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Impago en diversas situaciones

NotaPublicado: Mié, 27 Feb 2019, 06:35
por osito creasy
Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
El no pagar un servicio, por ejemplo una carrera de taxi, unas consumiciones en un bar, una habitación de hotel, etc.

Lo encuadrariamos al menos a mi parecer en la estafa, ya actuariamos según la cantidad de lo estafado supere o no los 400 euros.

Bien, charlando con un mando sobre esto, me rebatia que eso no era así, que no se podría considerar estafa como tal argumentando que el autor o autores no están usando engaño alguno para producir el error en el suministrador del servicio, simplemente se niega a pagar.

Como lo veis? Donde encuadrariais penalmente este tipo de actuaciones tan comunes.

Aparte está también la vía civil a la que puede recurrir el perjudicado a solicitar el pago de la deuda. Pero me interesa darle encuadre en la vía penal.

Re: Impago en diversas situaciones

NotaPublicado: Mié, 27 Feb 2019, 09:31
por AZULITO05
España todo claro.
Si tienes que ir a la via civil, pobres comerciantes, taxistas, todos lo que cobren porque se van a multiplicar los "sinpas"....

Re: Impago en diversas situaciones

NotaPublicado: Mié, 27 Feb 2019, 09:36
por astartes
Guantes Anticorte Policiales

Nivel 5 - modelos desde 38?!
desenfunda.com
Se puede asumir el engaño en que toda persona que se sienta a consumir en un bar lo hace pagando la consumicion, si alguien pide algo en la barra es sobre la base de pagarlo a posteriori; si pide algo a sabiendas que no lo va a pagar, pero se aprovecha que ese acto es normalmente seguido por el pago de la misma para "engañar" al del bar...

Vamos, yo lo trato como estafa, no se si he sabido explicar bien mi punto de vista de la estafa y el engaño.

Re: Impago en diversas situaciones

NotaPublicado: Mié, 27 Feb 2019, 09:37
por Charlie_CNP
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Es que al final todo depende de qué intención tenga el sujeto, pues si no era la de hacer un sin-pa sino una negativa a pagar por una disconformidad con la cuenta, por ejemplo, no cabría la estafa penal (como cuando uno devuelve un recibo de teléfono en el banco) pero el problema aquí es que eso sólo lo sabe el señor que no quiere pagar y uno no es adivino, además de como ha dicho el compañero, al final si a todo el mundo se le supone la falta de engaño bastante y mandamos a todos los comerciantes, hosteleros, etc... a la vía civil, sale cara la broma al ciudadano honrado que paga impuestos.

Re: Impago en diversas situaciones

NotaPublicado: Mié, 27 Feb 2019, 10:40
por Astro29

militariapiel.es
Esta situación es equivalente a la que se da al no abonar en una gasolinera el carburante. Con respecto a esto, la Audiencia Provincial de Madrid aclaró en su unificación de criterios que podía tratarse cómo estafa o como hurto, no derivando a la jurisdicción civil:

CONDUCTAS. Repostar gasolina sin abonar su importe. ESTAFA. Repostar gasolina sin abonar su importe. HURTO. Repostar gasolina sin abonar su importe. (4) “Calificación penal de la conducta de quien reposta gasolina y deja de pagar su importe: Constituye, bien un hurto, bien una estafa.”


Para calificar hurto o estafa, entiendo que habrá que ver las circunstancias concretas de cada caso. Yo creo que si únicamente pide una consumición y no la abona (excepto los casos que ha expuesto Charlie_CNP por disconformidad en servicio), tendremos que ver si ha habido algún acto adicional que pudiera haber producido engaño al dependiente. Si es así, lo calificaría cómo estafa. En otro caso lo dejaría como hurto.

Re: Impago en diversas situaciones

NotaPublicado: Mié, 27 Feb 2019, 12:04
por Tilacino
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joyfepolferes.es
Astro29 escribió:Esta situación es equivalente a la que se da al no abonar en una gasolinera el carburante. Con respecto a esto, la Audiencia Provincial de Madrid aclaró en su unificación de criterios que podía tratarse cómo estafa o como hurto, no derivando a la jurisdicción civil:

CONDUCTAS. Repostar gasolina sin abonar su importe. ESTAFA. Repostar gasolina sin abonar su importe. HURTO. Repostar gasolina sin abonar su importe. (4) “Calificación penal de la conducta de quien reposta gasolina y deja de pagar su importe: Constituye, bien un hurto, bien una estafa.”


Para calificar hurto o estafa, entiendo que habrá que ver las circunstancias concretas de cada caso. Yo creo que si únicamente pide una consumición y no la abona (excepto los casos que ha expuesto Charlie_CNP por disconformidad en servicio), tendremos que ver si ha habido algún acto adicional que pudiera haber producido engaño al dependiente. Si es así, lo calificaría cómo estafa. En otro caso lo dejaría como hurto.


Criterio en mi unidad:

Si hace creer que va a pagar (se comporta como cualquier cliente, y luego se larga sin abonar el carburante), estafa.

Si repostase a escondidas, intentando que los empleados no se percatasen de que usa el surtidor, hurto.

Re: Impago en diversas situaciones

NotaPublicado: Mié, 27 Feb 2019, 12:54
por osito creasy
CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
En este caso, la intervención consistía en dos clientes de un bar que toman una serie de consumiciones con total normalidad y a la hora de pagar dicen que no pagan porque no tienen dinero y punto.

Re: Impago en diversas situaciones

NotaPublicado: Mié, 27 Feb 2019, 13:03
por astartes

foropolicia.es
osito creasy escribió:En este caso, la intervención consistía en dos clientes de un bar que toman una serie de consumiciones con total normalidad y a la hora de pagar dicen que no pagan porque no tienen dinero y punto.

Yo lo trataria como estafa...