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Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 04 Nov 2017, 08:43
por Lopmarc
Buenos días .
Resulta que en una reconocida empresa de Seguridad Privada con una Delegación superior a 30 empleados existe la figura de Jefe de servicios en vez de Jefe de seguridad.
La verdad que no sé si esa figura será posible o este de acuerdo a las leyes.Claro está que realiza funcionen de organización de servicios,orden a Vigilantes etc..
Bueno espero una respuesta me aclare esta situación .
Saludos

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Vie, 10 Nov 2017, 09:50
por Lopmarc
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Buenos días no hay nadie que me pueda aclarar este tema??

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 11 Nov 2017, 11:55
por siteberpmeis
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Claro que es posible

El jefe De Seguridad, aparte de que es un requisito contar con uno para que la empresa pueda funcionar

Existe tambien el jefe de servicios y por debajo del jefe de servicios está el de inspector, todos pueden organizar cuadrantes,etc

Espero haberte resuelto tu duda

Un saludo

P.S.: si buscas en el Boe en las tablas salariales veras que viene especificamente el puesto con su salario bruto mensual

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 11 Nov 2017, 12:30
por Lopmarc

intervencionpolicial.com
Gracias por la respuesta.
Lo mismo no me explique bien.
Esa empresa en esta delegación en cuestión solo tiene Jefe de servicios.

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 11 Nov 2017, 14:09
por siteberpmeis
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Lopmarc escribió:Gracias por la respuesta.
Lo mismo no me explique bien.
Esa empresa en esta delegación en cuestión solo tiene Jefe de servicios.


Es posible, que solo haya un jefe de servicios

Como te he dicho, para que una empresa de seguridad pueda funcionar necesita 1 Jefe de Seguridad con tip profesional.

Que la empresa habra delegaciones es indiferente, el responsable de todas y cada una es el Jefe de Seguridad. A no ser que la empresa ya cree puestos de jefes de seguridad por delegaciones

Pero con 1 es suficiente

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 11 Nov 2017, 14:11
por Lopmarc
Pero es que esa empresa en esa delegación solo existe.
Delegado y Jefe de servicios,en ningún momento Jefe de seguridad.
Osea que me indica que para una empresa con multitud de delegaciones en España con solo tener un Jefe de seguridad para todas ellas valdría??

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 11 Nov 2017, 14:52
por siteberpmeis
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Lopmarc escribió:Pero es que esa empresa en esa delegación solo existe.
Delegado y Jefe de servicios,en ningún momento Jefe de seguridad.
Osea que me indica que para una empresa con multitud de delegaciones en España con solo tener un Jefe de seguridad para todas ellas valdría??

Artículo 96. Supuestos de existencia obligatoria.
1. Los servicios de seguridad se prestarán obligatoriamente bajo la dirección de un jefe de seguridad, en las empresas de seguridad inscritas para todas o alguna de las actividades previstas en el artículo 1.1, párrafos a), b), c) y d), del presente reglamento, y en las delegaciones o sucursales abiertas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17, apartados 2 y 3 de este reglamento.

Esto dice el reglamaento de seguridad privada

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 11 Nov 2017, 14:58
por Lopmarc
Bueno como muchas cuestiones en el reglamento de seguridad privada no lo específica expresamente.Luego algunos lo interpretan como les conviene....

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 11 Nov 2017, 15:00
por siteberpmeis
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Lopmarc escribió:Bueno como muchas cuestiones en el reglamento de seguridad privada no lo específica expresamente.Luego algunos lo interpretan como les conviene....


Y aún así

Artículo 99. Delegación de funciones.
Los jefes de seguridad podrán delegar únicamente el ejercicio de las facultades para autorizar el traslado de armas o la obligación de efectuar personalmente el traslado, y las relativas a comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a subsanación de deficiencias o anomalías, así como las de dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada, lo que requerirá la aprobación de las empresas, y habrá de recaer, [color=#0000FF][b]donde no hubiera jefe de seguridad delegado, en persona del Servicio o Departamento de Seguridad que reúna análogas condiciones de experiencia y capacidad que ellos; comunicando a las dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el alcance de la delegación y la persona o personas de la empresa en quienes recae, con expresión del puesto que ocupa en la propia empresa.[/b][/color] Asimismo deberán comunicar a dichas dependencias cualquier variación que se produzca al respecto, y en su caso la revocación de la delegación.

Re: Jefe de Seguridad o Jefe de servicios

NotaPublicado: Sab, 11 Nov 2017, 15:04
por Lopmarc
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Ok gracias
Pero como se puede leer sigue sin hablar de la figura de Jefe de servicios claro está porque no es personal de seguridad privada.
Permiten figuras que ni están reguladas .Increíble pero cierto....