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Re: Los VS piden nuevamente ser agentes de la autoridad

NotaPublicado: Mar, 09 Ene 2018, 20:23
por TANGO51
CODIGO PENAL
Artículo 550.
1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.
En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas
Artículo 554.
2. Las mismas penas se impondrán a quienes acometan, empleen violencia o intimiden a las personas que acudan en auxilio de la autoridad, sus agentes o funcionarios.
a) A los bomberos o miembros del personal sanitario o equipos de socorro que estuvieran interviniendo con ocasión de un siniestro, calamidad pública o situación de emergencia, con la finalidad de impedirles el ejercicio de sus funciones.
b) Al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Ley de seguridad privada.
Artículo 31. Protección jurídica de agente de la autoridad.
Se considerarán agresiones y desobediencias a agentes de la autoridad las que se cometan contra el personal de seguridad privada, debidamente identificado, cuando desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


Hasta que no salga el nuevo reglamento o haya una sentencia que aglutine a las sentencias que si lo reconocen, no hay nada nuevo.
Lo que hay hasta ahora es que tenemos que estar en presencia de la Policía bajo sus indicaciones pero OJO, otros funcionarios públicos tienen esa condición así que si nos agreden en:
Hospitales centros de salud
Juzgados
Edificios administrativos
Edificios o instalaciones militares

Entiendo que estamos acompañados de la autoridad así que podríamos tener esa condición

Sentencia favorable.
https://www.forodevigilantes.com/t4757- ... a-policial
Sentencia desfavorable (aunque el juez para su sentencia recalca la ley autonómica), en Cataluña los vigilantes ferroviarios son agentes de la autoridad para denunciar hechos o faltas por la ley ferroviaria (competencia autonómica)
http://www.lavanguardia.com/vida/201602 ... edido.html
(esta la sentencia por internet)

Después está el borrador uno de tantos)

Así que cuando el servicio este aprobado por la autoridad competente todos tendrán esa condición

Re: Los VS piden nuevamente ser agentes de la autoridad

NotaPublicado: Mar, 09 Ene 2018, 23:19
por SEBASTIÁN