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Re: Parte de lesiones

NotaPublicado: Mié, 24 Sep 2014, 08:49
por sombragris
Morris85 escribió:Si el médico en cuestión se niega a facilitar el parte, pues se actúa en consecuencia y de acuerdo a la Ley...

Un saludo.



Y cual es esa actuacion?

Re: Parte de lesiones

NotaPublicado: Mié, 24 Sep 2014, 11:12
por Morris85
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Pues esa actuación dependerá del caso concreto, pero en general, si el facultativo no atiende a razones, yo daría cuenta de la actuación u omisión del médico en una diligencia en el propio atestado, además de comunicarlo directamente al Juez de Instrucción de Guardia, vía telefónica, en el supuesto de que el caso sea grave y/o urgente.

Un saludo.

Re: Parte de lesiones

NotaPublicado: Mié, 24 Sep 2014, 14:50
por JAKE
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Lo que yo posteé.... no hay duda según el art 796.1 1° ee la Lecrim obligados.