Gc Edicion 175 Aniversario |
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Buenas,
Si la Unidad Provincial (UPSP) de Zaragoza te respondió en los términos que comentas, en cuanto a firmeza de criterio en lo relativo a Jurídica, lo que se me ocurre en primera instáncia es que busques ratificación o corrección de ese criterio en la Unidad Central de Seguridad Privada (UCSP) en Madrid.
Oficialmente según su publicación, los criterios sobre los modulos profesionales formación previa comunes, son los que cita el documento y para Jurídica, unicamente consta Titulación Superior Universitaria en Derecho. Y claro, Criminología es otro Grado, diferenciado, aunque en Derecho pueda haber temas relacionados con Criminología e inclusive pudieran existir convalidaciones en determinadas materías de estudio.
No estoy muy convencido, por lo menos inicialmente, de que el contencioso que tienes en mente te salga a favor de tus intereses. Porque el requisito es explícito. En cambio, para otras Acreditaciones y/o Habilitaciones existen diferentes vías de acceso. Algunas de ellas muy favorables para los interesados que pudieran carecer de alguna más restrictiva.
Según interpreto de la lectura de tu escrito, te orientaron en la opción de lograr otras Acreditaciones, que obtendrías realizando unicamente el trámite administrativo burocrático. Piensatelo, consigue esa/s Acreditaciones, y mientras estás a la espera de Jurídica, podrías quizá iniciarte en las ya logradas.
En cuanto al Área Instrumental para Armamento y Tiro en Vigilantes de Seguridad, o Modulo Técnico para Escoltas y V.S. de Explosivos, el requisito es Instructor de Tiro de Seguridad Privada (Guardia Civil) o Monitor o Instructor de Organismo Oficial o Público.
Sobre los Certificados de Profesionalidad del artículo 2 del RD 548/2014, Anexos I,II,III,IV y V, hombre, no estoy muy al día sobre ello porque no le he prestado atención, pero que yo sepa a día de hoy, por lo menos en Cataluña, la Oficina de Empleo Público no emite ningún Certificado de Profesionalidad sobre Seguridad Privada. Ya que en el ultimo año les he preguntado a funcionarios de una oficina en concreto y me responden que no hay nada sobre ese tema, todavía.
En resumen, te sugiero que realices nueva consulta en la UCSP de Madrid, a ver qué te dicen ellos, pero intuyo que ratificaran la respuesta de sus colegas de Zaragoza. Pero aun así, te sugiero que preguntes y te identifiques como G.C. por si quizá hubiera alguna reciente excepción que en éste momento yo por lo menos, desconozco o no me consta.
Espero haberte resultado de ayuda, cualquier otra pregunta que tengas puedes realizarla tanto en público como por mensaje privado (MP) si así lo estimases oportuno, y estaré contento de orientarte en la medida de mis posibilidades.
Saludos.