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El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Dom, 20 Abr 2014, 15:43
por juanrra
ZETA escribió:Ya tenemos nueva ley de Seguridad Privada que sustituye a la 23/1992.

http://www.boe.es/boe/dias/2014/04/05/p ... 4-3649.pdf

Después de las modificaciones en el Seanado (que creo que han sido pocas), ya tenemos la nueva ley. Ahora a esperar al reglamento.

Dos puntos importantes para mi.

En Artículo 31, sobre la protección jurídica de agente de la autoridad.

Una posible puerta abierta para que el Ministerio de Educación en los próximos años o meses saque una Formación Profesional de Grado Medio o Superior.

Un saludo.


Realmente la ley lo que prevé son dos vías (¿realmente una :? )

en la LSP 2014 se escribió:Artículo 29. Formación.
1. La formación requerida para el personal de seguridad privada consistirá:
(...) o de los correspondientes certificados de profesionalidad de vigilancia y seguridad privada y guarderío rural y marítimo, que establezca el Gobierno a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, o del título de formación profesional que establezca el Gobierno a propuesta del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En estos dos últimos casos no se exigirá la prueba de comprobación de conocimientos y capacidad a que se refiere el artículo 28.1.i).


Los actuales planes educativos y formativos establecen que ciertos centros de formación profesional puedan expedir, tras una formación de corta duración y escasa calidad, dos tipos de certificados laborales: uno de inserción (para personas sin prácticamente ningún tipo de formación laboral) y otro de certificación, éste para personas con un oficio pero sin estar respaldado por ningún título. Éste tipo de certificado es al que se refería aquél curso de "formación profesional" de unas 500 horas que muchos mencionabais. No se aplicó, porque al acabarlo, y con el RP del 94, había que seguir acudiendo a una academia de SP 180 horas y luego presentarse a las pruebas en la policía; con lo que no tenía mayor utilidad. Pero con el cambio en la Ley y la eliminación del 28.1.i, para los que opten por esta vía, también se eliminan las pruebas físicas y los exámenes, con lo que será una opción "coladero" más atractiva. Por supuesto la transformación de la academia de SP en centro de FP que acoja ésta modalidad de "estudios" y sus correspondientes subvenciones sería cuestión de poco tiempo.

Respecto a la segunda vía: "título de formación profesional" (en ningún sitio se diceque sea de grado medio o superior); cabe recordar que la nueva LOMCE, prevé sustituir los arriba mencionados "certificados de profesionalidad" por una FP de grado básico, para alumnos que no superen la ESO, se les quita materia lectiva y se les sustituye por asignaturas "tecnico-profesionales" dándoles un título equivalente a la ESO al final del recorrido. Y la placa de vs en el caso que nos ocupa...sin examen ninguno en policía. También sería una modalidad cursable en centros privados de FP, subvencionables y concertables :mrgreen:

Obviamente habrá que esperar al Reglamento, pero desconfío en que las empresas y el MIR apuesten por una formación de calidad especializada, vinculada a grados medios o superiores de FP

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Lun, 21 Abr 2014, 00:52
por alfa-30
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
La verdad, que todo el tema de convalidaciones del sistema educativo, me pierde bastante y eso que hace poco que deje de estudiar.

Dudo mucho que los centros de formación se dejen quitar parte del pastel.

Actualmente a muchos de los opositores a las FFCCSS se lo venden el sector de la seguridad privada como un sector con futuro y parecido a ser un policía privado.

El motivo, si no pueden mantener su negocio “formando” a nuevos opositores a las FFCCSS una manera de subsistir es vendiendo la moto.

Si realmente se terminara de desarrollar una FP para el sector de la seguridad privada, puede ser un tema bastante interesante y puede mejorar muy positivamente la imagen de los profesionales del sector.

Existen diversos créditos de formación profesional bastante interesantes para el ámbito de la seguridad privada, los cuales ya están desarrollados para otras FP que nada tienen que ver con seguridad, algunos de ellos son:

Circuito cerrado de televisión e instalación de sistemas electrónicos de seguridad. (Integrado en la Fp de grado medio en instalaciones de telecomunicaciones)
Seguridad informática. . (Integrado en la Fp de grado medio de sistemas microinformáticos y en red)
Atención sanitaria en situaciones de emergencia. (Integrado en la Fp de grado medio de técnico en emergencias sanitarias)
Planes de emergencias y dispositivos de riesgos previsibles. . (Integrado en la Fp de grado medio de técnico en emergencias sanitarias)

Estructurando bien la nueva formación y añadiendo nuevos contenidos, se puede lograr dar un cambio significativo a este sector.

Los créditos de arriba son simples ejemplos de los muchos que se podrían integrar dentro de la formación de seguridad privada.

Saludos

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Lun, 21 Abr 2014, 13:09
por juanrra
Gama De Productos Anticorte

La proteccion ideal
materialpolicial.com
alfa-30 escribió:La verdad, que todo el tema de convalidaciones del sistema educativo, me pierde bastante y eso que hace poco que deje de estudiar.
De estudiar no se acaba nunca :lol: . Lo que me temo es que esa fp de la que habla la ley, sea la nueva fp de grado básico. Haciéndolo un poco crudo, al chaval que no pueda acabar la ESO, le meterán a hacer prácticas de reponedor en cualquier gran superficie y le darán, a cambio, un título de ESO. Y en nuestro caso, lo mismo y además una placa sin más exámenes o control.

alfa-30 escribió: Dudo mucho que los centros de formación se dejen quitar parte del pastel.

Ya se han reservado los cursos de especialización, formación extra requerida (contemplada en la ley) y algunos podrán también el convertirse en centros privados o concertados de formación profesional

alfa-30 escribió: Actualmente a muchos de los opositores a las FFCCSS se lo venden el sector de la seguridad privada como un sector con futuro y parecido a ser un policía privado.
El motivo, si no pueden mantener su negocio “formando” a nuevos opositores a las FFCCSS una manera de subsistir es vendiendo la moto.

Del anterior foro, opinión que suscribo al 100%

vicalus escribió: Mira, el modelo de seguridad privada actual, basado exclusivamente en funciones parapoliciales y pseudofuncionariales no funciona, es un experimento que, tras más de veinte años de puesta en práctica, ha demostrado ser un fracaso y nos ha llevado a donde estamos ahora, al borde del abismo. Lo que necesita este sector es cambio radical, una estrategia que fomente el que TODOS los que nos dedicamos a la seguridad privada seamos realmente profesionales cualificados, en todos los campos, ámbitos y jerarquías, donde sea posible desarrollar una verdadera carrera profesional basada en el esfuerzo, la capacitación, los estudios y la formación. En lugar de eso, cierran toda posibilidad de desarrollo y de promoción y nos condenan a ser meros sucedáneos de la otra seguridad, la pública, adjudicándonos sus mismas obligaciones y responsabilidades, pero sin los medios y sin la protección que aquella tiene, amén de carecer de sus beneficios, es decir, nos quieren solo para lo malo, nos utilizan y se aprovechan de nuestros recursos gratuitamente.


alfa-30 escribió: Si realmente se terminara de desarrollar una FP para el sector de la seguridad privada, puede ser un tema bastante interesante y puede mejorar muy positivamente la imagen de los profesionales del sector.

Existen diversos créditos de formación profesional bastante interesantes para el ámbito de la seguridad privada, los cuales ya están desarrollados para otras FP que nada tienen que ver con seguridad, algunos de ellos son:

Circuito cerrado de televisión e instalación de sistemas electrónicos de seguridad. (Integrado en la Fp de grado medio en instalaciones de telecomunicaciones)
Seguridad informática. . (Integrado en la Fp de grado medio de sistemas microinformáticos y en red)
Atención sanitaria en situaciones de emergencia. (Integrado en la Fp de grado medio de técnico en emergencias sanitarias)
Planes de emergencias y dispositivos de riesgos previsibles. . (Integrado en la Fp de grado medio de técnico en emergencias sanitarias)

Estructurando bien la nueva formación y añadiendo nuevos contenidos, se puede lograr dar un cambio significativo a este sector.

Los créditos de arriba son simples ejemplos de los muchos que se podrían integrar dentro de la formación de seguridad privada.

Saludos


Es lo primero que pensé yo...ya hay varias fp de seguridad; también lo primero que se pasó por la cabeza fue tu primera opción http://todofp.es/todofp/que-como-y-donde-estudiar/que-estudiar/familias/electricidad-electronica/sistemas-de-telecomunicaciones-e-informaticos.html

En mi ciudad desde 2009 entre Securitas y Prosegur, por citar dos grandes, han reducido en un 40-50% el número de vigilantes, el número de mandos intermedios y el número de paradas de transporte...pero han multiplicado por cinco el número de instaladores de alarmas. Los números y la realidad son bastante tozudos, y los planes de las compañías de seguridad, claros como el agua. Pero vamos que todos somos mayorcitos y que cada cual entienda donde está y hacia donde van las cosas.
Un saludo

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Mar, 22 Abr 2014, 00:51
por alfa-30

intervencionpolicial.com
juanrra escribió:De estudiar no se acaba nunca :lol:

Jajajaj ya me entiendes compi, me refiero de manera seria.
juanrra escribió: le darán, a cambio, un título de ESO

Entiendo que se obtiene un titulo a efectos laborales, pero no tiene la misma validez que el título oficial.
juanrra escribió:la nueva fp de grado básico

El grado básico que mencionas, vendría a ser como un PCPI?
http://www.madrid.org/fp/ense_pcpi/pcpi ... sticas.htm
Si es así, esta profesión no avanzara, menudos angelitos son los chavales que terminan en ese tipo de módulos.
juanrra escribió:Ya se han reservado los cursos de especialización, formación extra requerida (contemplada en la ley)

Hombre entiendo que si realizan una FP, compuesta por 2000 horas de formación como exige cualquiera de las nuevas titulaciones se puede integrar de manera más que sobrada los 14 cursos de especialización, estaríamos hablando de un total de 280 horas.
juanrra escribió:algunos podrán también el convertirse en centros privados o concertados de formación profesional

Que pasasen a ser centros privados o concertados, no es algo que vea del todo mal.
En la actualidad pasaría algo parecido con la formación de técnico en emergencias sanitarias, diversos centros preparar a los alumnos para el examen oficial para lo obtención del título oficial de técnico sanitario, tipo CCC, CEAC, IEM etc.…….

Saludos

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Mar, 22 Abr 2014, 08:09
por cryber
Oposiciones Cnp 2013

sector115.es
Se podría convalidar el Certificado de Profesionalidad(expedido por la autoridad laboral) con una parte de la Formación Profesional(por parte de la autoridad académica), siempre y cuando te matricules para seguir cursando estudfios.
Como norma general un título de FP(educación) está compuesto de varios módulos y por cada módulo puede existir un Certificado de Profesionalidad(trabajo).

Sepe escribió:Certificados de Profesionalidad
Los certificados de profesionalidad, regulados por el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, son el instrumento de acreditación oficial de las cualificaciones profesionales del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.
Acreditan el conjunto de competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral identificable en el sistema productivo sin que ello constituya regulación del ejercicio profesional.
Tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Se obtienen a través de dos vías:

Superando todos los módulos que integran el certificado de profesionalidad.
Siguiendo los procedimientos establecidos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Por otro lado, el Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, tiene por objeto introducir las modificaciones de la regulación de los certificados de profesionalidad en relación con el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje, con la formación profesional dual, así como en relación con su oferta e implantación y con aquellos aspectos que dan garantía de calidad al sistema. También, normaliza los requerimientos para la acreditación de centros con oferta de teleformación, así como de sus tutores-formadores, amplía la participación en la oferta formativa a los centros de iniciativa privada y a las empresas y establece medidas para favorecer la gestión eficaz de esta oferta y para mejorar el seguimiento de la calidad en el desarrollo de la actividad formativa.


Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio escribió:Artículo 8 Reconocimiento, evaluación, acreditación y registro de las cualificaciones profesionales

1. Los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad tienen carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, son expedidos por las Administraciones competentes y tendrán los efectos que le correspondan con arreglo a la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la formación profesional en los Estados miembros de la Unión Europea y demás Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Dichos títulos y certificados acreditan las corres pondientes cualificaciones profesionales a quienes los hayan obtenido, y en su caso, surten los correspondientes efectos académicos según la legislación aplicable.

2. La evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, tendrá como referente el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y se desarrollará siguiendo en todo caso criterios que garanticen la fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación.

3. El reconocimiento de las competencias profesionales así evaluadas, cuando no completen las cualificaciones recogidas en algún título de formación profesional o certificado de profesionalidad, se realizará a través de una acreditación parcial acumulable con la finalidad, en su caso, de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título o certificado.


TodoFP escribió:Convalidaciones, Equivalencias y Acreditaciones

El modelo de Formación Profesional se constituye en una formación capaz de acoger a cualquier alumno sea cual sea su punto de partida, fomentando la formación a lo largo de la vida
Por ello, y con el fin de facilitar la reincorporación al sistema educativo de todas las personas interesadas en ampliar su formación, se prevén posibilidades de reconocer bien la formación adquirida previamente por vías formales bajo planes de estudio de un antiguo o del vigente sistema educativo, bien las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías de formación no formales.

Estos procedimientos quedan establecidos mediante las equivalencias, convalidaciones y acreditaciones correspondientes.

La equivalencia es el reconocimiento de que un título (o un conjunto de estudios superados por el interesado) tiene los mismos efectos académicos y/o profesionales que otro, si bien no da derecho al interesado a la obtención del título con el que se establece la equivalencia.

La convalidación consiste en la confirmación de que una formación a cursar está superada con una formación aportada y superada por el interesado, siempre con objeto de continuar estudios en el sistema educativo español.

La acreditación se realiza con respecto a las competencias profesionales adquiridas. Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico de los módulos profesionales superados que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable.

Igualmente, se está trabajando en un procedimiento que permita acreditar a cualquier ciudadano sus competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia profesional, o por vías no formales de formación.

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Mar, 22 Abr 2014, 09:43
por vicalus
juanrra escribió:
alfa-30 escribió:La verdad, que todo el tema de convalidaciones del sistema educativo, me pierde bastante y eso que hace poco que deje de estudiar.
De estudiar no se acaba nunca :lol: . Lo que me temo es que esa fp de la que habla la ley, sea la nueva fp de grado básico. Haciéndolo un poco crudo, al chaval que no pueda acabar la ESO, le meterán a hacer prácticas de reponedor en cualquier gran superficie y le darán, a cambio, un título de ESO. Y en nuestro caso, lo mismo y además una placa sin más exámenes o control.

alfa-30 escribió: Dudo mucho que los centros de formación se dejen quitar parte del pastel.

Ya se han reservado los cursos de especialización, formación extra requerida (contemplada en la ley) y algunos podrán también el convertirse en centros privados o concertados de formación profesional

alfa-30 escribió: Actualmente a muchos de los opositores a las FFCCSS se lo venden el sector de la seguridad privada como un sector con futuro y parecido a ser un policía privado.
El motivo, si no pueden mantener su negocio “formando” a nuevos opositores a las FFCCSS una manera de subsistir es vendiendo la moto.

Del anterior foro, opinión que suscribo al 100%

vicalus escribió: Mira, el modelo de seguridad privada actual, basado exclusivamente en funciones parapoliciales y pseudofuncionariales no funciona, es un experimento que, tras más de veinte años de puesta en práctica, ha demostrado ser un fracaso y nos ha llevado a donde estamos ahora, al borde del abismo. Lo que necesita este sector es cambio radical, una estrategia que fomente el que TODOS los que nos dedicamos a la seguridad privada seamos realmente profesionales cualificados, en todos los campos, ámbitos y jerarquías, donde sea posible desarrollar una verdadera carrera profesional basada en el esfuerzo, la capacitación, los estudios y la formación. En lugar de eso, cierran toda posibilidad de desarrollo y de promoción y nos condenan a ser meros sucedáneos de la otra seguridad, la pública, adjudicándonos sus mismas obligaciones y responsabilidades, pero sin los medios y sin la protección que aquella tiene, amén de carecer de sus beneficios, es decir, nos quieren solo para lo malo, nos utilizan y se aprovechan de nuestros recursos gratuitamente.


alfa-30 escribió: Si realmente se terminara de desarrollar una FP para el sector de la seguridad privada, puede ser un tema bastante interesante y puede mejorar muy positivamente la imagen de los profesionales del sector.

Existen diversos créditos de formación profesional bastante interesantes para el ámbito de la seguridad privada, los cuales ya están desarrollados para otras FP que nada tienen que ver con seguridad, algunos de ellos son:

Circuito cerrado de televisión e instalación de sistemas electrónicos de seguridad. (Integrado en la Fp de grado medio en instalaciones de telecomunicaciones)
Seguridad informática. . (Integrado en la Fp de grado medio de sistemas microinformáticos y en red)
Atención sanitaria en situaciones de emergencia. (Integrado en la Fp de grado medio de técnico en emergencias sanitarias)
Planes de emergencias y dispositivos de riesgos previsibles. . (Integrado en la Fp de grado medio de técnico en emergencias sanitarias)

Estructurando bien la nueva formación y añadiendo nuevos contenidos, se puede lograr dar un cambio significativo a este sector.

Los créditos de arriba son simples ejemplos de los muchos que se podrían integrar dentro de la formación de seguridad privada.

Saludos


Es lo primero que pensé yo...ya hay varias fp de seguridad; también lo primero que se pasó por la cabeza fue tu primera opción http://todofp.es/todofp/que-como-y-donde-estudiar/que-estudiar/familias/electricidad-electronica/sistemas-de-telecomunicaciones-e-informaticos.html

En mi ciudad desde 2009 entre Securitas y Prosegur, por citar dos grandes, han reducido en un 40-50% el número de vigilantes, el número de mandos intermedios y el número de paradas de transporte...pero han multiplicado por cinco el número de instaladores de alarmas. Los números y la realidad son bastante tozudos, y los planes de las compañías de seguridad, claros como el agua. Pero vamos que todos somos mayorcitos y que cada cual entienda donde está y hacia donde van las cosas.
Un saludo


Nuestro sector ha pasado de un mercado centrado en la demanda, a otro basado en la economía de la oferta, y aquí es donde no ha sabido actualizarse, entre otras razones, porque nunca ha apostado por la calidad del producto y/o servicio, condenándolo a una estrategia centrada, únicamente, en ofertar el menor precio posible.

El descenso en la solicitud de servicios tradicionales de vigilancia, por parte de los usuarios, se debe a la escasa polivalencia que ofrece un vigilante de seguridad, cuyas funciones y cometidos no se han abierto hacia una labor más preventiva, proactiva, especializada y tecnificada. No se ha pensado en futuro y así nos encontramos. Es imposible que un modelo del siglo pasado, que tuvo su razón de ser y que funcionó porque estaba adaptado a la sociedad y a la mentalidad de entonces, pueda seguir funcionando si no se introducen cambios profundos que permitan una evolución acorde a los cambios sociales y a la época actual, más desarrollada, avanzada, globalizada y tecnológica. Con esto no quiero decir que debamos abandonar nuestros cometidos de siempre, sino que se me antoja necesario e imprescindible ampliar nuestro espacio profesional a otros terrenos todavía sin explorar y que estén enmarcados, obviamente, dentro del concepto de “seguridad integral”.

Se podría llegar a pensar que esto es lo que se ha conseguido con la nueva ley, al otorgarnos nuevas funciones que, de cara a los clientes y usuarios, podrían suponer un valor añadido, pero nada más lejos de la realidad. Estas funciones ya se están prestando, de forma ilegal, sí, pero todos sabemos que se desarrollan con total impunidad, con el beneplácito de las empresas de seguridad y de los organismos públicos de control. Por lo tanto, lo único que han hecho es legalizarlas para que se puedan seguir desempeñando con normalidad, al enmarcarlas dentro del ámbito de nuestras competencias. En este sentido, no supone un aliciente para la celebración de nuevas contrataciones de servicios de vigilancia y por ello no implicará un ascenso en la demanda.

Es muy sencillo. Un empresario valora los riesgos y los bienes a proteger, y en función de ello dispone unas medidas de seguridad, que tendrán una orientación preventiva y que serán, en su mayoría, pasivas y electrónicas. En este escenario es donde debe encontrar su encaje el vigilante de seguridad. Durante estos últimos años muchos de los servicios de vigilancia, en multitud de establecimientos e industrias, han estado sobredimensionados, porque la inversión en sistemas de seguridad era mínima y se compensaba con la vigilancia humana. Ahora, la tecnología empieza a ocupar un espacio cada vez más importante dentro de la cadena de seguridad y las medidas de seguridad organizativas implantadas en muchas empresas son infinitamente más eficaces. También han cambiado las prioridades y lo que más se valora y se protege es la información, que ha pasado a convertirse en el bien más preciado.

Y aquí es donde debería encontrar su hueco la FP, pero nos encontramos con un verdadero problema: las restricciones que nos impone la ley y lo limitado de nuestras funciones. Por eso, diseñar un plan de estudios que incluya actividades que no se van a poder realizar en la práctica pierde algo de sentido. Si el Reglamento no arregla y corrige el tema de las incompatibilidades y la simultaneidad de actividades, seguiremos estancados y perdiendo oportunidades de futuro.

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Mar, 22 Abr 2014, 09:56
por toxxo
Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
Os recuerdo las cualificaciones profesionales que tenemos paralizadas desde hace años.

foros/carrera-profesional-de-seguridad-privada-t91258.html

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Mar, 22 Abr 2014, 10:08
por juanrra
alfa-30 escribió: El grado básico que mencionas, vendría a ser como un PCPI?
http://www.madrid.org/fp/ense_pcpi/pcpi ... sticas.htm
Si es así, esta profesión no avanzara, menudos angelitos son los chavales que terminan en ese tipo de módulos.

Es lo que sustituye a una PCPI http://www.feccoo-extremadura.org/comunes/recursos/15660/1792092-_Guia_practica_LOMCE-2__Formacion_Profesional_Basica.pdf con la diferencia de que ahora, la nueva ley de SP y en ambos casos: PCPI y FP básica, elimina los exámenes en la policía.

alfa-30 escribió:Hombre entiendo que si realizan una FP, compuesta por 2000 horas de formación como exige cualquiera de las nuevas titulaciones se puede integrar de manera más que sobrada los 14 cursos de especialización, estaríamos hablando de un total de 280 horas.

En el caso de un FP básica de las 2000 horas hay que restarle las correspondientes a materias como legua, ciencias sociales, matemáticas, naturaleza, etc. Y las 350 de formación gratis en empresas...pero la FP básica también permite la formación dual. Es decir tres años donde desde el principio ya realizas prácticas (entiendo que de "auxiliar de seguridad","vigilante en prácticas", o lo que sea.) y además la empresa te forma (previo pago del Estado) quedando unas horas para la formación en el instituto de FP. Vamos, que no sé por qué, pero la idea de que Aproser se convierta en un megacentro de formación dual, dispuesto a acoger y formar (por un módico precio) a miles de alumnos que no acaban la ESO, me ha venido a la cabeza :evil:

toxxo escribió:Os recuerdo las cualificaciones profesionales que tenemos paralizadas desde hace años.

foros/carrera-profesional-de-seguridad-privada-t91258.html


De eso hablamos. La que mencionas se paró, o no siguió adelante, porque el reglamento exigía de todas, todas, pasar por un centro de formación de SP y además hacer un examen en la policía (con el módulo que citas, serían tres: VS, Vexp y EP) Lo que cambia en la nueva ley es que ese tipo de cursos pueden sustituir (si se aprueban) al centro de formación específico de SP y al examen en policía. Pero básicamente el que mencionas, de 430 horas, es una PCPI de las que hablaba alfa-30; y no te da ninguna titulación del Ministerio de Educación, como la ESO, bachillerato, o grados medios y superiores de FP. Es exactamente lo mismo que te da un centro de formación de SP, solo que más largo y hasta la nueva ley, no tenía utilidad práctica alguna, al menos que se me ocurra.

Un saludo

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Mar, 22 Abr 2014, 11:43
por juanrra
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vicalus escribió:Nuestro sector ha pasado de un mercado centrado en la demanda, a otro basado en la economía de la oferta, y aquí es donde no ha sabido actualizarse, entre otras razones, porque nunca ha apostado por la calidad del producto y/o servicio, condenándolo a una estrategia centrada, únicamente, en ofertar el menor precio posible.

El descenso en la solicitud de servicios tradicionales de vigilancia, por parte de los usuarios, se debe a la escasa polivalencia que ofrece un vigilante de seguridad, cuyas funciones y cometidos no se han abierto hacia una labor más preventiva, proactiva, especializada y tecnificada. No se ha pensado en futuro y así nos encontramos. Es imposible que un modelo del siglo pasado, que tuvo su razón de ser y que funcionó porque estaba adaptado a la sociedad y a la mentalidad de entonces, pueda seguir funcionando si no se introducen cambios profundos que permitan una evolución acorde a los cambios sociales y a la época actual, más desarrollada, avanzada, globalizada y tecnológica. Con esto no quiero decir que debamos abandonar nuestros cometidos de siempre, sino que se me antoja necesario e imprescindible ampliar nuestro espacio profesional a otros terrenos todavía sin explorar y que estén enmarcados, obviamente, dentro del concepto de “seguridad integral”.

Se podría llegar a pensar que esto es lo que se ha conseguido con la nueva ley, al otorgarnos nuevas funciones que, de cara a los clientes y usuarios, podrían suponer un valor añadido, pero nada más lejos de la realidad. Estas funciones ya se están prestando, de forma ilegal, sí, pero todos sabemos que se desarrollan con total impunidad, con el beneplácito de las empresas de seguridad y de los organismos públicos de control. Por lo tanto, lo único que han hecho es legalizarlas para que se puedan seguir desempeñando con normalidad, al enmarcarlas dentro del ámbito de nuestras competencias. En este sentido, no supone un aliciente para la celebración de nuevas contrataciones de servicios de vigilancia y por ello no implicará un ascenso en la demanda.

Es muy sencillo. Un empresario valora los riesgos y los bienes a proteger, y en función de ello dispone unas medidas de seguridad, que tendrán una orientación preventiva y que serán, en su mayoría, pasivas y electrónicas. En este escenario es donde debe encontrar su encaje el vigilante de seguridad. Durante estos últimos años muchos de los servicios de vigilancia, en multitud de establecimientos e industrias, han estado sobredimensionados, porque la inversión en sistemas de seguridad era mínima y se compensaba con la vigilancia humana. Ahora, la tecnología empieza a ocupar un espacio cada vez más importante dentro de la cadena de seguridad y las medidas de seguridad organizativas implantadas en muchas empresas son infinitamente más eficaces. También han cambiado las prioridades y lo que más se valora y se protege es la información, que ha pasado a convertirse en el bien más preciado.

Y aquí es donde debería encontrar su hueco la FP, pero nos encontramos con un verdadero problema: las restricciones que nos impone la ley y lo limitado de nuestras funciones. Por eso, diseñar un plan de estudios que incluya actividades que no se van a poder realizar en la práctica pierde algo de sentido. Si el Reglamento no arregla y corrige el tema de las incompatibilidades y la simultaneidad de actividades, seguiremos estancados y perdiendo oportunidades de futuro.


Imagen ImagenImagenImagen

Llevo casi tres años intentando explicar exactamente lo que expones. ¿Resultado? desde llamarme "miserable", hasta pedir mi expulsión, por no hablar de la retahíla de "psicólogos" sobrevenidos, preguntando por la causa del odio que siento hacia mí o hacia la seguridad privada. :o
Entiendo pues, que la clave estaba en la forma y no en el fondo; que ya digo, es el mismo. Y en tu brillante exposición y no en mis aburridas redacciones. Pero dado que lo que me interesa es transmitir un mensaje y no ganar un concurso de popularidad, te cedo gustosamente el relevo en la defensa de la "causa" ;)

El origen del problema, y lo hemos hablado mil veces. Antes había conserjes, ordenanzas, porteros, guardeses, guardas, serenos, vigilantes jurados... y todos trabajaban, todos tenían claro cual era su trabajo y el que los contrataba sabía exactamente que quería, cuanto pagaba y por lo que pagaba. Pero claro, había no más de 17000 VJ, que durante los 80 y merced a la entrada de las compañías de seguridad fueron subiendo hasta duplicarse. Aún así, es a partir de la ley del 92 cuando el número de VS se triplica ¿cómo? sustituyendo (especialmente en la administración pública) a todos los citados anteriormente. Lo que tenía que haber sido la evolución del VJ como complemento de las nuevas empresas de seguridad tecnológica que empezaban a despuntar; se convirtió, gracias a la ley del 92, en lo contrario. Las empresas de tecnología de la seguridad ya ni podían llamarse legalmente "empresas de seguridad" y lo que tenían que haber sido acudas, fueron relegados por una ley que entendía una vía pública como una especie de cementerio sagrado donde no se podía ni transitar...Y las empresas de seguridad "comme il faut" pasaron a competir con las de seguridad electrónica ofreciendo a un "vigilante" en lugar de una alarma y una cámara de vídeo, porque era más barato. Básicamente, pasamos a ocupar el lugar de conserjes y porteros en manos de gigantescas empresas de externalización de servicios, que es lo que son las empresas de seguridad. Y como tales su única competitividad y razón de ser es la mano de obra barata. Así que mientras haya empresas de seguridad, tal y como las conocemos, el objetivo será ir hacia el contrato temporal por 600 € y por supuesto por no menos de 180 horas mensuales. Tipo de las que todos conocemos...

Re: El acceso por FP en la nueva ley

NotaPublicado: Mar, 22 Abr 2014, 14:27
por vicalus
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Diseñada para profesionales
uspsuministros.com
Será que no te has sabido explicar con claridad y que la ironía, por muy inteligentemente expresada que esté, no siempre está bien vista o bien entendida :) . No, en serio, he leído algunos de tus razonamientos y me parecen de una lógica aplastante, pero es necesario tener una visión global del negocio de la seguridad privada y cierta capacidad de análisis para comprender la evolución que está experimentando nuestro sector y la sociedad en general (del estado del bienestar, hemos pasado a la sociedad del riesgo), para poder entenderlos y asimilarlos sin que parezcan aberraciones nacidas de la mente de un visionario loco.

Puede que la nueva ley facilite un aumento de los servicios destinados a la seguridad pública, pero será en detrimento de los de seguridad privada, y esto es lo que me preocupa, por una simple cuestión de economía doméstica. Ahora mismo, las contrataciones públicas suponen entre un 22-25% del total de contratos en el sector. Por mucho que tiremos por lo alto, no creo que los nuevos servicios aumenten estas contrataciones en más de un 10%, mientras que los contratos privados descenderán, si se mantiene el ritmo actual de caída, entre un 25-30%, lo que viene a suponer entre un 15-20% de pérdida de negocio anual y otro tanto de puestos de trabajo.

Va siendo hora de que todos los actores implicados en el negocio de la seguridad privada (empresas, AAPP, gobierno, usuarios, consumidores y trabajadores) asimilemos esta realidad y nos preparemos para afrontar el futuro con una mentalidad más abierta y responsable.