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EL TRIBUNAL JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA ESTABLECE QUE EL LÍMITE DE EDAD PARA ACCEDER A UNA PLAZA DE POLICÍA LOCAL ES UNA DISCRIMINACIÓN INJUSTIFICADA.El Tribunal Justicia de la Unión Europea establece que el límite de edad para acceder a una plaza de Policía Local es una discriminación injustificada.
La Directiva 200/78/CE se opone a una normativa nacional que fije en determina la edad máxima para acceder a una plaza de agente de la Policía Local.
Por lo tanto Ley 6/1999, de 19 de abril, de la Generalitat Valenciana, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. establece, sin lugar a dudas, una diferencia de trato basada directamente en la edad.
El Tribunal de Justicia considera que nada demuestra que las capacidades físicas específicas requeridas para el ejercicio de la función de agente de la Policía Local estén necesariamente vinculadas a un grupo de edad determinado y no puedan darse en personas que hayan superado determinada edad.
Ninguno de los elementos que se le han remitido permite considerar que el límite de la edad para participar en la convocatoria sea apropiado y necesario habida cuenta de dos objetivos legítimos de política social.
Esta sentencia tiene gran trascendencia, ya que entendemos afectará a todos los países, miembros de la Unión y en concreto, en España, a Policías Locales, Nacional, Autonómicas y Guardia Civil.
http://www.fspugtpv.org/sindicato-polic ... ustificada