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Duda laboral

NotaPublicado: Vie, 14 Nov 2014, 14:37
por umbecco
Kubotan Desde 10? - Desenfunda

desenfunda.com
Cual es la actuación correcta ante el siguiente caso?
Mujer que se persona en jefatura informando q el padre de su hijo menor lleva dos semanas q no se presenta a recoger al menor los días q le corresponden y q quiere dejar constancia de dicho hecho.
Como actuamos? Se confecciona algún tipo de documento? Hemos de tener en cuenta q no sabemos si lo q dice la madre es verdad ?
Tiene q ser el juez el q decrete presencia policial en el lugar de recogida?
Cual es la manera de actuar?

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Vie, 14 Nov 2014, 19:32
por iñigo
HECKLER & KOCH SFP9

Creada para profesionales
uspsuministros.com
umbecco escribió:Cual es la actuación correcta ante el siguiente caso?
Mujer que se persona en jefatura informando q el padre de su hijo menor lleva dos semanas q no se presenta a recoger al menor los días q le corresponden y q quiere dejar constancia de dicho hecho.
Como actuamos? Se confecciona algún tipo de documento? Hemos de tener en cuenta q no sabemos si lo q dice la madre es verdad ?
Tiene q ser el juez el q decrete presencia policial en el lugar de recogida?
Cual es la manera de actuar?



Yo entiendo que lo que tiene que hacer esa mujer es ir al juzgado que determino las visitas y los horarios de visita y poner en conocimiento lo que esta pasando.
Entiendo yo que si lo que quiere es testigos de que ese régimen de visitas se esta incumpliendo no hace falta que sea la policía y que cualquier persona, familiar o vecino de esta señora puede dar fe de que el niño se encuentra con ella y no con el padre.

Cada caso de estos es un mundo, un mundo con muchos matices y con muchas peculiaridades y siempre con partes encontradas que quieren de alguna manera sacar cierto rédito y lo que menos les importa es el menor y con quien esta o deja de estar el menor, que al final es lo mas importante.

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Vie, 14 Nov 2014, 19:35
por umbecco
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militariapiel.es
Eso mismo se le informó a la madre, q se desplazara al juzgado y q allí le indicaran la forma de proceder. Muchas gracias por la respuesta.

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Vie, 14 Nov 2014, 20:16
por Massilla
Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
Lo primero es preguntar si existe convenio regulador en vigor por el Juzgado de Primera Instancia. En caso afirmativo, la parte agraviada puede denunciar los hechos en base al art. 618.2 del código penal.

Art. 618.2 del CP escribió: El que incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación o proceso de alimentos a favor de sus hijos, que no constituya delito, será castigado con la pena de multa de 10 días a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.


Como este tipo de infracción suele cometerse de forma continuada, suelo recomendar que se denuncien cada 3 meses todos los hechos producidos, por lo que la parte perjudicada se ahorra visitas a Comisaría y al Juzgado.

Un saludo.

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Vie, 14 Nov 2014, 20:48
por chino94372
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Nosotros en estos casos podemos efectuar diferentes tipos de actuaciones coml puede ser dsr veracidad a lo que la mujer esta manifestando para así hacerlo llegar al juzgado, pero al fin y al cabo solo somos meros tramitadores y terminara decidiendo un juzgado, lamentablemente bastante tarde.

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Vie, 14 Nov 2014, 22:49
por SEBASTIÁN

foropolicia.es
En este caso y otros muchos similares se debe recoger denuncia . La presencia policial aquí tiene poco valor . Sin embargo cuando se persona el padre a recoger a los menores en el domcilio de la madre y no se los entregan si vale la presencia policial ( pero no caer en el error de interpelar a la madre con preguntas como ¿ le va a entregar a los menores ? porque eso podrían ser coacciones )

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Sab, 15 Nov 2014, 23:00
por umbecco
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Muchas gracias por vuestras respuestas. A veces tenemos q dar respuestas a los ciudadanos, con rapidez y no nos vayamos a equivocar. Difícil labor poco valorada.

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Sab, 15 Nov 2014, 23:02
por umbecco
Massilla escribió:Lo primero es preguntar si existe convenio regulador en vigor por el Juzgado de Primera Instancia. En caso afirmativo, la parte agraviada puede denunciar los hechos en base al art. 618.2 del código penal.

Art. 618.2 del CP escribió: El que incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación o proceso de alimentos a favor de sus hijos, que no constituya delito, será castigado con la pena de multa de 10 días a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.


Como este tipo de infracción suele cometerse de forma continuada, suelo recomendar que se denuncien cada 3 meses todos los hechos producidos, por lo que la parte perjudicada se ahorra visitas a Comisaría y al Juzgado.

Un saludo.

Cuando te refieres a convenio en vigor con el juzgado quieres decir sentencia en la cual se establecen los días de recogida del menor?
Gracias

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Dom, 16 Nov 2014, 00:17
por Massilla
umbecco escribió:Cuando te refieres a convenio en vigor con el juzgado quieres decir sentencia en la cual se establecen los días de recogida del menor?


Sí. Ya sea mediante sentencia firme o medida provisional, comunicada y en vigor. En este último caso entraría el incumplimiento de las medidas civiles impuestas en la Orden de Protección a favor de una víctima de VG.

Un saludo.

Re: Duda laboral

NotaPublicado: Vie, 21 Nov 2014, 17:50
por pilrakas
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Si hay convenio ratificado por Juzgado o Sentencia, que denuncie por incumplimiento de obligaciones familiares.