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Tema 17. Protección civil

NotaPublicado: Sab, 05 Mar 2016, 17:30
por Fran_
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Buenas tardes;

Alguna alma caritativa me podría explicar que leyes hay que estudiar para el tema 17? Tenía entendido que la 17/2015 absorbía toda la anterior legislación incluyendo los RD, pero me meto en la web oficial de PC y siguen referenciando todos los RD:

http://www.proteccioncivil.es/web/dgpcy ... egislacion

No me termina de cuadrar...

Re: Tema 17. Protección civil

NotaPublicado: Mié, 09 Mar 2016, 18:53
por Alex_EE

foropolicia.es
Yo me hago la misma pregunta que tú. Tengo claro que hay que estudiar la 17/2015 en su totalidad, ahora bien, lo referente a los Reales Decretos no me queda claro qué es lo que ocurre con ellos. En la disposición derogatoria única de la 17/2015 dice que queda derogada la 2/85 así como las demás normas de igual o inferior rango en cuanto contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta ley. Parece que tocaría contrastar el contenido de los RD y el de la nueva ley 17/2015.

Si alguien pudiera arrojar algo de luz sobre este asunto, se lo agradecería. Un saludo.

Re: Tema 17. Protección civil

NotaPublicado: Jue, 10 Mar 2016, 10:38
por Fran_
Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Es lo que estoy haciendo y es una locura Alex. Contradicciones, competencias compartidas, organigramas distintos con órganos que no aparecen en la Ley (por tanto debemos entender que siguen existiendo??), cambios de nombre de otros órganos que tienes que asumir que son el mismo......

En fin, un cachondeo. No entiendo como pasan estas cosas al hacer una Ley totalmente nueva.

Y la OEP sin salir........

Re: Tema 17. Protección civil

NotaPublicado: Jue, 10 Mar 2016, 12:51
por Alex_EE
Eso es precisamente lo que ocurre cuando salen leyes totalmente nuevas y no reformas de las mismas. Yo también voy como pollo sin cabeza, con la ley nueva impresa en papel y con el buscador del pdf en el ordenador buscando coincidencias y diferencias con la antigua legislación (esto es un movimiento casi reflejo de opositores que estamos acostumbrados a la ley antigua y que no podemos resistir la necesidad de comparar una cosa y otra, precisamente, como técnica de estudio . No obstante, creo que lo mejor es optar por estudiar la nueva ley sin hacer demasiado caso a lo que pueda coincidir de la antigua y lo que no.

Eso en cuanto a las leyes propiamente dichas, en lo referente a los Reales Decretos, en la pagina oficial del BOE ninguno de ellos aparece como derogado (algo que sí ocurre con la 2/85, por lo que deduzco que no lo estarán, al menos, en su totalidad. Por eso me refería a que tocaría contrastar las contradicciones (o más bien coincidencias) entre la 17/2015 y todos los RD's para seguir a pies juntillas lo que dice la disposición derogatoria de la 17/2015.

Remitiéndonos a la legislación que nombra la página web de Protección Civil, encontramos:

Real decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil---> El artículo 13 de la 17/2015 dice: La Norma Básica de Protección Civil, aprobada mediante real decreto a propuesta del titular del Ministerio del Interior, y previo informe del Consejo Nacional de Protección Civil establece las directrices básicas para la identificación de riesgos de emergencias y actuaciones para su gestión integral, el contenido mínimo y los criterios generales para la elaboración de los Planes de Protección Civil, y del desarrollo por los órganos competentes de las actividades de implantación necesarias para su adecuada efectividad.


Este RD, además de no aparecer como derogado en la página del BOE parece ser armónico con la nueva ley, por lo que no parece que debamos deshecharlo.

Real decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.---> El artículo 50 de la 17/2015 es el que habla de las medidas provisionales (no reproduzco su contenido por ser más extenso y no aludir directamente al RD como sí ocurre en el anterior caso).

Real decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la norma básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.--->
El artículo 7 ter.2 de la 17/2015 dice: Los titulares de los centros, establecimientos y dependencias, públicos o privados, que generen riesgo de emergencia, estarán obligados a adoptar las medidas de autoprotección previstas en esta ley, en los términos recogidos en la misma y en la normativa de desarrollo.

Por otro lado, el artículo 15.4 dice: "Los Planes de Autoprotección establecen el marco orgánico y funcional previsto para los centros, establecimientos, instalaciones o dependencias recogidas en la normativa aplicable, con el objeto de prevenir y controlar los riesgos de emergencia de protección civil sobre las personas y los bienes y dar respuesta adecuada en esas situaciones."

Sin más alusiones, por lo que la 17/2015 parece remitirse directamente al RD citado.

Real decreto 1468/2008, de 5 de septiembre, por el que se modifica el Real decreto 393/2007---> Una modificación del anterior, por lo que se le aplica el mismo criterio.

Espero sirva de ayuda. Un saludo.

Re: Tema 17. Protección civil

NotaPublicado: Jue, 10 Mar 2016, 13:39
por Fran_
El Consejo Nacional de PC es la antigua Comision Nacional de PC, o así lo entiendo yo. Estás de acuerdo? Se refiere de ambas formas según leas RD o 17/2015, pero entiendo que es el mismo Órgano...

Re: Tema 17. Protección civil

NotaPublicado: Jue, 10 Mar 2016, 14:45
por Alex_EE
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Efectivamente, el Consejo Nacional de PC es un órgano creado por la 17/2015, que sustituye a la Comisión, que fue disuelta (quiero decir que no es un mero cambio de denominación). El RD se refiere a ella con la antigua denominación porque es anterior a la entrada en vigor a dicha ley.

Re: Tema 17. Protección civil

NotaPublicado: Jue, 10 Mar 2016, 14:50
por Fran_

Increibles precios
materialpolicial.com
Donde se dice que lo sustituye aparte de en la página web de PC que es de donde al final lo entendí? Quiero decir, hay algú texto legislativo que lo diga?

Porque esto legislativo, lo que se dice legislativo no lo es: http://www.proteccioncivil.es/web/dgpcy ... n-nacional

Re: Tema 17. Protección civil

NotaPublicado: Jue, 10 Mar 2016, 18:10
por Alex_EE

intervencionpolicial.com
El Preámbulo de la 17/2015 dice: La ley profundiza en la filosofía de cooperación permanente y estructurada en órganos «ad hoc», ya establecida por la legislación precedente, y crea el Consejo Nacional de Protección Civil

En cuanto a qué ocurre con la Comisión, algunas fuentes dirán que fue cambiada de denominación y otras te dirán que fue eliminada, yo personalmente no he encontrado ninguna referencia legal que diga que fue eliminada. De todas maneras, no me veo yo en el examen con una pregunta delante que me haga elegir entre "cambio de denominación de la Comisión" o "eliminación" de la misma. Lo que sí está claro, porque así está dispuesto en norma legal, es que la 17/2015 crea la Comisión.