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Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Mié, 12 Sep 2018, 17:32
por Charlie_CNP
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militariapiel.es
Awekurt escribió:9 POLICÍAS EN TOTAL
El juez amplía la investigación a cinco policías más por las cargas del 1-O en Barcelona

Se trata de un jefe operativo y dos agentes que actuaron en el CEIP Ágora, en Nou Barris, un agente que intervino en las Escoles Pies de Sant Antoni, y otro que lo hizo en el Nen Jesús

El juez amplía la investigación a cinco policías más por las cargas del 1-O en Barcelona
Furgón de la Policía Nacional (Dani Duch)
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AGENCIAS, Barcelona
12/09/2018 17:41 | Actualizado a 12/09/2018 18:04

El magistrado del Juzgado de Instrucción número 7 de Barcelona ha decidido este miércoles investigar cinco agentes de la Policía Nacional por su actuación en tres escuelas de la ciudad durante el 1-O. En concreto, se trata de un jefe operativo y dos agentes que actuaron en el CEIP Ágora, en Nou Barris, un agente que intervino en las Escoles Pies de Sant Antoni, y otro que lo hizo en el Nen Jesús, según informaron el teniente de alcaldía Jaume Asens y el Centro Irídia, que actúan como acusación popular. Con estos, ya son nueve los agentes policiales investigados en Barcelona por las cargas de la votación del primero de octubre del año pasado.

Asimismo, el juez ha requerido al Cuerpo Nacional de Policía para que identifique a un agente al que uno de los vídeos aportados en la causa muestra propinando una patada a un hombre que acababa de ser derribado al suelo “de forma absolutamente innecesaria”, según el juez, en el centro Escoles Pies de Sant Antoni.

Escoles Pies de Sant Antoni
Ha pedido al Cuerpo Nacional de Policía que identifique a al agente que pega una patada “de forma absolutamente innecesaria” a un hombre en el suelo


La investigación sobre la actuación de la Policía Nacional en estos tres centros se suma a otras cinco que están en marcha por las cargas contra los concentrados en las escuelas Mediterrània, Pau Claris, Els Horts, Ramon Llull y Fedac Horta-Santa Caterina de Siena, que han comportado la imputación de cinco agentes.

Por el contrario, el magistrado ha archivado una cincuentena de denuncias contra la intervención de la Policía para impedir la votación del 1-O en seis escuelas de la capital catalana, en algunos casos por la falta de material gráfico suficiente sobre las cargas o que permitan identificar a los agentes que actuaron.

En el caso de Escoles Pies, el juez relata en su auto que los agentes, “sin que se oiga aviso previo o ninguna advertencia, empiezan a agarrar” a las personas concentradas “y las lanzan al suelo o las empujan hacia afuera, sin miramiento alguno y utilizando ciertamente una violencia desproporcionada a la situación que allí se da”.

El magistrado ha archivado una cincuentena de denuncias contra la intervención de la Policía en seis escuelas de Barcelona

En este centro, el magistrado menciona “agresiones claramente gratuitas”, como la patada al costado que el policía aún no identificado propinó a un ciudadano en el suelo y el caso de otra persona al que un agente dio tres puñetazos, mientras otro lo cogía por el cuello para lanzarlo al suelo y patearlo después. En la escuela Infant Jesús, el juez sostiene que la actuación policial “no estaba amparada por el auto” del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que ordenaba impedir la votación, “por lo que debe preguntarse cuál fue el motivo por el que se actuó, se empujó y zarandeó y golpeó a las personas que allí se encontraban”.

Según describe el magistrado, en esta escuela la policía arrastró a la gente que estaba sentada en el suelo, “a veces con golpes y patadas”, algunos son “empujados violentamente” y otros “tirados de las orejas”, sin que se observe ninguna actuación violenta por parte de los concentrados, que se limitaban a “obstaculizar” el acceso de los agentes al colegio.

El magistrado considera que se realizaron “agresiones claramente gratuitas”

Respecto a la actuación policial en la escuela Ágora, el juez sostiene que, tras anunciar por megafonía a los concentrados que procederían a intervenir, los agentes golpearon con sus defensas “de forma indiscriminada” a las personas que allí se encontraban. ”Los golpes, como se observa en las imágenes, van de arriba a abajo, golpeando forzosamente en la zona superior del cuerpo a los ciudadanos concentrados”, añade el juez, que precisa que algunos de los porrazos provocaron heridas que precisaron puntos de sutura.

Andrés García, abogado portavoz de la entidad de derechos humanos Iridia, que representa a varios de los heridos en el 1-O, ha celebrado la imputación de estos otros cinco policías, lo que a su parecer está “probando la desproporción de la actuación policial” contra el referéndum.

Según el letrado, el impulso de la causa obedece al “trabajo de la ciudadanía, que consiguió muchas de las pruebas” que han motivado las imputaciones, y también está resultando clave “la colaboración entre la sociedad civil e instituciones como el Ayuntamiento de Barcelona y las personas afectadas”. El portavoz de Iridia ha pedido “medidas políticas concretas para luchar contra la violencia institucional” con motivo del primer aniversario del 1-O.

https://www.lavanguardia.com/politica/2 ... elona.html

Menudo tufillo que debe echar ese juzgado. Supongo que intoxicarán la instrucción de manera que a la hora de un juicio poco se pueda hacer. Si el gobierno de turno tiene un mínimo de dignidad, supongo que indultará a quién sea necesario.

Enviado desde mi móvil

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Mié, 12 Sep 2018, 17:39
por brabo
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joyfepolferes.es
Yo no me planteo esa posibilidad, más bien los recursos en caso de que sean condenados

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Mié, 12 Sep 2018, 18:28
por Awekurt
Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Es el mismo Juez que archivo el pasado 17 de julio 51 denuncias por presuntas agresiones durante el 1-O, según europa press “31 se han archivado porque el juez entiende que la actuación policial es proporcional, y 20 porque "pese a haber indicios de delito no se ha identificado con imágenes a los agentes responsables".

http://www.europapress.es/nacional/noti ... 81513.html

Supongo que se encarga de la instrucción de todos los incidentes en el partido judicial de Barcelona al ser el juzgado que se encontraba en funciones de guardia durante el 1-O, desconozco que fama pueda tener en Barcelona y sus posibles sesgos.

Creo que a los compañeros se les presenta un futuro judicial un tanto incierto, y que encima, pueden ser utilizados como arma política con la que negociar posibles indultos a mossos o a otras personas que participaron de forma directa o indirecta en la celebración del 1-O.
Espero una defensa a ultranza, al menos por los sindicatos y asociaciones policiales, pues no se puede perder de vista que en su actuación defendían la propia supervivencia del Estado tal y como conocemos. Por supuesto, esto debe ser tomado muy en cuenta por el Poder Judicial.

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Mié, 12 Sep 2018, 18:41
por Alfgijon

foropolicia.es
eipie escribió:
¿En serio? ¿De verdad crees que esos dos idiotas representan a casi 17000, o siquiera a la mitad?
En TODOS los colectivos hay ejemplos de individuos que dejan en mal al resto. No seamos tan simples.

En cuanto al tema del armamento, el forero Alfgijon muestra un gran desconocimiento del CME y de armas en general. Como ya ha comentado el forero Bavaro, en el CME TODOS los agentes del cuerpo disponen o están habilitados para el uso de pistola (HK USP Compact y Walther P99), subfusil (HK UMP) y además escopeta de repetición (Remington o Fabarm), defensa (extensible y rígida) y esprai de pimienta. La pistola es de dotación individual y los subfusiles y las escopetas son de dotación colectiva y están en todas las comisarías a disposición de los agentes con autorización de los mandos. Creo que ya tenemos todos los agentes del cuerpo una defensa extensible de dotación. Un asunto diferente es en nivel de formación en su manejo, que daría para otro tema. Tanto subfusil como escopeta son armas largas.
En cuanto a las ARRO y la Brimo, ahora mismo comparten más de un 90% de las funciones y por eso comparten también el 90% del equipo y armamento y si no nos han engañado, acabará siendo el 100%. Por lo que recuerdo las únicas diferencias en lo que se refiere a armas sería que Brimo ha heredado algún que otro MP5 y el uso de granadas detonadoras/cegadoras y gases lacrimogenos (ARRO sólo humo, aunque hace unos años no existía esa diferencia). El GEI daría también para otro tema.

Saludos


Me voy a cortar en mi respuesta porque no quiero entrar en discusiones estériles, pero entrar en descalificaciones sobre el conocimiento o no de alguien no me gusta en exceso, y en este caso podria entrar a valorar su conocimiento del Castellano y su comprensión lectora, ya que el comentario inicial que ha provocado su respuesta solo surgió respecto a la longitud del UMP (ya que no lo he tenido en las manos) y pensaba que era más corto que el MP5; absolutamente nada más.

Su cometario respecto a que TODOS los agentes del CME tienen licencia para el uso de arma corta y arma larga debería entrar en los anales de las ganas de "tocar las narices" ya que cualquier Mosso dispone de la misma licencia que posee CNP, GC, resto de FCSE, así como toda la Escala de Soboficiales y hacia arriba de las FFAA.

Inicialmente se dotó al ARRO de UMP y a la BriMo de G36C, si ahora se las cambian se las dejan o se dotan de forma diferente es irrelevante repecto al comentario que estabamos haciendo, ya que se hablaba de unidades de patrulla, que en ningún caso disponen de G36C ni ningún otro modelo de carabina o fusil existente.

Quizá no lo sepa, aunque seguro que sí puesto que me ha querido dar un master de armamento y dotación, otros cuerpos diferentes al suyo SÍ disponen de subfusiles/pistolas ametralladoras que no son armas largas.

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Mié, 12 Sep 2018, 20:31
por kawasiko
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Lur escribió:
astartes escribió:Gargamel, insinuas que solo las FCSE protegemos la constitucion?

Las PPAA de pais vasco, de navarra, o las PPLL de todo el pais ya eso te lo pasas por el forro no?


Da lecciones a todos, pero no contesta donde ha adquirido tamaña fuerza moral.


Yo cuando habla este hombre me pierdo, este en el hilo que este, siempre esta hablando de los sueldos y de quienes cobran mas..

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Mié, 12 Sep 2018, 21:45
por Rivendel
Referente a la situación de los Juzgados, están haciendo como en su día con los profesores......j**** tanto al que no les sigue la corriente hasta que se vaya. Ésto mismo publica hoy la Asociación Profesional de la Magistratura, en su sección territorial en Cataluña:

En los concursos publicados en el BOE de hoy continúa la salida de jueces y magistrados en Cataluña, 9 se van. Ya son 42 en los últimos 12 meses.


Yo hace años ya pude ver en ciertos despachos banderitas de mesa con la estelada........miedo me dá cómo estará ahora aquello. Yo no estaría tranquilo como Policía Nacional si cayese en situación de investigado en aquellas tierras.....

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Mié, 12 Sep 2018, 21:58
por In dubio pro munipa
mugikorra escribió:
In dubio pro munipa escribió:
mugikorra escribió:Acabar investigado por cualquier actuación de Orden Público no es nada raro.

Ahora mismo hay una colecta en Bilbao para sufragar los gastos judiciales y quebranto económico que ha supuesto para un compañero la condena impuesta por usar el bastón policial en una pelea entre jóvenes borrachos.

Única fuente de ingresos de su familia, con dos hijas y una de ellas dependiente con una minusvalía del 80%.

Un año de prisión, 4.270 euros de indemnización, costas propias, de la parte contraria y DOS meses de empleo y sueldo.


Buenas tardes, Mugikorra:
¿Puedes decir algo en abierto sobre la forma de participar en esa colecta? De no ser así ¿podrías enviármelo por privado?
Me gustaría colaborar.
Gracias y ánimo al compañero.



Cómo no. El compañero es Policía Municipal de Bilbao

https://www.svpe-ples.org/index.php/not ... -companero



Muchas gracias, Mugikorra.
Lo cierto es que he intentado contactar varias mañanas con su sindicato para enterarme de cómo iba el asunto, llamando a la Jefatura de PM Bilbao (pues parece ser que no tienen número directo), y me han intentado pasar con ellos pero no ha habido manera, por lo que he desistido.
Yo ya he aportado mi granito de arena, a ver qué tal se le da al compañero.

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Jue, 13 Sep 2018, 04:14
por eipie
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Alfgijon escribió:
eipie escribió:
¿En serio? ¿De verdad crees que esos dos idiotas representan a casi 17000, o siquiera a la mitad?
En TODOS los colectivos hay ejemplos de individuos que dejan en mal al resto. No seamos tan simples.

En cuanto al tema del armamento, el forero Alfgijon muestra un gran desconocimiento del CME y de armas en general. Como ya ha comentado el forero Bavaro, en el CME TODOS los agentes del cuerpo disponen o están habilitados para el uso de pistola (HK USP Compact y Walther P99), subfusil (HK UMP) y además escopeta de repetición (Remington o Fabarm), defensa (extensible y rígida) y esprai de pimienta. La pistola es de dotación individual y los subfusiles y las escopetas son de dotación colectiva y están en todas las comisarías a disposición de los agentes con autorización de los mandos. Creo que ya tenemos todos los agentes del cuerpo una defensa extensible de dotación. Un asunto diferente es en nivel de formación en su manejo, que daría para otro tema. Tanto subfusil como escopeta son armas largas.
En cuanto a las ARRO y la Brimo, ahora mismo comparten más de un 90% de las funciones y por eso comparten también el 90% del equipo y armamento y si no nos han engañado, acabará siendo el 100%. Por lo que recuerdo las únicas diferencias en lo que se refiere a armas sería que Brimo ha heredado algún que otro MP5 y el uso de granadas detonadoras/cegadoras y gases lacrimogenos (ARRO sólo humo, aunque hace unos años no existía esa diferencia). El GEI daría también para otro tema.

Saludos


Me voy a cortar en mi respuesta porque no quiero entrar en discusiones estériles, pero entrar en descalificaciones sobre el conocimiento o no de alguien no me gusta en exceso, y en este caso podria entrar a valorar su conocimiento del Castellano y su comprensión lectora, ya que el comentario inicial que ha provocado su respuesta solo surgió respecto a la longitud del UMP (ya que no lo he tenido en las manos) y pensaba que era más corto que el MP5; absolutamente nada más.

Su cometario respecto a que TODOS los agentes del CME tienen licencia para el uso de arma corta y arma larga debería entrar en los anales de las ganas de "tocar las narices" ya que cualquier Mosso dispone de la misma licencia que posee CNP, GC, resto de FCSE, así como toda la Escala de Soboficiales y hacia arriba de las FFAA.

Inicialmente se dotó al ARRO de UMP y a la BriMo de G36C, si ahora se las cambian se las dejan o se dotan de forma diferente es irrelevante repecto al comentario que estabamos haciendo, ya que se hablaba de unidades de patrulla, que en ningún caso disponen de G36C ni ningún otro modelo de carabina o fusil existente.

Quizá no lo sepa, aunque seguro que sí puesto que me ha querido dar un master de armamento y dotación, otros cuerpos diferentes al suyo SÍ disponen de subfusiles/pistolas ametralladoras que no son armas largas.


Me reafirmo en la respuesta que he dado. Le guste o no y aunque le parezca una descalificación (que no lo es) , es un hecho que usted desconoce por completo la realidad del CME , lo cual es normal si no pertenece al cuerpo. Tampoco es usted (ni siquiera yo pretendo serlo) un experto en armas en general cuando se refiere a un arma muy común en diferentes cuerpos policiales y militares de todo el mundo y afirma tajantemente sin saber, que:"El UMP no es un arma larga" .
Yo no he pretendido dar lecciones a nadie, tan sólo informarle a usted y a quien interese. Si alguna vez ha leído respuestas mías en este foro, habrá visto que suelo extenderme añadiendo un poco más de información sobre el tema para dar un poco de contexto, con la mejor de las intenciones y sin ánimo de aleccionar a nadie. Quizás usted no aprecie la información extra sobre el tema, pero aunque sólo sea uno, de todos los que lo hayan leído, el que haya descubierto algo nuevo sobre el cuerpo al que pertenezco, ya me doy por satisfecho. Es recurrente en este y otros foros preguntar sobre el armamento y equipo de esta o aquella unidad.
No es excusa el no haber tenido el UMP en las manos para saber de sus medidas y atreverse a hacer afirmaciones como la suya. A lo mejor es usted el que pretende dar lecciones. Tampoco he hablado de licencia de uso de armas sino de la habilitación para el uso de unos tipos concretos, que es algo muy diferente. Puedo tener la licencia A como cualquier miembro de las FCSE, pero en cambio, si la administración no me autoriza, no podré usar según que armas, y es de eso de lo que hablaba. Simple normativa interna del cuerpo que usted no tiene por qué conocer. Un agente de seguridad ciudadana del CME no tiene autorización de la administración para usar las mismas armas que un agente de ARRO, Brimo o GEI, a pesar de tener el mismo tipo de licencia de armas. Incluso perteneciendo al CME no lo sé todo perfectamente sobre el cuerpo y su normativa, me puedo equivocar alguna vez, pero no hago el tipo de afirmaciones que ha hecho usted. De hecho, he de corregir algunas cosas que comenté con anterioridad y que no se ajustan a la última modificación de la instrucción del uso de armas en el CME. A saber:
- ARRO sí puede utilizar lacrimógenos. Mi error viene del hecho de que hubo una temporada en la que después de años de poder usarlos, se nos prohibió. Pero de hecho, como no los tenemos en nuestro almacén, ni me acuerdo de que estamos autorizados.
- La instrucción distingue entre esprai de defensa y OC (extracto de pimienta natural). El primero está autorizado para todos los Mossos si da su permiso el jefe de la región policial , el segundo sólo para ARRO, Brimo y GEI.

De nuevo desde el desconocimiento afirma que: "Inicialmente se dotó al ARRO de UMP y a la BriMo de G36C, si ahora se las cambian se las dejan o se dotan de forma diferente... ". Nada más lejos de la realidad, le parezca irrelevante o no. Se dotó al mismo tiempo de G36C a ambas unidades y no fue que primero dieran G36C a la Brimo o BRIMO (es así como se ha escrito siempre para referirse a la unidad, al menos la del CME , no BriMo) y con posterioridad se cambiase el criterio y se diese también a las ARRO. Parece que tiene por costumbre afirmar cosas sin saber y no creo que sea soberbia por mi parte corregirle si veo que está equivocado. Todos aprendemos de este foro.
Por otro lado, quizás no me expliqué bien en mi respuesta anterior y pareció que afirmaba que todos los subfusiles entran en la categoría de armas largas según el reglamento de armas. No fue esa mi intención, ya que me refería únicamente a las armas automáticas y escopetas de dotación general en el CME con la salvedad quizás del MP7 de dotación en el GEI, que ya dije que daba para un tema a parte y no quisiera desviar más el tema del hilo.

Saludos cordiales

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Jue, 13 Sep 2018, 09:20
por brabo
Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Eipie, las formas son importantes, y mucho más en un foro, porque pueden llevar a malas interpretaciones, pero no creo que haya mala intención por parte de ninguno de los dos.

Re: Situación en Cataluña, Art.155-La Posición Policial

NotaPublicado: Jue, 13 Sep 2018, 13:38
por Alfgijon

intervencionpolicial.com
eipie escribió:No es excusa el no haber tenido el UMP en las manos para saber de sus medidas y atreverse a hacer afirmaciones como la suya. A lo mejor es usted el que pretende dar lecciones.


No quiero darle más bola a un tema que parece que se convierte en "a ver quién la tiene más larga"

Solo me gustaría añadir que POR SUPUESTO QUE ES TOTALMENTE LOGICO NO SABER LAS MEDIDAS EXACTAS DE UN ARMA SI NO LA HAS TENIDO EN LAS MANOS NI NINGUNA RELACIÓN CON ELLA. Dudo que usted conozca, sin buscarlo en Google, las medidas y características de las FN p90, el HK 417 o el Sig 552 commando, o incluso el G36k (versión distinta de un arma que sí poseen ustedes, la c) ... por poner algún ejemplo de armas de dotación en otros Cuerpos diferentes al suyo.

ES MÁS, cuando Bávaro (al cual le agradezco la correción) me indicó que el UMP poseía más de 600mm corrigiendo por tanto mi percepción de que era más corto que un mp5, PEDÍ DISUCLPAS POR EL ERROR. Quizá no entendió usted esa parte de mi post y se vió en la necesidad iniciar este intercambio de opiniones estéril.

No dudo de su buena voluntad o de sus ganas de oportar, pero sí es cuestionable iniciar un post diciendo que "x" persona "no tiene ni p*** idea de algo"... iniciandolo así, por muy buena voluntad que posea el resto del post, la reacción nunca será buena.

Por mi parte, doy por finalizada esta controversia; si usted desea continuar con ella, está en su derecho.