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Re: No se imputará penalmente superar la velocidad en urgenc

NotaPublicado: Dom, 09 Nov 2014, 20:49
por orion14

Re: No se imputará penalmente superar la velocidad en urgenc

NotaPublicado: Lun, 10 Nov 2014, 07:34
por MARIANO
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Bávaro escribió:El Concello retira la multa al agente de la Policía Nacional

La Comisaría presentó el pliego de descargo con lo que respalda la versión de su agente de que se encontraba de servicio

El Concello de Poio retiró la sanción al agente de la Policía Nacional que había sido multado por hablar por el teléfono móvil mientras iba conduciendo por el municipio. La Comisaría presentó el pliego de descargo, por lo que la multa quedará sin efecto. Desde el gobierno local reiteran que al agente municipal que impuso la multa no se le expedientará.

El Cuerpo Nacional de Policía presentó la alegación a la multa, con lo que respalda la versión de su agente de que se encontraba de servicio cuando fue parado mientras realizaba la llamada telefónica. En su momento, el propio responsable del operativo, se identificó a los policías locales como tal y les explicó las circunstancias de lo sucedido, y que la legislación prevé y ampara el uso del teléfono móvil en esas circunstancias.

De este modo, para el Concello queda demostrado la veracidad del agente de la Policía Nacional por lo que "no tiene sentido que la multa siga adelante", indicaba el concejal de Persoal, Xosé Luis Martínez.

Pese a todo, desde el concello reprochan la actitud mantenida por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) de haber hecho público el accidente. "Si efectivamente estaba llamando dentro del marco de la operación, no habría problema, no tendría por qué haber salido todo este escándalo", indicaba Martínez al respecto.

Sobre la conducta del agente de Policía Local a quien acusa el SUP de "incumplir con la colaboración a la que está obligado en función de su condición de miembro de un Cuerpo de Seguridad y de Policía Judicial", Martínez reconoce que entre los guardias "pudo haber tratamiento de compañerismo y en lugar de eso se produjo una evidente falta de entendimiento". Según la versión del SUP el agente local replicó, "de malos modos" diciendo que "eso a mi me da igual, yo notifico la multa y si queréis la recurrís".

El agente municipal que multó al policía nacional, es el mismo que junto a otro compañero, sancionó a 13 conductores hace unos meses por girar el cuello más de 45 grados y que también retiró el gobierno de Poio.

Pese a todo, desde el Concello defienden su forma de proceder de este agente. "Él vio a una persona que hablaba por teléfono mientras conducía, sin tener forma de saber si se trataba de un agente de policía y no tenía forma de saber si estaba de servicio o no, por lo que su forma de actuar fue totalmente lógica", indicó el concejal.

Sobre el proceso, desde el Concello mantienen que "no se tramitó de manera diferente a cualquiera otra alegación de una multa de tráfico".

http://www.farodevigo.es/portada-pontev ... 28497.html

Se evidencia claramente que el PL,con su compartimento pudo entorpecer el operativo policial lo verdaderamente importante de esta cuestión,por lo demás estaba claro que la denuncia no procedía y al final quedaba sobreseída.
En definitiva la razón la tenía el miembro del CNP...que se limito hacer uso del tlfno móvil en acto de servicio conduciendo un vehículo oficial (tema previsto en el Reglamento General de Circulación).
PD...No había ninguna necesidad de llegar a esta situación de no ser por el empecinamiento absurdo,incongruente y falto de entendederas por parte del PL,denunciante...desde mi humilde punto de vista.

Saludos.

Re: No se imputará penalmente superar la velocidad en urgenc

NotaPublicado: Lun, 10 Nov 2014, 08:14
por orion14
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Dos no pelean si uno no quiere mariano.
No obstante tanto los mandos naturales como los responsables directos no opinan lo mismo que tu. Y por cierto son los unicos que pueden adoptar medidas al respecto.

Por lo demas una opinion tuya en tu linea. Nada nuevo bajo el sol

Re: No se imputará penalmente superar la velocidad en urgenc

NotaPublicado: Lun, 10 Nov 2014, 09:27
por MARIANO
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orion14 escribió:Dos no pelean si uno no quiere mariano.
No obstante tanto los mandos naturales como los responsables directos no opinan lo mismo que tu. Y por cierto son los unicos que pueden adoptar medidas al respecto.

Por lo demas una opinion tuya en tu linea. Nada nuevo bajo el sol



Por supuesto que es una opinión mía...la tuya es dogma de fe y verdad absoluta. ;)

Por cierto el PL actuante ese de POIO...va camino de hacerse famoso al final en el pueblo le van hacer un monumento seguramente...lo digo a la vista de lo que publican los mcs.

1º.- Denuncia a 13 usuarios de la vía,por girar el cuello 45 grados = denuncias sobreseídas
2º.- Denuncia a miembro del CNP...por utilizar el tlfno móvil en acto de servicio (autorizado con arreglo al Rgt.G.de Circulación) = denuncia sobreseída.

Pues nada que siga,a lo mejor algún día tiene suerte y lo felicitan en condiciones,ya no es el primer caso. :advertencia:

Re: No se imputará penalmente superar la velocidad en urgenc

NotaPublicado: Lun, 10 Nov 2014, 09:48
por CHAGALL
CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
Por favor,volvamos al tema del hilo que estamos tratando y no lo desvirtuemos mas hacia otros derroteros suficientemente debatidos .

Gracias

Re: No se imputará penalmente superar la velocidad en urgenc

NotaPublicado: Mar, 11 Nov 2014, 11:13
por Pete Bondurant

foropolicia.es
Los coches patrulla de la Policía Nacional están siendo multados por los agentes municipales

Se han multiplicado las sanciones por exceso de velocidad. Interior se ha quejado y la Fiscalía General del Estado aconseja que se justifique que son actos de servicio

La situación se viene produciendo desde hace semanas y meses: las policías municipales están interponiendo sanciones penales contra funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía por circular a velocidad excesiva mientras acudían a un servicio. La Fiscalía ya ha tomado medidas.

La Dirección General de la Policía ya se ha acostumbrado a recibir centenares de multas por exceso de velocidad de sus vehículos patrulla en diferentes vías de circulación.

El procedimiento siempre es el mismo: coches Z o K de servicio acuden a una urgencia y, como el lógico, circulan a velocidad excesiva. En ese momento, un radar fijo o móvil los identifica y les sanciona.

La multa sigue su trámite, por lo que los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía se ven envueltos en procesos penales.

En el Ministerio del Interior, como decimos, están hartos de esta situación porque, consideran, lo hacen con afán recaudatorio. Según ha podido saber El Confidencial Digital, han transmitido a la Fiscalía General del Estado su malestar.

De hecho, el Ministerio, a través de la Fiscalía de Seguridad Vial, ya ha tomado medidas para evitar que estas sanciones contra los policías nacionales.

Según las fuentes consultadas por ECD, desde la Fiscalía General se han impartido instrucciones (ellos las definen como “recomendaciones”) para que los fiscales delegados de seguridad vial provinciales transmitan a las diferentes policías locales que no se tramite ninguna denuncia vía penal contra sus compañeros del CNP.

Concretamente, la orden impartida es que cuando los vehículos policiales de urgencias excedan el límite de velocidad permitida en 60 km/h en vías urbanas y en 80km/h en interurbanas no se podrá tramitar la denuncia.

Previamente, especifican desde la Fiscalía, se deberá informar a la DGP de los hechos y ellos deberán justificar que el vehículo se encontraba en servicio de urgencia. El artículo 25 de la Ley de Seguridad Vial recoge que en ese caso se les eximirá de cualquier multa.

La situación también ha afectado a vehículos de ambulancias y de bomberos, a los que se les está sancionando por exceso de velocidad.


Fuente: http://www.elconfidencialdigital.com/se ... 62046.html