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Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Sab, 20 Oct 2018, 09:07
por Sishuk@
Kubotan Desde 10? - Desenfunda

desenfunda.com
Lo del rebote tiene su miga......
Primero, hacer "puntería es muy dificil", lo único que puedes hacer es guiar el tiro hacia un blanco grande, la masa. A partir de ahí soy partidario de tirar hacia la masa sin rebote previo. Tirar ajustando presiones a distancias y orientando hacia las extremidades inferiores.
El rebote eleva la pelota, aumenta el riesgo de impactar en testículos y más arriba. Para reducir la energía cinética, tenemos el alivio de presión de gases y las diferentes cargas de los cartuchos.
El sistema actual de PN, como dice Bávaro, combina dierente cartuchería y aperturas. Está muy regulado.
He visto instrucciones de otro cuerpo en el que se tira a las extremidades inferiores sin rebote previo.
En la Ertzaintza tienen un vaso lanzamedios excelente. Lo he usado y permite un buen "control" del tiro hacia la masa, no permite individualizar. Para individualizar están los lanzadores.
En nuestros manuales se copia lo del rebote previo..........¡Cáspita, si ya no tenemos pelotas........!, xD xD . No tenemos pelotas pero los manuales siguen.
Un saludo.

Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Sab, 20 Oct 2018, 12:08
por Lur
HECKLER & KOCH SFP9 - OR

Corredera Optical Ready
uspsuministros.com
Sishuk@ escribió:Lo del rebote tiene su miga......
Primero, hacer "puntería es muy dificil", lo único que puedes hacer es guiar el tiro hacia un blanco grande, la masa. A partir de ahí soy partidario de tirar hacia la masa sin rebote previo. Tirar ajustando presiones a distancias y orientando hacia las extremidades inferiores.
El rebote eleva la pelota, aumenta el riesgo de impactar en testículos y más arriba. Para reducir la energía cinética, tenemos el alivio de presión de gases y las diferentes cargas de los cartuchos.
El sistema actual de PN, como dice Bávaro, combina dierente cartuchería y aperturas. Está muy regulado.
He visto instrucciones de otro cuerpo en el que se tira a las extremidades inferiores sin rebote previo.
En la Ertzaintza tienen un vaso lanzamedios excelente. Lo he usado y permite un buen "control" del tiro hacia la masa, no permite individualizar. Para individualizar están los lanzadores.
En nuestros manuales se copia lo del rebote previo..........¡Cáspita, si ya no tenemos pelotas........!, xD xD . No tenemos pelotas pero los manuales siguen.
Un saludo.

Sí. La bocacha GV modelo 1. ¡De cuantos marrones nos ha sacado!

Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Dom, 21 Oct 2018, 01:05
por Bávaro
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militariapiel.es
Darkfreak escribió:En algún lado de los protocolos de uso de medios de orden público habla de la prohibición de tirar pelotas en modo tenso y tener que tirar con rebote? Porque yo lo único que leo es respeto a las distancias y tipo de cartuchos... A ver si alguien puede resolverme la duda.


En la Instrucción de Servicio de enero de 2013 (la circular de los cartuchos es de 2014) hablaba del rebote. Me imagino que en el manual del Protocolo del reciclaje de Linares, que es el que tienen los instructores y mandos para dirigir los ejercicios, vendrá lo del rebote, ya que todos los ejercicios se hacen de esa forma.

Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Dom, 04 Nov 2018, 19:26
por Darkfreak
Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
hola Bavaro, gracias por tu respuesta.
Todo esto viene porque creo recordar una charla que nos dio el coordinador de la unidad de valencia hace unos años en las que comentaba que el único marco normativo que tenemos respecto al uso de medios (y que, por lo tanto, representa en parte nuestra "defensa" jurídica en caso de imputaciones de compañeros) era la famosa circular sobre empleo de material antidisturbio de septiembre del 2013 de la Direccion Adjunta Operativa, que es donde habla de distancias, reductor y uso de cartuchos pero no dice nada de tiros tensos o con rebote, (no es del 2014).

¿puedes decirme que instrucción es esa del 2013 que mencionas para poder leerla?

Buscando por ahí lo que he encontrado es esto, en la web del defensor del pueblo ( https://www.defensordelpueblo.es/resolu ... turbios-2/) dice en resumen:

----Se acusa recibo de su escrito, sobre el asunto arriba indicado, en el que se manifiesta que el denominado protocolo de «empleo progresivo de los medios», al que se remite la Circular de 3 de septiembre de 2013 sobre empleo de material antidisturbios, NO EXISTE.

----De lo manifestado en su escrito de 21 de febrero de 2014 se desprende que la Comisaría General de Seguridad Ciudadana NO ha regulado los procedimientos de utilización del material antidisturbios ni establecido un sistema de control, incumpliendo así lo previsto en la Circular sobre empleo de material antidisturbios, de fecha 3 de septiembre de 2013.
En el escrito que esa Dirección General remitió a esta institución el 24 de junio de 2013, se anunciaba la elaboración de un protocolo que de manera concluyente circunscribiese al mínimo el riesgo lesivo de la utilización de bolas de goma y se señalaba que se trasladarían a esta institución las nuevas instrucciones, SIN QUE HASTA LA FECHA SE HAYA RECIBIDO.
Esta institución considera que la regulación contenida en la Circular sobre empleo de material antidisturbios, de fecha 3 de septiembre de 2013, y en el «Manual de actualización para unidades de intervención policial» es insuficiente para garantizar un uso proporcional, oportuno y congruente del material antidisturbios, y para minimizar el riesgo lesivo de su utilización.

----A juicio de esta institución dichas normas deberían tener como mínimo el siguiente contenido:
– Características técnicas de los distintos tipos de armas y proyectiles utilizados, especificando su precisión, si el arma utilizada permite una graduación de la potencia del disparo,(....)
– Pautas para su uso, especificando las circunstancias en las que su uso está autorizado y prohibido, los funcionarios policiales a los que les corresponde decidir sobre su utilización, LA ORIENTACION DE LOS DISPAROS, las zonas del cuerpo humano en las que está prohibido el impacto de los proyectiles, la necesidad de hacer disparos de aviso, etc.

Todo esto me hace pensar que en actuaciones de la UIP (ojo! no digo nada de mossos, y demas, que si que tendrán sus propios protocolos) no hay nada sobre el ángulo de disparo y por tanto un juez nunca te podría condenar (no digo imputar) por el angulo de disparo de las pelotas.

Y en cuanto a lo de Linares y los reciclajes, cuando los instructores te dicen que apuntes al suelo es solo por motivos de seguridad para evitar que el taco del cartucho golpee a algún funcionario (cosa que he visto pasar).

Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Mar, 06 Nov 2018, 01:20
por Bávaro
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Darkfreak escribió:¿puedes decirme que instrucción es esa del 2013 que mencionas para poder leerla?


La busco y cuando pueda te la envio por privado.


Darkfreak escribió: Y en cuanto a lo de Linares y los reciclajes, cuando los instructores te dicen que apuntes al suelo es solo por motivos de seguridad para evitar que el taco del cartucho golpee a algún funcionario (cosa que he visto pasar).


No hablo de cuando disparamos salvas en las progresiones por la Enira o en la explanada, hablo, por ejemplo, de cuando disparamos pelotas a blancos que están en una pared, tanto en el poblado como en la explanada, casos en los que no hay ningún peligro para ningún compañero, pero es obligatorio disparar con rebote en todos los ejercicios. Cuando se han disparado pelotas en Paracuellos, pues lo mismo.

A ver si consigo el Protocolo de las Jornadas de Actualización de Linares (no es el temario de actualización) y a ver que pone.

Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Jue, 08 Nov 2018, 00:17
por Bávaro

foropolicia.es
Peritos de Policía Nacional descartan "la voluntariedad en hacer blanco" y creen que el disparo fue "fortuito"


Dicen que el ertzaina que disparó estaba a más de 25 metros y que la misión del material antidisturbios es "antitumultuaria"

REDACCIÓN
07/11/2018 11:52

Dicen que el ertzaina que disparó estaba a más de 25 metros y que la misión del material antidisturbios es "antitumultuaria"

BILBAO, 7 (EUROPA PRESS)

Dos peritos de la Policía Nacional que realizaron el informe de balística durante la instrucción del caso de la muerte en abril de 2012 del aficionado del aficionado del Athletic Club, Iñigo Cabacas, por un pelotazo de goma de la Ertzaintza, han descartado este miércoles "la voluntariedad en hacer blanco" y han considerado que el disparo fue "fortuito". Además, creen que el impacto que recibió la víctima es compatible tanto con "el tiro directo" como con el "rebote", y han rechazado que se hiciera a corta distancia.

Durante la sesión de hoy del juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de Bizkaia por el 'caso Cabacas', han declarado peritos del Cuerpo Nacional de Policía que, por encargo de la juez instructora, realizaron el informe de balística en base al análisis de 12 escopetas, 12 bocachas y 60 pelotas de caucho remitidas por la Policía autonómica vasca.

Dos peritos policiales han afirmado que las lesiones que presentaba el aficionado del Athletic y el impacto perpendicular en el lado derecho de la cabeza que recibió eran "compatibles", tanto con un disparo directo de pelota de goma como con el rebote, y han señalado que no se puede determinar de qué forma se efectuó.

ANTITUMULTUARIA

En todo caso, han precisado que la utilización del material antidisturbios no persigue "el impacto directo" sobre un individuo determinado, sino que la misión es "antitumultuaria".

Además, han añadido que la energía que desarrollan estos proyectiles, que se puede regular con la bocacha, puede alcanzar entre los 204 y los 347 julios "en tiro directo" y entre 105 y 109 julios "con rebote", cuando el máximo que soporta la elasticidad craneal es 69.

En este sentido, han asegurado que el profesional conoce "la peligrosidad de la escopeta". Asimismo, han situado al tirador de la pelota de goma que impactó contra Iñigo Cabacas a 28 metros de distancia "como máximo" en tiro directo, y a 25 metros con rebote.

A su juicio, "no es posible la voluntariedad de hacer blanco" porque éste es "fortuito". "Descartamos tiro a corta distancia", han asegurado ambos agentes.

https://www.lavanguardia.com/local/pais ... tuito.html

Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Jue, 29 Nov 2018, 13:23
por bizkaitarraespañol

Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Jue, 29 Nov 2018, 14:16
por mugikorra
Caso Cabacas: condenan solo al mando de la Ertzaintza que no quería disparar en el callejón

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a dos años de prisión al oficial Juan José de Pablo, ya jubilado, y ha absuelto a los otros cinco ertzainas juzgados por la muerte de Iñigo Cabacas. El condenado es el mando que defendía no cargar en el callejón de María Díaz de Haro

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a uno de los seis ertzainas que fueron juzgados por la muerte de Iñigo Cabacas como consecuencia de un pelotazo. Se trata del oficial Juan José (editado) (339), ya retirado, al que ha impuesto una pena de dos años de prisión y cuatro de inhabilitación por un delito de homicidio por imprudencia profesional grave. El resto de acusados –Kepa (editado), Tomás (editado), José Ignacio (editado), Dany Johnny (editado) y Eduardo (editado)– han sido absueltos.

Se da la circunstancia de que De Pablo fue el único que el día de los hechos, el 5 de abril de 2012, defendió ante su superior ‘Ugarteko’ que no era partidario de cargar en el callejón de María Díaz de Haro cuando este ordenó «entrar con todo». Según expuso en la primera jornada del juicio, «mandar a gente uniformada a una zona donde solía estar gente del entorno –de la izquierda abertzale– y de celebración», o bien fue un error o bien buscaba «una sarracina».

El resto de acusados le atribuyeron el mando sobre todos ellos como ertzaina de mayor rango sobre el terreno, aunque De Pablo sostuvo que él solo se hallaba al frente de su furgoneta y que ni siquiera salió de ella.

El juicio por la muerte de Iñigo Cabacas se celebró entre el 15 de octubre y el 9 de noviembre, seis años y medio después de los hechos. La acusación particular ejercida por la familia Cacabas Liceranzu solicitó cuatro años de prisión para cada uno de los seis ertzainas acusados de homicidio imprudente.

La Fiscalía, por su parte, sostuvo que no hubo delito en la carga de la Ertzaintza y defendió la absolución de todos los acusados.

La sentencia ha llegado en tan solo 20 días.


https://www.naiz.eus/eu/actualidad/noti ... a-disparar



Declaraciones del Jefe de Operaciones de Ugarteko referidas a la actuación del mando condenado:


Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Jue, 29 Nov 2018, 17:04
por mugikorra

Re: "Restricción" del uso de las pelotas de goma

NotaPublicado: Jue, 29 Nov 2018, 17:23
por Lur
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Alguien tenía que pagar los platos rotos y le ha tocado a este ex oficial. No ingresa en prisión y al estar jubilado no le pasa nada, el GV paga y todos contentos. Menos el propio condenado que ha quedado señalado para toda su vida.