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Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Lun, 16 May 2016, 20:02
por anxelloti
Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Max33 escribió:Buenos días a todos!


Alguien ha comprado o esta interesado en comprar el temario y los test de OCS?

He estado mirando por ahí y he visto que son de los mas competitivos que hay.

A ver vuestras opiniones y que me recomendáis.

Un saludo.



Hola Max33, estoy interesado en adquirir el temario y los tests. Me pregunto si hay forma de conseguirlos sin tener que comprar directamente de la editorial, es decir si podemos compartirlo a medias entre usuarios y demás, soy nuevo y ando un poco verde en esto.

Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Mié, 18 May 2016, 18:25
por pavicoto
De los nuevos temarios alguien tiene alguno??? Puede informar de como los ven y cual seria el mejor para comprar


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Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Mié, 18 May 2016, 21:35
por Auxpol
Desconozco el alcance del tema de Drogas, pero dejo la siguiente orden que se publicó hoy por si entra en el temario
Orden SSI/748/2016, de 11 de mayo, por la que se incluyen determinadas sustancias en el anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación y se transfiere de lista de control la sustancia 1-benzilpiperazina (BZP).

La Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas, en su 58.º periodo de sesiones adoptó, entre otras, las Decisiones 58/6 y 58/7, ambas de 13 de marzo de 2015. Estas Decisiones establecen la inclusión de la sustancia 2-(4-bromo-2,5-dimetoxifenilo)-n-[(2-metoxifenil)metil]etanamina (25B-NBOMe,2C-B-NBOMe) y la sustancia 2-(4-cloro-2,5-dimetoxifenilo)-n-[(2-metoxifenilo) metil]etanamina (25C-NBOMe, 2C-C-NBOMe), respectivamente, en la Lista I del Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 de las Naciones Unidas.

Además la citada Comisión adoptó, en el mismo periodo de sesiones, las Decisiones 58/9, 58/10, 58/11 y 58/13, todas ellas de 13 de marzo de 2015. Estas Decisiones establecen la inclusión de la sustancia 1-benzilpiperazina (BZP), la sustancia naftalen-1-ilo(1-pentilo-1h-indol-3-ilo) metanona (JWH-018), la sustancia 1-(5-fluoropentilo)-1h-indol-3-ilo-naftaleno-1-ilmetanona (AM-2201) y la sustancia (R,S)-1-(1,3-benzodioxol-5-ilo)-2-(metilamino)propano-1-ona (Metilona,beta-ceto-MDMA), respectivamente, en la Lista II del Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971 de las Naciones Unidas.

La sustancia 1-benzilpiperazina (BZP) actualmente se encuentra incluida en la lista IV del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación, de acuerdo con lo previsto en la Orden SAS/1916/2009, de 8 de julio, por la que se incluye la sustancia 1- benzilpiperazina (BZP) en el anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regula la fabricación, distribución, prescripción y dispensación de sustancias y preparados psicotrópicos.

De conformidad con lo expuesto, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 2.7 del citado Convenio, procede modificar el anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, al objeto de incluir las sustancias correspondientes y de transferir de lista la sustancia 1-benzilpiperazina (BZP) actualmente incluida y, por tanto, aplicarles las prescripciones previstas para las sustancias que integran dichas listas de control.

Atendiendo a los riesgos sanitarios que plantea el consumo de estas sustancias y de que carecen de utilidad terapéutica establecida o reconocida, es necesario controlar las sustancias 25B-NBOMe, 25C-NBOMe, 1-benzilpiperazina (BZP), JWH-018, AM-2201 y Metilona (beta-ceto-MDMA), aplicando unas medidas de control proporcionales a los riesgos que generan para la salud.

Actualmente, no existen medicamentos autorizados en España que contengan estas sustancias en su composición.

En base a ello, y en desarrollo de las facultades conferidas por la disposición final primera del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, se aprueba esta disposición.

En la tramitación de esta orden han sido oídos los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Inclusión de las sustancias 2-(4-bromo-2,5-dimetoxifenilo)-n-[(2-metoxifenil)metil]etanamina (25B-NBOMe,2C-B-NBOMe) y la sustancia 2-(4-cloro-2,5-dimetoxifenilo)-n-[(2-metoxifenilo) metil]etanamina (25C-NBOMe, 2C-C-NBOMe) en la lista I del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación.

Se incluyen las sustancias 2-(4-bromo-2,5-dimetoxifenilo)-n-[(2-metoxifenil)metil]etanamina (25B-NBOMe, 2C-B-NBOMe) y la sustancia 2-(4-cloro-2,5-dimetoxifenilo)-n-[(2-metoxifenilo) metil]etanamina (25C-NBOMe, 2C-C-NBOMe) en la lista I del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación, así como sus variantes estereoquímicas, racematos y sales, siempre que su existencia sea posible, siéndoles de aplicación, las medidas de control y sanciones penales previstas para las sustancias que integran dicha lista de control.

Artículo 2. Inclusión de las sustancias naftalen-1-ilo(1-pentilo-1h-indol-3-ilo) metanona (JWH-018), la sustancia 1-(5-fluoropentilo)-1h-indol-3-ilo-naftaleno-1-ilmetanona (AM-2201) y la sustancia (R,S)-1-(1,3-benzodioxol-5-ilo)-2-(metilamino)propano-1-ona (Metilona,beta-ceto-MDMA), en la lista II del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación.

Se incluyen las sustancias naftalen-1-ilo(1-pentilo-1h-indol-3-ilo) metanona (JWH-018), la sustancia 1-(5-fluoropentilo)-1h-indol-3-ilo-naftaleno-1-ilmetanona (AM-2201) y la sustancia (R,S)-1-(1,3-benzodioxol-5-ilo)-2-(metilamino)propano-1-ona (Metilona,beta-ceto-MDMA), en la lista II del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, así como sus variantes estereoquímicas, racematos y sales, siempre que su existencia sea posible, siéndoles de aplicación, las medidas de control y sanciones penales previstas para las sustancias que integran dicha lista de control.

Artículo 3. Transferencia de la sustancia 1-bencilpiperazina (BZP) de la lista IV a la lista II del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación.


Se transfiere la sustancia 1-bencilpiperazina (BZP) de la lista IV a la lista II del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, así como sus variantes estereoquímicas, racematos y sales, siempre que su existencia sea posible, siéndoles de aplicación, las medidas de control y sanciones penales previstas para las sustancias que integran dicha lista de control.

Disposición adicional única. Actuación de las entidades.

A partir de la entrada en vigor de esta orden, las entidades fabricantes, importadoras, exportadoras, distribuidoras o dispensadoras de las referidas sustancias, adecuarán sus actuaciones a las exigencias legales que se imponen para los productos psicotrópicos de la lista I o de la lista II, según corresponda, del anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, y en la Orden de 14 de enero de 1981, por la que se desarrolla el Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, que regula las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, y se dictan las normas complementarias de fiscalización para la fabricación, comercio, elaboración y distribución de sustancias psicotrópicas.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Orden SAS/1916/2009, de 8 de julio, por la que se incluye la sustancia 1-benzilpiperazina (BZP) en el anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regula la fabricación, distribución, prescripción y dispensación de sustancias y preparados psicotrópicos.

Disposición final primera. Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación sobre productos farmacéuticos.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

http://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-4737

Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Jue, 19 May 2016, 15:17
por JoseTorices
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Buenas a todos.

Ha cambiado la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), siendo ahora la Ley 40/2015 1 de octubre. Antes 40 folios era asequible, pero ahora 113 me parece más tedioso. ¿Le estáis dando importancia a esta nueva ley o seguís con la base de la ley 6/97?

Graciassss.

Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Jue, 19 May 2016, 15:28
por deivdpl85
Fundas De Pernera

Para servicios en moto
materialpolicial.com
JoseTorices escribió:Buenas a todos.

Ha cambiado la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), siendo ahora la Ley 40/2015 1 de octubre. Antes 40 folios era asequible, pero ahora 113 me parece más tedioso. ¿Le estáis dando importancia a esta nueva ley o seguís con la base de la ley 6/97?

Graciassss.

Tengo entendido que a lo que es el contenido del tema 5 no afecta nada o casi nada.

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Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Jue, 19 May 2016, 19:14
por Emilien

intervencionpolicial.com
En principio, aunque no lo he mirado con detenimiento, el articulado es muy parecido. De todas formas tampoco es necesario conocerse toda la ley, con que te estudies los titulos que salen en el epigrafe del tema yo (totalmente subjetivo, no tengo porque tener razón) creo que te es suficiente. Por lo menos es lo que yo he estudiado hasta ahora y de la ley del gobierno lo mismo que también se modifican algunos artículos con esta nueva ley.

Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Vie, 20 May 2016, 06:24
por JoseTorices
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Graciass, lo veía demasiado extenso para ponerme con ello en profundidad.
He leído que este hilo no es para dudas sino para actualizaciones de temario, así que buscaré el hilo correspondiente al próxima vez.
Un saludo y ánimo!

Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Vie, 08 Jul 2016, 06:49
por beat2002
Que tal lleváis los temas nuevos incorporados en la oposición?

Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Vie, 15 Jul 2016, 05:50
por Auxpol
Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
Orden INT/1151/2016, de 30 de junio, por la que se modifica la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía que crea las Unidades de Extranjería y Documentación en las localidades de Alcañiz (Teruel), Roquetas de Mar (Almería), Tuineje (Las Palmas), Vinaroz (Castellón) y Zafra (Badajoz).


.....................................................
Artículo único. Modificación de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía.


En el anexo VI de la Orden INT/28/2013, de 18 de enero, por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Periféricos de la Dirección General de la Policía, en el que se relacionan las Unidades de Extranjería y Documentación, se incluirán la Unidad de Extranjería y Documentación de:
- Alcañiz (Teruel), cuyo órgano de adscripción será la Comisaría Provincial de Teruel;
- Roquetas de Mar (Almería), cuyo órgano de adscripción será la Comisaría Provincial de Almería;
- Tuineje (Las Palmas), cuyo órgano de adscripción será la Comisaría Local de Puerto del Rosario;
- Vinaroz (Castellón), cuyo órgano de adscripción será la Comisaría Provincial de Castellón,
- y Zafra (Badajoz), cuyo órgano de adscripción será la Comisaría Provincial de Badajoz,

quedando redactado de la siguiente forma:

(Aquí incluye el ANEXO VI actualizado)

Disposición adicional única. Gasto público.


La aplicación de la presente orden no supondrá incremento de gasto público en materia de gastos de personal.

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

La Secretaría de Estado de Seguridad, a través de la Dirección General de la Policía, podrá realizar cuantas actuaciones requieran el desarrollo y aplicación de la presente orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de junio de 2016.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.

http://boe.es/boe/dias/2016/07/15/pdfs/ ... 6-6757.pdf

Re: Actualizaciones de temario -Escala Básica

NotaPublicado: Lun, 25 Jul 2016, 09:22
por beat2002
hay que tener en cuenta todos los pequeños cambios que pasan desapercibidos y después son los que preguntan en el examen...