuntes (cosa que en Belandia, por poner un ejemplo, todo quisqui lo hace). Y usted ya no sólo lo ha prejuzgado, sino que encima se aventura a augurarle que así no será un buen policía.

2-La veteranía es algo que respeto y en muchos casos -no todos- sirve como guía a pipiolos como yo que apenas llevamos un lustro como policías. Pero ay amigo! No me cuente usted cuentos chinos para niños del Japón, nada tiene que ver como dice usted la "potestad" del agente -imagino que se refiere al poder discrecional del agente para denunciar- con cometer un ilícito penal, que, para más inri, en éste caso no ha lugar a ello. Pues hablaríamos de una infracción de derechos de propiedad intelectual menos grave que no conlleva penas privativas de libertad ni mucho menos.

Le invito a que se apunte de vez en cuando a algún cursito de reciclaje de Actualización Jurídica -que como usted bien sabrá abundan durante todo el año en Arkaute- y podamos debatir café y pintxo en mano éste dislate jurídico que plantea, y así, habiendo compartido mesa y conversación, pueda llamarme "chico" de forma cercana, y no antes, señor mio.

Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 15:53
por Munich1860
Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
Buenas!

Yo en mi caso estoy dando clases de Psicos y estoy completamente de acuerdo con uno de los compañeros. Lo importante de las clases presenciales son los “truquillos” que te da el profesor para hacer cada ejercicio. Al fin y al cabo los ejercicios se pueden sacar de internet, pero si no has hecho nunca (como era mi caso) la clase presencial se agradece.

En mi paso, pago una cuota mensual y puedo dejar el curso cuando quiera. Estoy muy contento.

Por cambiar un poco de tema... ¿seguís creyendo que en diciembre saldrá otra OPE?

Gracias y animo a todos!

Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 15:58
por Formad
Munich1860 escribió:Buenas!

Yo en mi caso estoy dando clases de Psicos y estoy completamente de acuerdo con uno de los compañeros. Lo importante de las clases presenciales son los “truquillos” que te da el profesor para hacer cada ejercicio. Al fin y al cabo los ejercicios se pueden sacar de internet, pero si no has hecho nunca (como era mi caso) la clase presencial se agradece.

En mi paso, pago una cuota mensual y puedo dejar el curso cuando quiera. Estoy muy contento.

Por cambiar un poco de tema... ¿seguís creyendo que en diciembre saldrá otra OPE?

Gracias y animo a todos!


Por necesidad , debería salir. Pero bastante tienen con el quebradero de cabeza de la ope actual.

Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 17:29
por Barbero6
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desenfunda.com
Si no saldrá más tarde lo importante es que cuando llegue el momento estemos preparados!!!

Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 18:21
por Lur
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Rusty85 escribió:
Aitor44 escribió:
Estoy interesado en apuntarme a alguna academia y por lo que he mirado, están bastante caras. La más interesante/completa que me parece haber visto es OPEBIDE, pero sin embargo, todo el curso vale 1.400 euros.

¿Alguno de vosotros estará interesado en contratar el curso entre 4 personas por ejemplo? De este modo, nos saldría a 350 euros persona en vez de los 1.400 euros iniciales. Total, el objetivo es conseguir unos buenos esquemas y unos cuantos test teóricos y psicotécnicos para practicar.


Churras con merinas.

1-El forero ha solicitado compartir apuntes, no es que esté buscando compinches para asaltar el Banco Central Europeo. Ni siquiera sabemos si él sabe que no se pueden compartir apuntes (cosa que en Belandia, por poner un ejemplo, todo quisqui lo hace). Y usted ya no sólo lo ha prejuzgado, sino que encima se aventura a augurarle que así no será un buen policía.

2-La veteranía es algo que respeto y en muchos casos -no todos- sirve como guía a pipiolos como yo que apenas llevamos un lustro como policías. Pero ay amigo! No me cuente usted cuentos chinos para niños del Japón, nada tiene que ver como dice usted la "potestad" del agente -imagino que se refiere al poder discrecional del agente para denunciar- con cometer un ilícito penal, que, para más inri, en éste caso no ha lugar a ello. Pues hablaríamos de una infracción de derechos de propiedad intelectual menos grave que no conlleva penas privativas de libertad ni mucho menos.

Le invito a que se apunte de vez en cuando a algún cursito de reciclaje de Actualización Jurídica -que como usted bien sabrá abundan durante todo el año en Arkaute- y podamos debatir café y pintxo en mano éste dislate jurídico que plantea, y así, habiendo compartido mesa y conversación, pueda llamarme "chico" de forma cercana, y no antes, señor mio.


De churras y merinas, nada. Pero vamos por partes.
Empiezo por el punto 2.
Dado que se presenta como agente con un lustro de antigüedad y me trata de usted, pues vale, en paridad le trataré. Comparto lo que usted señala en la primera frase de este punto, pero aquí estamos tratando con opositores, y si ya empezamos rebajando los estándares éticos de la profesión, mal vamos.
No tengo ningún interés en contarle " cuentos chinos para niños del Japón" (curiosa frase hecha). Obviamente no hay ninguna relación entre la conducta, ilícita o no, planteada por el forero Aitor44 y la aplicación del poder discrecional del agente actuante (potestad del agente actuante hablando de modo coloquial) ante una posible infracción de tráfico. Pero es que esa comparativa la planteó usted, no yo:

"La ética y la moral para cuando entres. Y ya si eso, lo discutes con los veteranos. Y les preguntas si NUNCA han quitado una multa a un compañero/conocido. Porque visto lo visto, aquí son todos muy íntegros. (no miro a nadie).
Rusty85
Usted considera que lo que plantea no es un ilícito penal, pero no argumenta, y señala que se trataría de una infracción de derechos de propiedad intelectual menos grave (pero no habiamos quedado que no es un ilícito penal?) que no conlleva penas privativas de libertad ni mucho menos. Bueno lo de infracción (penal, supongo) de derechos de propiedad intelectual lo desarrollo luego. También indica que no conlleva pena de privación de libertad.
Bien, según usted podríamos estar ante un delito menos grave contra los derechos de propiedad intelectual. En ese caso, y según el artículo 13.2 del Código Penal (en adelante para los opositores CP) le correspondería una pena menos grave. Es decir, según lo recogido en el Art. 33. 3 del CP, prisión de 3 meses a 5 años. Ósea, aunque yo no lo planteé, sí puede corresponder. Siempre que se considere delito menos grave, claro.
En su segundo párrafo del punto 2 me invita a realizar un curso de actualización jurídica de esos tan monos que dan ahora en Arkaute. Pues bien, me complace informarle que este lunes pasado empecé con él. Y la verdad prefiero las clases presenciales. Eso sí, si usted también se ha aplicado su recomendación, por Arkampus nos veremos hasta el 30/10. Pero me temo que no podremos debatir con café y pintxo en mano del "dislate jurídico" que planteo. Eso tendría que esperar a que, en tiempos mejores, coincidamos en Arkaute. Pero claro, entre que usted quiere que mantengamos el tratamiento formal y que a mí, como buen gipuzkoano, me repatea hacerlo, no sería especialmente agradable.
Por otro lado, también me dice que en ese debate que plantea podré llamarle "chico" de modo cercano, y no antes. Caballero, en mi opinión, tratarle de usted y llamarle chico en la misma conversación, como que no lo veo. Además, no pretendía llamarte a usted nada. Fue usted quién dijo al forero Aitor44 que tras su ingreso pregunte a los veteranos: "si NUNCA han quitado una multa a un compañero/conocido". Yo lo que pretendi es representar esa posible conversación entre el forero y ese veterano, de hecho verá que estaba entrecomillada. Dado que parece que le molesta ese apelativo que no iba dirigido a usted, mis disculpas.
Permítame que en el siguiente mensaje haga referencia al punto 1 y desarrolle porque considero que la conducta expresada por el forero Aitor44 encaja mejor con el Art 248 CP (que regula el tipo básico de estafa) que con el Art 270.1 CP ( que lo hace respecto a los delitos contra la propiedad intelectual).

Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 20:03
por Lur
Camiseta Policia Nacional Goes

militariapiel.es
Permítame continuar con su punto 1.
Coincido con usted que con toda probabilidad el forero Aitor44 no es consciente de las implicaciones de la conducta que plantea, ni que pretende asaltar ni el Banco Central Europeo, ni ningún otro.
Y espero que usted coincida conmigo en que el hecho de que en determinadas academias los opositores compartan apuntes ( quizá un incumplimiento contractual, y por lo tanto, a lo sumo, un ilícito civil), no es lo mismo que hacer una matrícula individual, con un coste de 1400€, y compartirla entre cuatro personas. Lo que causaría un lucro cesante de 1050 € (3X350) a la academia donde se realice la matrícula. Porqué esto es lo que proponía el citado forero. No, " compartir apuntes" como usted indica.
En ese punto usted me acusaba ( es una forma coloquial de hablar) de prejuzgar la conducta del forero. Y tiene razón, si se refiere a que valoro una conducta, a eso es a lo que nos dedicamos los policías. Valoramos conductas, y en las que consideramos ilícitas, obramos en consecuencia. Y también me reafirmo en lo señalado: sin ética y moral NADIE puede llamarse Policía.
Y llegado a este punto permítame argumentar mi "dislate jurídico" (porqué entiendo que sería un tipo básico del 248 CP y no un 270.1 CP).
El tipo básico del 270.1 dice:

Será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el que, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
En este caso el bien jurídico protegido son los derechos de autor, lo que podría coincidir con el hecho estudiado. Y se cumplen todos los requisitos del tipo, excepto el que hace referencia a la conducta. El que: "reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente ...". No veo que la conducta coincida. Aquí hablamos de obtener un lucro mediante un engaño a la academia.
Esto nos lleva al punto 1 del Art 248 CP el cual dice:
"Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno".
El lucro en este caso es claro en atención a lo que señala la sentencia de fecha 22 de febrero de 2000 del Tribunal Supremo. Y el concepto de lucro cesante causado no está definido en el CP, por lo que debe asumirse la definición recogida en el Art. 1106 del Código Civil.
En este tipo penal los requisitos son los siguientes: 1. Existencia de un engaño precedente o concurrente. 2. que ha de ser bastante para la consecución de los fines propuestos, 3. que lleve a un error esencial en el sujeto pasivo ( víctima). 4. Que cause un desplazamiento patrimonial con el consiguiente perjuicio para el sujeto pasivo y que 5. Exista un nexo causal entre el engaño del autor de la estafa y el perjuicio de la víctima, con lo que el dolo (intención de engañar) tiene que anteceder o ser concurrente en la dinámica defraudatoria.
El único problema que le veo a estos requisitos es el punto 4 ( el concepto de desplazamiento patrimonial), pero debe entenderse ese desplazamiento patrimonial como el hecho de obtener un bien (o servicio en este caso) valorado el 1400 € por 350.
Reconozco que la calificación jurídica no es ideal para la conducta estudiada, pero es la que mejor veo que se ajusta.
Sí todavía considera mi argumentación como un " dislate jurídico" estaré encantado de ver su argumentación en la que encaje la conducta estudiada en los requisitos del 278.1.
Un saludo, señor mío.
PD para los opositores. Acostumbraros a estas discusiones Bizantinas. Vais a ver muchas.

Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 20:10
por A.Le.Ig
Curso Online Psicotécnicos

joyfepolferes.es
Lur escribió:Permítame continuar con su punto 1.
Coincido con usted que con toda probabilidad el forero Aitor44 no es consciente de las implicaciones de la conducta que plantea, ni que pretende asaltar ni el Banco Central Europeo, ni ningún otro.
Y espero que usted coincida conmigo en que el hecho de que en determinadas academias los opositores compartan apuntes ( quizá un incumplimiento contractual, y por lo tanto, a lo sumo, un ilícito civil), no es lo mismo que hacer una matrícula individual, con un coste de 1400€, y compartirla entre cuatro personas. Lo que causaría un lucro cesante de 1050 € (3X350) a la academia donde se realice la matrícula. Porqué esto es lo que proponía el citado forero. No, " compartir apuntes" como usted indica.
En ese punto usted me acusaba ( es una forma coloquial de hablar) de prejuzgar la conducta del forero. Y tiene razón, si se refiere a que valoro una conducta, a eso es a lo que nos dedicamos los policías. Valoramos conductas, y en las que consideramos ilícitas, obramos en consecuencia. Y también me reafirmo en lo señalado: sin ética y moral NADIE puede llamarse Policía.
Y llegado a este punto permítame argumentar mi "dislate jurídico" (porqué entiendo que sería un tipo básico del 248 CP y no un 270.1 CP).
El tipo básico del 270.1 dice:

Será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses el que, con ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente, en todo o en parte, una obra o prestación literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
En este caso el bien jurídico protegido son los derechos de autor, lo que podría coincidir con el hecho estudiado. Y se cumplen todos los requisitos del tipo, excepto el que hace referencia a la conducta. El que: "reproduzca, plagie, distribuya, comunique públicamente o de cualquier otro modo explote económicamente ...". No veo que la conducta coincida. Aquí hablamos de obtener un lucro mediante un engaño a la academia.
Esto nos lleva al punto 1 del Art 248 CP el cual dice:
"Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno".
El lucro en este caso es claro en atención a lo que señala la sentencia de fecha 22 de febrero de 2000 del Tribunal Supremo. Y el concepto de lucro cesante causado no está definido en el CP, por lo que debe asumirse la definición recogida en el Art. 1106 del Código Civil.
En este tipo penal los requisitos son los siguientes: 1. Existencia de un engaño precedente o concurrente. 2. que ha de ser bastante para la consecución de los fines propuestos, 3. que lleve a un error esencial en el sujeto pasivo ( víctima). 4. Que cause un desplazamiento patrimonial con el consiguiente perjuicio para el sujeto pasivo y que 5. Exista un nexo causal entre el engaño del autor de la estafa y el perjuicio de la víctima, con lo que el dolo (intención de engañar) tiene que anteceder o ser concurrente en la dinámica defraudatoria.
El único problema que le veo a estos requisitos es el punto 4 ( el concepto de desplazamiento patrimonial), pero debe entenderse ese desplazamiento patrimonial como el hecho de obtener un bien (o servicio en este caso) valorado el 1400 € por 350.
Reconozco que la calificación jurídica no es ideal para la conducta estudiada, pero es la que mejor veo que se ajusta.
Sí todavía considera mi argumentación como un " dislate jurídico" estaré encantado de ver su argumentación en la que encaje la conducta estudiada en los requisitos del 278.1.
Un saludo, señor mío.
PD para los opositores. Acostumbraros a estas discusiones Bizantinas. Vais a ver muchas.
anonadada me hallo ante tal disputa
La que has liado, pollito

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Re: XXX Promoción Ertzaintza

NotaPublicado: Jue, 24 Sep 2020, 20:36
por Opositora2
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Kaixo!

Comienza mi aventura como opositora, y ando un poco perdida con todo en general...Y con muchas ganas de empezar con todo, la verdad!

Estoy intentando indagar en cuanto a libros para estudia la parte de psicotécnicos y personalidad, y test para todas las pruebas (temario, psicos y personalidad), pero no he encontrado mucha información en este foro sobre el tema.

¿Me podríais recomendaros alguno, alguna editorial en concerto, que tenga preguntas de convocatorias anteriores, o parecidas a las de los exámenes?

Muchas gracias!!