Psicotécnicos Joyfepol FERES |
|
joyfepolferes.es |
Respecto de las conducciones de detenidos, de forma general:
Entiendo que el esposamiento para la conducción de detenidos debe ser lo habitual, lo que no quita que pueda haber excepciones, unas tan manifiestas como las que menciona
McN, y otras más subjetivas y, en consecuencia, sujetas a valoración por parte de los actuantes.
El esposamiento es una medida que acompaña a la detención para preservar la seguridad del detenido, de la Fuerza pública y del propio procedimiento iniciado que se frustra si se escapa, por lo tanto, puede darse el caso de que se considere que no es imprescindible y los actuantes no lo lleven a cabo, siempre según su prudente criterio. Y esto puede depender de la naturaleza de la infracción penal imputada o de la propia persona.
¿Una simple alcoholemia debe ir acompañada siempre del esposamiento? Pues a lo mejor no, se ha de valorar la presencia de familiares (hijos menores) por ejemplo. Se puede proceder al cacheo del detenido en lugar discreto, sin que la familia se entere, y luego llevar a cabo el traslado sin que los hijos vean a su padre esposado.
¿Y un delito de hurto? ¿Y una defraudación de fluido? ¿Y una apropiación de cosa perdida o de dueño desconocido? Por citar algunas de las modalidades delictivas que ahora mismo se me vienen a la cabeza y que en muchos de los casos no llevan siquiera asociada pena de prisión y se sustancian con una simple pena de multa.
No seguiré con una casuística que puede tornarse infinita, pero dejo abierta la puerta a la reflexión en cuanto a esos aspectos.
La detención ha de practicarse siempre en la forma que menos perjudique la imagen del detenido. Y como la labor policial no es una ciencia exacta habrá veces en que la medida del esposamiento pueda parecer desacertada o desproporcionada y no sea conveniente ponerla en práctica. Existen otras formas de autoprotección que complementarían esa ausencia de esposamiento.
Los que no tienen la condición de policías pueden hablar desde el dogma de lo que su inexperiencia en estos menesteres pueda hacerles considerar, pero los que sí lo somos seguro que en alguna ocasión hemos procedido a detenciones sin esposamiento.
Respecto a los menores, de forma particular:
En la detención de menores rigen ciertas normas específicas, que en muchos casos son complementarias a las de carácter general, y por tanto no las excluyen, y que siempre han de estar sujetas a la valoración de los actuantes, conforme a ese prudente criterio que arriba citaba.
No existe precepto alguno que prohíba per se el esposamiento de menores, el que la detención haya de practicarse de la manera que menos le perjudique no deja de ser una reiteración de ese principio general que rige también en la detención de cualquier mayor de edad penal. Cuando se habla de que deberá regir el principio de salvaguardar “el interés superior del menor”, no se excluye el esposamiento, pues tal medida puede ser necesaria para evitar autolesiones del menor detenido, y eso lo hemos vivido imagino que todos en alguna ocasión. Y tampoco hay que decir que solo se puede esposar al menor en caso de “delitos de sangre”, pues un menor que ha pegado un tirón y se resiste a los agentes está acreditando un comportamiento violento que justifica plenamente su conducción esposado.
Por lo tanto, no pasa nada por valorar circunstancias como la naturaleza del delito o las personales del detenido y actuar en consecuencia. Y, como siempre ocurre en la función policial, la posibilidad de equivocarnos existe, claro que sí, pero eso es uno de los riesgos de nuestro trabajo.
No obstante, lo bonito de este foro mientras no participen los de siempre que solo buscan reventarlo o reiterar hasta la saciedad su pretendida supremacía de unos Cuerpos sobre otros, es que un tema puede dar lugar a muchas participaciones e interpretaciones y de todas se aprende, a pesar de lo cual, el amigo
Mabuni abrió el hilo sin decir todo lo que él sabía del supuesto concreto que nos ocupa, pues atendiendo a lo que aclaró en su segunda intervención, sí parece que la actuación de los agentes que cita fue imprudente
Esta es mi opinión, espero que aporte algo.