GM105 escribió:Por internet se cuelgan fotos, informes ,de todo.
De todos modos, no he colgado fotos de personas, he puesto simplemente herramientas. De arresto una hoja de seguimiento sin datos. Accidentes tapando matriculas Algunos cuerpos de policía hacen un Facebook o blog, para que el ciudadano sepa que ha hecho, si no solo se percibe que multamos y nada mas.
Ya, pero esos Perfiles en Redes Sociales son oficiales
En cuanto Fiscalía no me ordeno una detención, si no una investigación. Y CNP europol que les investigara paraderos una persona que tenían venían a detener, los acompañe.
el art,4.2 de la ley Ffccs, dice que debemos colaborar y eso hago. No hago de policía judicial, colaboro con las Ffcss y judgados, tribunales o fiscalias.
Bueno, es recabar información que en Ayuntamientos o Mancomunidades donde no hay PL ni Auxiliares, la ofrece cualquier otro funcionario municipal porque el 4.1. de esa misma Ley indica que "todos" (ciudadanos) tienen el deber de prestarnos auxilio en la persecución del delito.
Entiendo que la Ley de referencia en tu Comunidad será la Ley de Policía de Cataluña (si existiera).
Por ultimo no llegue hacer practicas. En Catalunya primero te dan el diploma, y después haces las practicas. Así que si un desequilibrado aprobara las practicas en Catalunya, da igual si le declararon Apto. El tiene su diploma policía y puede opositar donde quiera o concursar por movilidad. Si no te dan diploma puerta cerrada.
En Euskadi no va con
Diploma. Si superas en Curso tienes tu Certificado de haber superado el mismo, que se da el día de la entrega típica con acto oficial, pero pasas directamente a hacer las prácticas. Si alguien las suspende, ya puede tener un Diploma o cinco etiquetas de Anís del Mono que no le vale para nada. El Proceso selectivo abarca tanto el Concurso-Oposición como el Curso Básico (9 meses) y Período de Prácticas (+/- un año).