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Segur Ibérica.

NotaPublicado: Sab, 19 Abr 2014, 06:37
por EL LOBO
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joyfepolferes.es
TRAS LA IMPUTACIÓN POR ESTAFA DEL PRESIDENTE Y PARTE DE SUS DIRECTIVOS

Dimite el consejero delegado de Segur Ibérica


Abandona la compañía, que presidió el ministro Morenés hasta diciembre 2012, ante las causas judiciales abiertas en Madrid, Barcelona y Valencia



31/03/2014 | 09:49 h. 


dimisión segur ibérica consejero delegado aritz larrea


 Imputado el presidente y directivos de Segur Ibérica por estafa a ADIF


Aritz Larrea, consejero delegado de la compañía Segur Ibérica, ha presentado oficialmente su dimisión del cargo tras publicarse en ESTRELLA DIGITAL que tanto el presidente del grupo empresarial, José Luis Novales, como otros cuatro miembros de la junta directiva –entre los que no se encontraba el propio Larrea- habían sido imputados por los presuntos delitos de estafa y falsedad documental a la empresa pública ADIF, a instancias del Juzgado de Instrucción número 19 de Barcelona.

Según ha podido confirmar ESTRELLA DIGITAL, el consejero delegado de Segur Ibérica comunicó su decisión justo 24 horas después de publicarse la noticia, y aunque se trata técnicamente de una dimisión, fuentes de la empresa no descartan que haya sido forzada. Según las mismas fuentes, los principales accionistas de la compañía –dos fondos de capital riesgo- empiezan a sentir cierta incomodidad ante las causas abiertas por presuntas estafa tanto en los juzgados de Madrid, como Barcelona y Valencia, todas ellas activas y con imputaciones de relevancia.

Desde los sindicatos de vigilantes de seguridad, y especialmente desde ATES, se ve con preocupación la situación de la empresa y la falta de explicaciones ante el futuro de la compañía, cuyo presidente y delegados territoriales están inmersos en causas judiciales graves, motivadas principalmente por la supuesta mala praxis. Todo ello ha provocado la toma de acciones legales por parte de Aspacom, una asociación contra la corrupción muy activa, que ha conseguido imputar al presidente Jose Luis Novales en Barcelona y que también está pendiente de que éste sea imputado por hechos similares por el juzgado de instrucción 45 de Madrid, por otra querella aún en trámites. De hecho, la semana pasada la jueza acordó con la Fiscalía de Madrid unificar las causas contra Segur Ibérica en relación a otra presunta estafa idéntica de la que se le acusa a este empresa de seguridad en relación a ADIF, pero en esta ocasión contra la Universidad Complutense, cuyo fraude podría alcanzar los 600.000 euros.

Aritz Larrea, hasta el momento de su cese en el cargo, respondía ante el principal accionista del Grupo Segur Ibérica, Jaime Hernández Soto, presidente del fondo de inversión de capital riesgo MCH, propietario del 54,90% del capital de la tercera compañía de seguridad de España. Ahora el cargo de consejero delegado ha quedado vacante en espera de que sea convocado de urgencia el consejo de administración del Grupo Segur Ibérica para tomar decisiones acerca de la cúpula de la compañía, cuyo principal plantel se encuentra inmerso en procesos judiciales.

Aritz Larrea fue nombrado consejero delegado en julio de 2012, tras ser director General Corporativo de Segur Ibérica. La salida de su hasta entonces presidente, Pedro Morenés, para ocupar la actual cartera de Defensa con el Gobierno de Mariano Rajoy, provocó los movimientos en cadena y llevó a la presidencia a Jose Luis Novales Cadierno.

Larrea es licenciado en Ciencias Empresariales, llegó a la empresa de seguridad privada en 2006 para asumir el cargo de director financiero procedente del Grupo Alentis. Con anterioridad trabajó en el departamento financiero de Quiero TV y como consultor senior en Arthur Andersen, entre otros puestos.


http://www.estrelladigital.es/articulo/ ... 89997.html

Re: Segur Ibérica.

NotaPublicado: Sab, 24 May 2014, 08:03
por cryber
Edición 175 Aniversario Gc

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gafaspolicia.com
El grupo Segur compra la empresa gallega de seguridad Prosenorsa
La operación permitirá a esta compañía con sede en Oleiros expandirse por todo el noroeste español
lavozdegalicia.es | 09 de mayo de 2013 05:00

El grupo de seguridad privada Segur, que, entre otros cometidos, es el que presta servicios de protección a la flota atunera que faena en el océano Índico para evitar secuestros de los piratas somalíes, acaba de adquirir la empresa gallega Prosenorsa, con sede en el concello coruñés de Oleiros.

Esta operación, cuya cuantía no quiso desvelar Segur, permitirá a esta compañía expandirse por todo el noroeste español y contar ya con tres delegaciones en la zona, en Galicia, Asturias y Cantabria, y alcanzar una plantilla de 1.500 profesionales de la seguridad privada. El grupo acaba de resultar adjudicataria del servicio de vigilancia del aeropuerto de Lavacolla, en Santiago, contratado por Aena.

El grupo comprador sí confirmó que Jaime Villares, fundador en el 2003 de Prosenorsa, continuará al frente de la empresa en Galicia con el cargo de director territorial noroeste.

La tercera de España

Segur es la tercera compañía de seguridad privada de España. Cuenta con más de seis mil trabajadores y sus ingresos ascendieron a 200 millones el año pasado. Por su parte, Prosenorsa facturó 10 millones y cuenta con medio millar de empleados.

Re: Segur Ibérica.

NotaPublicado: Mié, 28 May 2014, 13:37
por Zildijan

Re: Segur Ibérica.

NotaPublicado: Mar, 24 Jun 2014, 07:11
por cryber
Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Ignacio Suárez García, nuevo consejero delegado de Grupo Segur para impulsar el crecimiento del grupo
Grupo Segur, compañía dedicada a la seguridad privada en España desde su creación en 1978, ha nombrado a Ignacio Suárez García nuevo consejero delegado de la compañía, según ha informado en un comunicado.
lainformacion.com | lunes, 23/06/14 - 14:57

Grupo Segur, compañía dedicada a la seguridad privada en España desde su creación en 1978, ha nombrado a Ignacio Suárez García nuevo consejero delegado de la compañía, según ha informado en un comunicado.

Ignacio Suárez ha desarrollado su carrera profesional en Televida, donde en 2010 fue nombrado director general y, posteriormente, consejero delegado de Tunstall Ibérica, tras la absorción de la compañía. Más tarde, fue designado consejero delegado del grupo para el Sur de Europa y Latinoamérica.

El nombramiento de Suárez García como consejero delegado de la empresa se enmarca dentro de la estrategia de la compañía que tiene como objetivo impulsar el crecimiento del grupo y fortalecer su posición en el sector de la seguridad privada.

Segur es la tercera empresa de seguridad privada en España y la única que actualmente desarrolla servicios de alta especialización como la vigilancia y protección de la flota atunera que faena en el Océano Índico.

(EuropaPress)

Imagen
Ignacio Suárez García, nuevo consejero delegado de Grupo Segur para impulsar el crecimiento del grupo

Re: Segur Ibérica.

NotaPublicado: Mié, 25 Jun 2014, 19:00
por fegacarb
cryber escribió:Ignacio Suárez García, nuevo consejero delegado de Grupo Segur para impulsar el crecimiento del grupo
Grupo Segur, compañía dedicada a la seguridad privada en España desde su creación en 1978, ha nombrado a Ignacio Suárez García nuevo consejero delegado de la compañía, según ha informado en un comunicado.
lainformacion.com | lunes, 23/06/14 - 14:57

Grupo Segur, compañía dedicada a la seguridad privada en España desde su creación en 1978, ha nombrado a Ignacio Suárez García nuevo consejero delegado de la compañía, según ha informado en un comunicado.

Ignacio Suárez ha desarrollado su carrera profesional en Televida, donde en 2010 fue nombrado director general y, posteriormente, consejero delegado de Tunstall Ibérica, tras la absorción de la compañía. Más tarde, fue designado consejero delegado del grupo para el Sur de Europa y Latinoamérica.

El nombramiento de Suárez García como consejero delegado de la empresa se enmarca dentro de la estrategia de la compañía que tiene como objetivo impulsar el crecimiento del grupo y fortalecer su posición en el sector de la seguridad privada.

Segur es la tercera empresa de seguridad privada en España y la única que actualmente desarrolla servicios de alta especialización como la vigilancia y protección de la flota atunera que faena en el Océano Índico.

(EuropaPress)

Imagen
Ignacio Suárez García, nuevo consejero delegado de Grupo Segur para impulsar el crecimiento del grupo


Estarà supermegapreparado,pero el individuo no conoce la seguridad privada.¿No podian haber puesto a alguien de dentro? Y por cierto, a partir de agosto,Omdbus se harà cargo de los pesqueros...

Re: Segur Ibérica.

NotaPublicado: Jue, 07 Ago 2014, 10:15
por cryber
Servicios de vigilancia y seguridad "sui géneris"
El ejemplo de la Biblioteca Nacional de Catalunya. Tufo pestilente II
diariosigloxxi.com | José Luis Heras Celemín | jueves, 7 de agosto de 2014, 09:37

Las irregularidades en la Vigilancia y Seguridad de la Biblioteca de Catalunya, descubiertas en los litigios entre Segur Ibérica SA, la Asociación para la Defensa del Patrimonio Común y Lucha Contra la Corrupción (ASPACOM) y la empresa Nix Universal S.L., tienen su origen en los Servicios de Vigilancia y Seguridad prestados por Segur Ibérica SA. Sobre ellos entienden, hasta el momento y entre otros, el Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona (Diligencias Previas 1473/2013-M) y el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Valencia (Procedimiento Civil Ordinario número 679/2009).

Los servicios de vigilancia y seguridad, realizados desde el año 1993 por Segur Ibérica SA y por ello antes y durante el tiempo en el que el actual ministro de Defensa Pedro Morenés trabajó para esa empresa, fueron adjudicados tras unas licitaciones realizadas según las normas que regulan la Contratación Oficial. Como es obvio y es norma en toda contratación de Obras y Servicios que se hacen para el Estado, la licitación, la contratación y la prestación de los servicios han de hacerse cumpliendo las leyes españolas y vigilando el destino que se da a los caudales públicos.

Eso es lo que durante un tiempo se creyó que ocurría en los contratos de Servicios de Seguridad y Vigilancia que Segur Ibérica S.A. prestaba al Estado, entre ellos los firmados con la Generalitat de Cataluña. Para el caso concreto de la Biblioteca de Catalunya, para robustecer la creencia, existe además un certificado datado el día 23 de febrero de 2010, hecho a petición de un representante de la adjudicataria (Eric Cabezuelo Pey) y firmado por la Jefa del Servicio de Administración de la Biblioteca de Catalunya, doña Margarita Valverde Hernández, en el que se certifica “Que las facturas que ha pagado la Biblioteca de Catalunya, previamente han sido conformadas por el responsable de mantenimiento i de acuerdo con los servicios prestados según el contrato vigente”.

Sin embargo, como reconoce la señora Valverde en un certificado emitido el 23 de abril de 2014, cincuenta meses después de emitir el primero, “…la Biblioteca de Catalunya ha tenido acceso a documentación oficial del Ministerio del Interior acreditativa de que la empresa SEGUR IBÉRICA S.A. recurrió, para la prestación del servicio de seguridad, a vigilantes no habilitados”. O, lo que es lo mismo, la empresa no cumplió un contrato que obligaba a que el servicio se hiciera según la ley.

Y es que en los contratos de Organismos Públicos con empresas de seguridad es de aplicación lo que se establece en la legislación que se ocupa de regular la actividad: La Ley 23/1992 de Seguridad Privada. Y el Real Decreto 2.364 por el que se aprobó el Reglamento de Seguridad Privada. En ambas normas, a grandes rasgos, se establecen las dos líneas maestras que regulan la actividad: Vigilancia y control de empresas y servicios, a través del Ministerio de Interior y de las fuerzas de seguridad. Y definición de la formación de las personas encargadas de prestar el servicio.

El control de la actividad por parte del Estado, que no es cuestión menor susceptible de dejarse a expensas de un empleado de una empresa de seguridad privada, tiene su origen en la Constitución vigente que, por una parte, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de seguridad (artículo 149) y, por otra, establece que “Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la dependencia del gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana” (artículo 104).

Los controles los define el Reglamento de Seguridad Privada. Concretamente, el artículo 138 establece que “Durante el primer trimestre de cada año, todas las empresas de seguridad remitirán a la Secretaría de Estado de Interior un informe explicativo de las actividades realizadas en el año anterior en el que constará”: El movimiento de altas y bajas del personal de seguridad. Relación de los servicios. Comunicaciones a las Fuerzas de Seguridad en relación con la seguridad ciudadana. Y “La relación de auxilios, colaboraciones y entregas de detenidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”

Por tratarse de la libertad y seguridad de las personas, era necesario definir la formación y preparación de los profesionales. Y se legisló que las labores de Seguridad fueran desempeñadas única y exclusivamente por “vigilantes habilitados” por el Ministerio del Interior. Así se establece en las ya citadas normas: Ley de Seguridad Privada (artículos 10.1, 10.2 y 12) y el Real Decreto que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (artículo 52). Con ello, se “vigila” que los empleados tengan capacitación física y mental, se evita en la actividad a delincuentes con antecedentes penales, y se aparta del servicio a indeseables a los que en algún momento se les pueda entregar un arma.

Pero entre las anomalías en la Biblioteca de Catalunya sobre la habilitación de los empleados de seguridad que han prestado servicios hay alguna otra. La legislación también establece que las empresas de seguridad únicamente pueden emplear para prestar servicio de seguridad y vigilancia a sus propios empleados, estando vedado el empleo de personas de otras empresas no controladas por el Ministerio del Interior. Esto es lo que ha aparecido en las querellas y lo que, no sin acidez, se define en algún escrito presentado ante el juzgado como “trabajadores disfrazados de vigilantes”, a los que algún testigo define como “pakistaníes” a los que declara haber entregado un uniforme.

Los hechos que se describen, por otra parte, son tan variados que abarcan desde la (gravísima) declaración de un conductor “no habilitado como vigilante” que dice haber ido en un vehículo con explosivos, hasta el parte (picantón) de un Vigilante que prestaba servicios en la Biblioteca de Catalunya y que, habilitado o no (eso lo comprobará quien deba), anota en su Parte de Trabajo unas relaciones de vigilancia y expulsión de una prostituta que “desempeñaba su trabajo” en el recinto cultural catalán.

Las irregularidades y vigilancias “sui generis” hechas en la Biblioteca Nacional de Catalunya se han podido descubrir cuando uno de los litigantes conoció los datos que la empresa de Seguridad entregó al Ministerio del Interior en cumplimiento de la ley. Con ellos han aparecido: Las comprobaciones que la Biblioteca de Catalunya realizaba sobre unos servicios que se pagaban según los precios de contrato aunque hechos de forma distinta. La actuación de los Servicios Jurídicos de la Generalitat de Cataluña, que ya ha producido una querella contra su Jefa (Margarida Gil i Domench). Los datos económicos sobre: El dinero pagado (que es importante), las horas facturadas y pagadas (que lo son a miles), las horas cobradas por trabajos no hechos según contrato (y supuestamente no hechas). Las penalizaciones, posibles, por incumplimiento supuesto de contrato. Los fraudes, cohechos y delitos (denunciados como cometidos). La responsabilidad de las personas implicadas (imputadas o no). Las penas a imponer (para compensar al Estado de la pérdida ocasionada) y…

Los “flecos” del caso, que deberán valorar y aclarar los órganos jurisdiccionales competentes y que, de momento, sólo constan como denunciados.

Re: Segur Ibérica.

NotaPublicado: Jue, 07 Ago 2014, 12:24
por toxxo
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
cryber escribió:Servicios de vigilancia y seguridad "sui géneris"
El ejemplo de la Biblioteca Nacional de Catalunya. Tufo pestilente II
diariosigloxxi.com | José Luis Heras Celemín | jueves, 7 de agosto de 2014, 09:37

Las irregularidades en la Vigilancia y Seguridad de la Biblioteca de Catalunya, descubiertas en los litigios entre Segur Ibérica SA, la Asociación para la Defensa del Patrimonio Común y Lucha Contra la Corrupción (ASPACOM) y la empresa Nix Universal S.L., tienen su origen en los Servicios de Vigilancia y Seguridad prestados por Segur Ibérica SA. Sobre ellos entienden, hasta el momento y entre otros, el Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona (Diligencias Previas 1473/2013-M) y el Juzgado de Primera Instancia número 21 de Valencia (Procedimiento Civil Ordinario número 679/2009).

Los servicios de vigilancia y seguridad, realizados desde el año 1993 por Segur Ibérica SA y por ello antes y durante el tiempo en el que el actual ministro de Defensa Pedro Morenés trabajó para esa empresa, fueron adjudicados tras unas licitaciones realizadas según las normas que regulan la Contratación Oficial. Como es obvio y es norma en toda contratación de Obras y Servicios que se hacen para el Estado, la licitación, la contratación y la prestación de los servicios han de hacerse cumpliendo las leyes españolas y vigilando el destino que se da a los caudales públicos.

Eso es lo que durante un tiempo se creyó que ocurría en los contratos de Servicios de Seguridad y Vigilancia que Segur Ibérica S.A. prestaba al Estado, entre ellos los firmados con la Generalitat de Cataluña. Para el caso concreto de la Biblioteca de Catalunya, para robustecer la creencia, existe además un certificado datado el día 23 de febrero de 2010, hecho a petición de un representante de la adjudicataria (Eric Cabezuelo Pey) y firmado por la Jefa del Servicio de Administración de la Biblioteca de Catalunya, doña Margarita Valverde Hernández, en el que se certifica “Que las facturas que ha pagado la Biblioteca de Catalunya, previamente han sido conformadas por el responsable de mantenimiento i de acuerdo con los servicios prestados según el contrato vigente”.

Sin embargo, como reconoce la señora Valverde en un certificado emitido el 23 de abril de 2014, cincuenta meses después de emitir el primero, “…la Biblioteca de Catalunya ha tenido acceso a documentación oficial del Ministerio del Interior acreditativa de que la empresa SEGUR IBÉRICA S.A. recurrió, para la prestación del servicio de seguridad, a vigilantes no habilitados”. O, lo que es lo mismo, la empresa no cumplió un contrato que obligaba a que el servicio se hiciera según la ley.

Y es que en los contratos de Organismos Públicos con empresas de seguridad es de aplicación lo que se establece en la legislación que se ocupa de regular la actividad: La Ley 23/1992 de Seguridad Privada. Y el Real Decreto 2.364 por el que se aprobó el Reglamento de Seguridad Privada. En ambas normas, a grandes rasgos, se establecen las dos líneas maestras que regulan la actividad: Vigilancia y control de empresas y servicios, a través del Ministerio de Interior y de las fuerzas de seguridad. Y definición de la formación de las personas encargadas de prestar el servicio.

El control de la actividad por parte del Estado, que no es cuestión menor susceptible de dejarse a expensas de un empleado de una empresa de seguridad privada, tiene su origen en la Constitución vigente que, por una parte, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de seguridad (artículo 149) y, por otra, establece que “Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, bajo la dependencia del gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana” (artículo 104).

Los controles los define el Reglamento de Seguridad Privada. Concretamente, el artículo 138 establece que “Durante el primer trimestre de cada año, todas las empresas de seguridad remitirán a la Secretaría de Estado de Interior un informe explicativo de las actividades realizadas en el año anterior en el que constará”: El movimiento de altas y bajas del personal de seguridad. Relación de los servicios. Comunicaciones a las Fuerzas de Seguridad en relación con la seguridad ciudadana. Y “La relación de auxilios, colaboraciones y entregas de detenidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”

Por tratarse de la libertad y seguridad de las personas, era necesario definir la formación y preparación de los profesionales. Y se legisló que las labores de Seguridad fueran desempeñadas única y exclusivamente por “vigilantes habilitados” por el Ministerio del Interior. Así se establece en las ya citadas normas: Ley de Seguridad Privada (artículos 10.1, 10.2 y 12) y el Real Decreto que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (artículo 52). Con ello, se “vigila” que los empleados tengan capacitación física y mental, se evita en la actividad a delincuentes con antecedentes penales, y se aparta del servicio a indeseables a los que en algún momento se les pueda entregar un arma.

Pero entre las anomalías en la Biblioteca de Catalunya sobre la habilitación de los empleados de seguridad que han prestado servicios hay alguna otra. La legislación también establece que las empresas de seguridad únicamente pueden emplear para prestar servicio de seguridad y vigilancia a sus propios empleados, estando vedado el empleo de personas de otras empresas no controladas por el Ministerio del Interior. Esto es lo que ha aparecido en las querellas y lo que, no sin acidez, se define en algún escrito presentado ante el juzgado como “trabajadores disfrazados de vigilantes”, a los que algún testigo define como “pakistaníes” a los que declara haber entregado un uniforme.

Los hechos que se describen, por otra parte, son tan variados que abarcan desde la (gravísima) declaración de un conductor “no habilitado como vigilante” que dice haber ido en un vehículo con explosivos, hasta el parte (picantón) de un Vigilante que prestaba servicios en la Biblioteca de Catalunya y que, habilitado o no (eso lo comprobará quien deba), anota en su Parte de Trabajo unas relaciones de vigilancia y expulsión de una prostituta que “desempeñaba su trabajo” en el recinto cultural catalán.

Las irregularidades y vigilancias “sui generis” hechas en la Biblioteca Nacional de Catalunya se han podido descubrir cuando uno de los litigantes conoció los datos que la empresa de Seguridad entregó al Ministerio del Interior en cumplimiento de la ley. Con ellos han aparecido: Las comprobaciones que la Biblioteca de Catalunya realizaba sobre unos servicios que se pagaban según los precios de contrato aunque hechos de forma distinta. La actuación de los Servicios Jurídicos de la Generalitat de Cataluña, que ya ha producido una querella contra su Jefa (Margarida Gil i Domench). Los datos económicos sobre: El dinero pagado (que es importante), las horas facturadas y pagadas (que lo son a miles), las horas cobradas por trabajos no hechos según contrato (y supuestamente no hechas). Las penalizaciones, posibles, por incumplimiento supuesto de contrato. Los fraudes, cohechos y delitos (denunciados como cometidos). La responsabilidad de las personas implicadas (imputadas o no). Las penas a imponer (para compensar al Estado de la pérdida ocasionada) y…

Los “flecos” del caso, que deberán valorar y aclarar los órganos jurisdiccionales competentes y que, de momento, sólo constan como denunciados.


No entiendo como una empresa denunciada por estafa a nivel nacional por todas las grandes empresas contratadoras de seguridad RENFE, ADIF, EL CORTE INGLES, AENA ... donde se demostro que cobraban vigilantes sin ponerlos, continua funcionando, solo en indemnizaciones deberían haber cerrado.

Re: Segur Ibérica.

NotaPublicado: Mié, 27 Ago 2014, 21:42
por toxxo

60?
materialpolicial.com
http://www.diariosigloxxi.com/texto-dia ... _5QDvl_uSo

La seguridad de ADIF ante el juzgado
El ejemplo de la Biblioteca Nacional de Catalunya. Tufo pestilente V
José Luis Heras Celemín José Luis Heras Celemín
Martes, 26 de agosto de 2014, 08:56

ADIF es un nombre de origen hebreo que significa “el preferido”. También es el acrónimo que corresponde al Administrador De Infraestructuras Ferroviarias, una empresa pública dependiente del Ministerio de Fomento que tiene como objetivos la construcción de líneas de ferrocarril en España y la gestión de su explotación.

Adif, que en 2012 tenía 13.224 trabajadores y es propietaria de la mayoría de las líneas de ferrocarril españolas, administra 13.945 kilómetros de vías de ferrocarril y tiene a su cargo el control de 1.566 estaciones. Su misión fundamental es enlazar por ferrocarril las estaciones que pueblan nuestros territorios, “Y hacerlo de forma segura”, manteniendo en perfecto estado vías, catenarias, sistemas de señalización, centros de control de la circulación y, por supuesto, las estaciones.

“Y hacerlo de forma segura”. El entrecomillado, que nace de la información que facilita ADIF, es lo que preocupa a usuarios, gestores y políticos. A todos interesa la seguridad en las vías y estaciones de ferrocarril por las que transitan ingentes cantidades de mercancías y, lo que es más importante, millones de viajeros. Esta seguridad es la que se cita en la querella criminal que la Asociación para la defensa del Patrimonio Común y lucha contra la Corrupción (ASPACOM) ha puesto contra cinco responsables de la empresa de seguridad privada SEGUR IBÉRICA S.A., que se ocupa de la vigilancia y seguridad en la Estación de Sants de Barcelona.

A los querellados (Enric Cabezuelo Pey, José Luis Novales Cadierno, Eduardo Gutiérrez Bueno, Miguel Carlos Luengo Vidal y Juan Manuel González Herrero) la querellante les atribuye la comisión de presuntos delitos de estafa y falsedad en documento mercantil, que dice conocer a través de los contratos de Seguridad y Vigilancia de la Biblioteca de Catalunya, por haber “tenido acceso circunstancial a información referida a los servicios de seguridad de Segur Ibérica SA a ADIF en Barcelona”.

ASPACOM cifra el fraude en 451.709,20 euros. Pero más importante que la cantidad defraudada es lo que se ha podido poner en peligro: La seguridad, que ha sufrido lo que en la querella se define como servicios no hechos según contrato y con una calidad dudosa.

La querella, que por turno de reparto llegó el 19 de diciembre pasado al juzgado de Instrucción número 19 de Barcelona, fue admitida a trámite por auto de la magistrada-juez doña María Pilar Rovira del Canto, de 28 de febrero de 2014, dando lugar al Procedimiento Diligencias Previas 533/2014 Sección A.

Al comienzo del procedimiento, en el mismo auto de 28 de febrero, se advierten dos hechos: En el apartado Segundo de los “Fundamentos jurídicos”, recogiendo lo aportado en el escrito de querella que sirve de base para que sea admitida, la magistrada cita “…un principio de prueba documental que pone de manifiesto la inclusión de datos ficticios (horas, vigilantes…) en los cuadrantes de servicios presentados para la facturación de ADIF”. Mas adelante, en la Parte Dispositiva, ordena “Hágase ofrecimiento de acciones a la Entidad Pública de ADIF, como perjudicada, librando a tal efecto exhorto a Madrid”.

Con ello, además de iniciar el proceso, se abre una vía para conocer la seguridad que existe en la Estación de Sants de Barcelona; y se da la oportunidad de que ADIF tome la iniciativa para recuperar posibles pérdidas, evitar fraudes y mejorar la seguridad que debe a los usuarios del ferrocarril.

En la querella existe información que determina el fraude y pone de relieve las deficiencias que ha tenido la seguridad: Se cita una facturación de horas no realizadas según detalle de facturas y condiciones de contratos (contratos 2.7/2000.0619/0-00800 E01 y 2.7/2000.0619/0-00800 E02 LOTE NE2). Se aportan resúmenes mensuales en los que se han aumentando las horas trabajadas. E incluso se explican las tres formas usadas para cometer el fraude: Facturar más horas que las que había en el resumen mensual (enero, febrero y agosto de 2009) por importe de 506,60 €. Facturar horas no realizadas (enero de 2009 a octubre de 2010) por importe de 144.720,30 €. Y facturar horas hechas por personal no habilitado (enero a septiembre de 2009 y enero a octubre de 2010) por importe de 306.482,30 €.

También se revela dónde se han prestado los servicios con los nombres usados en los partes de trabajo (SANT, FRANCIA, GRACIA), los servicios prestados en cada lugar (SANTS: V3, SCANER, SCANER LAV), e incluso existe una información que, en medio del embrollo, produce una cierta tranquilidad: Se especifica cuáles son los VS (Vigilante sin Arma) y los VA (Vigilante Armado); y se comprueba que no se han detectado irregularidades entre los vigilantes armados.

Pero para tener una visión de lo que, según la querella, ocurría en los Servicios de Seguridad y Vigilancia que SEGUR IBÉRICA S.A. prestaba en la Estación de Sants, más que los datos económicos, es reveladora la declaración de una de las personas que trabajaron allí. Ésta es la que hace que cunda la alarma y pone en cuestión, además de la capacidad y formación de los encargados de procurar la seguridad de todos, el control que sobre ellos tienen la empresa de seguridad privada a la que pertenecen, ADIF que paga el trabajo, y las autoridades.

La declaración corresponde a don David Pérez Rubio, que dice haber trabajado en la Estación de Sants como vigilante de Seguridad, que manifiesta haber sido agredido en el servicio, y que refiere que, tras la atención de los Mossos de Esquadra, se instruyeron Diligencias Previas en el Juzgado número 2 de Barcelona por la agresión.

Lo preocupante, lo que hace saltar todas las alarmas y pone en cuestión la seguridad en la Estación de Sants en Barcelona, no es que un vigilante haya sido agredido, que una empresa privada no cumpla sus contratos como debe, que los Mossos de Esquadra no se enteren de quienes violan contratos a su alrededor, o que se oculte al juzgado la realidad laboral de un agredido.

Lo realmente alarmante, y muy peligroso por lo que implica su testimonio, es que esa misma persona, a la que se ha tomado como vigilante de seguridad, declare que aunque estaba realizando misiones de seguridad, no estaba habilitado por el Ministerio del Interior para ejercer esa labor y que no había recibido formación para velar por la seguridad de viajeros y transeúntes.

El caso confeso no ha sido un hecho aislado y existen otras declaraciones (del ex apoderado de la empresa de seguridad J. Albuixech Riera y del delegado sindical del sindicato ATES CATALUNYA J. M. Mayo Aragundez) que confirman lo que en la querella se presenta como práctica habitual.

Eso, que es la Seguridad de ADIF y que atañe a la seguridad de todos, es lo que está en un proceso que se instruye en el Juzgado de Instrucción número 19 de Barcelona.

De momento, son datos que sirven para considerar delitos objeto de querella, pero parece lógico que sirvan para algo más: Para que la seguridad en la Estación de Sants sea óptima. Para que ADIF y el Ministerio de Fomento vigilen que los Servicios de Seguridad y Vigilancia en las estaciones de ferrocarril sean conforme a lo contratado y legislado. Para que las autoridades se esmeren en el control. Y para que se logre que los caudales públicos destinados a seguridad sean respetados por los empresarios y políticos que los manejan.