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Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Mar, 31 Jul 2018, 08:31
por joberi
civico07 escribió:
RGR90 escribió:
aleixc11 escribió:Un amigo interino de PL ha llamado y le han dicho que ya no se hace.. llamad igualmente por si a caso, al departamento de nóminas


Esto esta por Real Decreto, y te aseguro que si se hace. A este amigo no le han informado bien.


Podrías aclarar en que hace fue? Creo que en 2015 hay una modificación del Real Decreto y ahora ya no se puede hacer, solo si perteneces a la misma administración que te lleva al curso.

Alguien lo ha pedido para este año?


Yo estuve moviéndome para pedirlo, y tal y como dices, hubo una modificación y sólo te mantienen el sueldo si ya eres trabajador de la misma administración. También te dan la posibilidad que tu administración de origen te mantenga el sueldo durante el curso, cosa complicada ya que te van a pagar el sueldo sin poder trabajar para ellos, y si todo sale bien, en junio vas a dejar de formar parte de esa administración.

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Lun, 06 Ago 2018, 13:26
por Modesto
Si trabajas para la Generalitat y haces el curso para GUB hay alguna opción?

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Dom, 22 Sep 2019, 18:26
por Nanibit
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Buenas,
Alguien que haya solicitado mantener el sueldo en el ISPC estando trabajando en la Generalitat el año pasado, podria explicar cómo lo hizo?
Gracias.

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Lun, 23 Sep 2019, 20:31
por Johan

Materiales de alta calidad
materialpolicial.com
Nanibit escribió:Buenas,
Alguien que haya solicitado mantener el sueldo en el ISPC estando trabajando en la Generalitat el año pasado, podria explicar cómo lo hizo?
Gracias.


Según me han dicho, ya no se hace. Pero me interesa saberlo también.

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Mar, 24 Sep 2019, 07:08
por Nanibit

intervencionpolicial.com
Buenas,

He encontrado esto referente al sueldo "Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública" lo podéis ver desde aquí: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=DOGC-f-1997-90001&tn=1&p=20170330.

No se si se podrá mantener, pero por lo que dice, entiendo de que los trienios sí que se pueden mantener a efectos de antigüedad y sueldo.

¿Alguien tiene más información?

Saludos,

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Mar, 24 Sep 2019, 07:54
por Albert
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Nanibit escribió:Buenas,

He encontrado esto referente al sueldo "Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública" lo podéis ver desde aquí: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=DOGC-f-1997-90001&tn=1&p=20170330.

No se si se podrá mantener, pero por lo que dice, entiendo de que los trienios sí que se pueden mantener a efectos de antigüedad y sueldo.

¿Alguien tiene más información?

Saludos,

Buenas,

Lo primero que tienes que hacer es cuando dejes el trabajo actual para entrar al ISPC es hacer una renuncia por incompatibilid laboral para poder solicitar que te mantengan el sueldo (para poder hacerlo has de ser funcionario de carrera o funcionario interino, no estoy seguro si el personal laboral que trabaja en la administración tambien podria)
Despues tendrás que entrar por registro lo de que solicitas mantener el sueldo.
Los trienes lo mismo los has de solicitar por registro

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Mar, 24 Sep 2019, 11:59
por Thorarthas
Buenos dias, se que a lo mejor esto no va aquí, pero ya que habláis de sueldos y tal, se sabe cuanto cobra uno actualmente en el ISPC? Es decir, el sueldo que tendremos si al final logramos entrar y que percibiremos en nuestras cuentas. Gracias!

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Mar, 24 Sep 2019, 12:01
por hikkkoncin
Prueba Gratis La Plataforma

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nola2hurtu.eus
Thorarthas escribió:Buenos dias, se que a lo mejor esto no va aquí, pero ya que habláis de sueldos y tal, se sabe cuanto cobra uno actualmente en el ISPC? Es decir, el sueldo que tendremos si al final logramos entrar y que percibiremos en nuestras cuentas. Gracias!



http://politiquesdigitals.gencat.cat/we ... 019___.pdf

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Mar, 24 Sep 2019, 13:23
por Thorarthas
hikkkoncin escribió:
Thorarthas escribió:Buenos dias, se que a lo mejor esto no va aquí, pero ya que habláis de sueldos y tal, se sabe cuanto cobra uno actualmente en el ISPC? Es decir, el sueldo que tendremos si al final logramos entrar y que percibiremos en nuestras cuentas. Gracias!



http://politiquesdigitals.gencat.cat/we ... 019___.pdf


Gracias!! No es mucho al principio pero bueno... Si te pagan por estudiar...

Re: Mantener sueldo en ISPC.

NotaPublicado: Mar, 24 Sep 2019, 13:51
por Mestral84
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Albert escribió:
Nanibit escribió:Buenas,

He encontrado esto referente al sueldo "Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública" lo podéis ver desde aquí: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=DOGC-f-1997-90001&tn=1&p=20170330.

No se si se podrá mantener, pero por lo que dice, entiendo de que los trienios sí que se pueden mantener a efectos de antigüedad y sueldo.

¿Alguien tiene más información?

Saludos,

Buenas,

Lo primero que tienes que hacer es cuando dejes el trabajo actual para entrar al ISPC es hacer una renuncia por incompatibilid laboral para poder solicitar que te mantengan el sueldo (para poder hacerlo has de ser funcionario de carrera o funcionario interino, no estoy seguro si el personal laboral que trabaja en la administración tambien podria)
Despues tendrás que entrar por registro lo de que solicitas mantener el sueldo.
Los trienes lo mismo los has de solicitar por registro


Buenas, tenía entendido que no debías renunciar sino trabajar hasta el último día y documentar el DAD 72 a la entrega de documentación. A lo mejor estoy equivocado, después del día 7 empezaré a mover hilos para informarme bien. Un saludo!