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Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mar, 29 Jul 2014, 09:50
por KOROKOTA
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No se que problema hay, si un ciudadano que estorba en nuestra labor y encima no esta debidamente identificado como profesional del periodismo, se le identifica, si se niega se le detiene, y se le imputan unos articulos del CP que para eso estan.Actuando debidamente y escribiendo correctamente con lógica y profesionalidad, vereis como se acaba con tanto usurpador y vamos poco a poco imponiendo la ley como debemos con esos individuos, y no traspasamos la raya de lo incorrecto.
Aquí os pongo un par de articulos que se podrian escribir en un momento de nuestras actuaciones, seguro que hay mas pero mis dedos y mi cabeza no dan para más. Un saludo


CODIGO PENAL
CAPÍTULO V
De la usurpación de funciones públicas y del intrusismo

Artículo 403.
El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.
Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.
CÓDIGO PENAL Y LEGISLACIÓN COMPLEMENTARIA

Faltas contra el orden público

Artículo 634.
Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren levemente, cuando ejerzan sus funciones, serán castigados con la pena de multa de diez a sesenta días.

Artículo 637.
El que usare pública e indebidamente uniforme, traje, insignia o condecoración oficiales, o se atribuyere públicamente la cualidad de profesional amparada por un título académico que no posea, será castigado con la pena de localización permanente de dos a 10 días o multa de 10 a 30 días.

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mar, 29 Jul 2014, 17:02
por RAYANAIR
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Hola forero KOROKOTA! antes de nada pedirte perdón por mi ignorancia en el codigo penal y en muchas otras cosas pero daré mi humilde opinión con respecto a la imputación del Artículo 403.

Creo que humildemente hablando, dicha aplicación seria improcedente y por la tanto una conducta atípica, pues aunque el freelance, cámara o fotógrafo no tenga o este en posesión de la licenciatura de ciencias de la información o periodismo, el mismo si trabaja para un medio informativo y lo puede acreditar ( a nosotros los agentes de la autoridad no nos importa la relación fiscal que tenga con el medio para el que presta sus servicios ) entiendo que no seria de aplicacion dicho articulado por atribuirse de forma genérica en ese momento la profesión de periodista ya que se puede hacer una interpretación extensa de la palabra y no darle un significado estricto, pues si nos vamos a la R.A.E, en su punto 2, tendría perfecto amparo y por lo tanto conducta no punible. otra cosa es la intervención del medio de captación por cuestiones que legalmente nos ampra como necesidad de anonimato en la intervención o de los actuantes, medidas que deberán ser plasmada en atestado y debidamente motivadas.


ya después entra en juego los otros artículos del codigo penal que pones,asi como la ley 1/92 en los artículos que nos amparan para ocupar parte de la vía publica que necesitemos para nuestra intervención de restablecer la seguridad ciudadana, aplicación que entiendo que seria aplicable también a estas personas.

Espero no haberte entendido mal y de ser asi te pido disculpas. :España:

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mar, 29 Jul 2014, 21:14
por KOROKOTA
Edición 175 Aniversario Gc

45
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RAYANAIR escribió:Hola forero KOROKOTA! antes de nada pedirte perdón por mi ignorancia en el codigo penal y en muchas otras cosas pero daré mi humilde opinión con respecto a la imputación del Artículo 403.

Creo que humildemente hablando, dicha aplicación seria improcedente y por la tanto una conducta atípica, pues aunque el freelance, cámara o fotógrafo no tenga o este en posesión de la licenciatura de ciencias de la información o periodismo, el mismo si trabaja para un medio informativo y lo puede acreditar ( a nosotros los agentes de la autoridad no nos importa la relación fiscal que tenga con el medio para el que presta sus servicios ) entiendo que no seria de aplicacion dicho articulado por atribuirse de forma genérica en ese momento la profesión de periodista ya que se puede hacer una interpretación extensa de la palabra y no darle un significado estricto, pues si nos vamos a la R.A.E, en su punto 2, tendría perfecto amparo y por lo tanto conducta no punible. otra cosa es la intervención del medio de captación por cuestiones que legalmente nos ampra como necesidad de anonimato en la intervención o de los actuantes, medidas que deberán ser plasmada en atestado y debidamente motivadas.


ya después entra en juego los otros artículos del codigo penal que pones,asi como la ley 1/92 en los artículos que nos amparan para ocupar parte de la vía publica que necesitemos para nuestra intervención de restablecer la seguridad ciudadana, aplicación que entiendo que seria aplicable también a estas personas.

Espero no haberte entendido mal y de ser asi te pido disculpas. :España:



Perfecta tu interpretacion,pero yo como españolito un poco lelo y sin estudios, no tengo porque interpretar la ley, simplemente me limito a informar mediante imputacion al susodicho y mandarlo a su señoria, de lo que creo que es factible de denuncia, y es ésta, en su potestad, el que tiene que decidir, al fin y al cabo es el que tiene estudios superiores de derecho penal y otros. (no se si me entiendes ;P ). Ten en cuenta que nuestra labor cuando se ha superado la prevencion, es la imputacion o detencion del presunto. La interpretacion y la sentencia pertenece a otros estamentos un bastante alejados de nosotros. Un saludo y gracias por tu aportacion que esta de lujo.

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mié, 30 Jul 2014, 06:29
por sombragris

foropolicia.es
EL freelance no trabaja para ningun medio, hace fotos y luego las vende al mejor postor o a algun contacto o agencia.
Por eso son freelance. Cualquiera con una camara de fotos, sin estudios de nada, puede decir que es freelance, por que hace fotos y las vende.

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mié, 30 Jul 2014, 07:14
por KOROKOTA
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
sombragris escribió:EL freelance no trabaja para ningun medio, hace fotos y luego las vende al mejor postor o a algun contacto o agencia.
Por eso son freelance. Cualquiera con una camara de fotos, sin estudios de nada, puede decir que es freelance, por que hace fotos y las vende.



Entonces entiendo que no tiene ninguna cobertura legal, es como si una serie de amigos van a una manifestacion con una maquina de escribr o un maletin de mecanico, no son nada, son individuos a los que se les puede identificar si estorban la labor policial, y dependiendo de ese "estorbo" se podria identificarles y/o detenerles. Entonces no hay problema, el problema que veo continuamente en las manifas es la desidia de algun mando o la cobardia politica harto conocida. Un saludo

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mié, 30 Jul 2014, 08:04
por chapulin
Freelance tambien son los que usan algunos medios, por ser autonomos, y asi evitan contratarlos y cotizar por ellos.
Yo seria partidario de remitir la filiacion de todo identificado que no acredite su labor de periodista a Inspeccion de Trabajo por si "trabajara" sin estar dado de alta en la SS....

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mié, 30 Jul 2014, 13:17
por RAYANAIR
Señores, que es mas sencillo de lo que parece! se quiera llamar como se llame, FREELANCE, PANADERO,TORNERO FRESADOR, PIVOT DE LA NBA, si acredita la relacion con algun medio, considero que salvo puntualidades que puedan afectar al buen funcionamiento del cometido y sus agentes, pues para él la perra gorda, asimilamos a periodista.

que no acredita relacion alguna, pues o se identifica y se le advierte de las posibles medidas a tomar si las imagenes aparecieran en medios de televison, internet o asi, o se le identifica, se le retira la camara basandonos en la normativa que nos ampara, recibo, diligencias motivadas al juzdado de instruccion que corresponda en ese momento y que sean estos los que decidan, no borrando nunca nada para no cometer delitos o falta de coacciones o contra la propiedad intelectual o del art 508 del vigente c.p.

aplicacion en caso de ser procedente a estos de la l.o.1/82 de 5 Mayo en su art 7, el codigo penal por delitos contra la intimidad tal y como ampara nuestra constitucion y en casos de operatividad la 1/92, pero todo con criterio y cabeza.

Conste que entiendo perfectamente a los compañeros tanto del CNO como de la GC que intervienen en situaciones asi y deben de aguantar a periodistas y manifestantes provocadores, mostrando unicamente al espectador la parte interesada de lo ocurrido omitiendo mucha informacion de lo ocurrido, pero claro, eso no vende :España:

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mié, 30 Jul 2014, 13:20
por Bávaro
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
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RAYANAIR escribió:Señores, que es mas sencillo de lo que parece! se quiera llamar como se llame, FREELANCE, PANADERO,TORNERO FRESADOR, PIVOT DE LA NBA, si acredita la relacion con algun medio, considero que salvo puntualidades que puedan afectar al buen funcionamiento del cometido y sus agentes, pues para él la perra gorda, asimilamos a periodista.


Pues más sencillo aún, asimilaré a lo que yo crea conveniente.

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mié, 30 Jul 2014, 13:32
por RAYANAIR

Increibles precios
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Bávaro escribió:
RAYANAIR escribió:Señores, que es mas sencillo de lo que parece! se quiera llamar como se llame, FREELANCE, PANADERO,TORNERO FRESADOR, PIVOT DE LA NBA, si acredita la relacion con algun medio, considero que salvo puntualidades que puedan afectar al buen funcionamiento del cometido y sus agentes, pues para él la perra gorda, asimilamos a periodista.


Pues más sencillo aún, asimilaré a lo que yo crea conveniente.


Titan! tu haz lo que quieras que pa eso eres mayor de edad y la responsabilidad por suerte no es solidaria, :España:

Re: Identificación periodistas.

NotaPublicado: Mié, 30 Jul 2014, 13:38
por Bávaro

intervencionpolicial.com
RAYANAIR escribió:
Bávaro escribió:
RAYANAIR escribió:Señores, que es mas sencillo de lo que parece! se quiera llamar como se llame, FREELANCE, PANADERO,TORNERO FRESADOR, PIVOT DE LA NBA, si acredita la relacion con algun medio, considero que salvo puntualidades que puedan afectar al buen funcionamiento del cometido y sus agentes, pues para él la perra gorda, asimilamos a periodista.


Pues más sencillo aún, asimilaré a lo que yo crea conveniente.


Titan! tu haz lo que quieras que pa eso eres mayor de edad y la responsabilidad por suerte no es solidaria, :España:


Lo mismo te digo.