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Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Dom, 14 Feb 2016, 18:15
por Das Polizei
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Kawasito.

A los VS como domicilio de notificación se pone el de la empresa salvo algunos que filian y ponen en atestado nombre de padres,fecha nacimiento xD xD .
Como bien sabran existe un Registro Central del MJU para temas civiles y penales aparte de los archivos de Seguridad Privada asi que al VS se le puede localizar sin declararlo en rebeldía vive Dios.

En cuanto al tema del TIP como identificación a expensas de lo que depare el borrador se aplica la Ley y cada uno la interpreta con lo que leo como le apetece.

Entiendo que el agente pueda solicitarme el DNI para comprobar que la acreditación TIP me pertenece como identificación redundante-lleva foto- pero en diligencias me identifica por TIP o deberia,posteriormente si en diligencias o citación en un Juzgado me veo expuesto en un tablón mis datos con pelos y señales ya ejercere contra quién correspònda las acciones que estime para depurar responsabilidades al respecto y me cuidaré en ese acto de charlar con el secretario judicial antes de mi declaración, parece que hablamos de temas de gallinas y huevos cuando la mayoria de los temas son penales donde se pide cárcel.

PD. Increible que para obtener datos de un denunciado y ejercer acciones civiles contra él haya de ser el Juzgado quien gire un oficio al depositario de esos datos para que los libre a ellos-Juzgado- y aqui el personal de seguridad privada salga en el Hola jajaja

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 13:06
por Mikesierra
Hogueras con sidra escribió:El borrador del reglamento, lo deja a criterio del agente, para lo que crea conveniente y no para lo que a otro le de la gana, por lo que yo lo veo muy claro.
Por lo tanto, seguimos como ahora, no impide la identificación con el DNI.

Creo que te equivocas. El borrador del Reglamento da la posibilidad de pedirme el DNI para lo que corresponda, pero la LEY establece que no corresponde pedírmelo para usarlo como identificación en el ejercicio de mis funciones, para lo cual establece dicha ley el TIP. Personalmente, si algún policía, una vez expuestas ambas normativas, se empeña en identificarme mediante el DNI y ello comprende finalmente la exposición de mis datos personales, te digo lo mismo que Das polizei, yo tomaré medidas como corresponda, porque el reglamento no viene para ser normativa única al efecto, sino que complementa a la ley que también hay que leerla.

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 13:10
por Sivict
Nos identificamos media te la TIP, el problema viene cuando el número de la TIP coincide con el DNI. Mientras eso no cambie, poco avanzamos en este asunto.

Además de eso, deja a facultad del agente identificarte por DNI si le resulta necesario.

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 15:50
por Bávaro
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Mikesierra escribió:
Hogueras con sidra escribió:El borrador del reglamento, lo deja a criterio del agente, para lo que crea conveniente y no para lo que a otro le de la gana, por lo que yo lo veo muy claro.
Por lo tanto, seguimos como ahora, no impide la identificación con el DNI.

Creo que te equivocas. El borrador del Reglamento da la posibilidad de pedirme el DNI para lo que corresponda, pero la LEY establece que no corresponde pedírmelo para usarlo como identificación en el ejercicio de mis funciones, para lo cual establece dicha ley el TIP. Personalmente, si algún policía, una vez expuestas ambas normativas, se empeña en identificarme mediante el DNI y ello comprende finalmente la exposición de mis datos personales, te digo lo mismo que Das polizei, yo tomaré medidas como corresponda, porque el reglamento no viene para ser normativa única al efecto, sino que complementa a la ley que también hay que leerla.


Pues lo pone bien clarito, emerito........., como un policía te pida el DNI y te niegues, tomará las medidas oportunas, y lo que puede es partirse de risa cuando le digas que vas a tomar medidas tú xD xD xD .


4. La TIP no sustituirá al documento nacional de identidad o, en su caso, al pasaporte o a la tarjeta de identificación de extranjeros, como documento de identificación personal en los supuestos o casos en que el personal de seguridad privada sea requerido por la autoridad o sus agentes.

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 18:19
por Mikesierra
Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Bávaro escribió:
Mikesierra escribió:
Hogueras con sidra escribió:El borrador del reglamento, lo deja a criterio del agente, para lo que crea conveniente y no para lo que a otro le de la gana, por lo que yo lo veo muy claro.
Por lo tanto, seguimos como ahora, no impide la identificación con el DNI.

Creo que te equivocas. El borrador del Reglamento da la posibilidad de pedirme el DNI para lo que corresponda, pero la LEY establece que no corresponde pedírmelo para usarlo como identificación en el ejercicio de mis funciones, para lo cual establece dicha ley el TIP. Personalmente, si algún policía, una vez expuestas ambas normativas, se empeña en identificarme mediante el DNI y ello comprende finalmente la exposición de mis datos personales, te digo lo mismo que Das polizei, yo tomaré medidas como corresponda, porque el reglamento no viene para ser normativa única al efecto, sino que complementa a la ley que también hay que leerla.


Pues lo pone bien clarito, emerito........., como un policía te pida el DNI y te niegues, tomará las medidas oportunas, y lo que puede es partirse de risa cuando le digas que vas a tomar medidas tú xD xD xD .


4. La TIP no sustituirá al documento nacional de identidad o, en su caso, al pasaporte o a la tarjeta de identificación de extranjeros, como documento de identificación personal en los supuestos o casos en que el personal de seguridad privada sea requerido por la autoridad o sus agentes.

Han cogido una fijación ustedes con el señor emerito que es preocupante. Prueben con algún antipsicótico, puede que les vaya bien para este tema.
Repito que yo no me voy a negar a darle el DNI a ningún policía sí ese artículo sale finalmente así, cosa que habrá que ver, pero lo que sí que no voy a consentir sin tomar medidas al respecto, es que pretenda identificarme en diligencias mediante mi DNI, porque la ley dice bien claro:
2. La tarjeta de identidad profesional constituirá el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones profesionales.

Me quiere pedir el DNI? no se preocupe, yo se lo doy y comprueba y hace usted las gestiones que crea oportunas, pero tenga por seguro que no dudaré un instante si utiliza ese DNI para lo que no corresponde u obvia la función que tiene la TIP, que no son ustedes los únicos que pueden adoptar medidas oportunas.

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 18:21
por Mikesierra

intervencionpolicial.com
Sivict escribió:Nos identificamos media te la TIP, el problema viene cuando el número de la TIP coincide con el DNI. Mientras eso no cambie, poco avanzamos en este asunto.

Además de eso, deja a facultad del agente identificarte por DNI si le resulta necesario.

El número de la TIP que debe utilizarse es el que sigue figurando en la placa, así se pronunció la Unidad Central de Seguridad Privada y por ello sigues llevando ese número en tu placa, y no tu DNI. Además, la Audiencia Nacional también se ha pronunciado al respecto.

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 22:23
por Bávaro
Academia Acceso CNP

sector115.es
Mikesierra escribió:
Bávaro escribió:
Pues lo pone bien clarito, emerito........., como un policía te pida el DNI y te niegues, tomará las medidas oportunas, y lo que puede es partirse de risa cuando le digas que vas a tomar medidas tú xD xD xD .


4. La TIP no sustituirá al documento nacional de identidad o, en su caso, al pasaporte o a la tarjeta de identificación de extranjeros, como documento de identificación personal en los supuestos o casos en que el personal de seguridad privada sea requerido por la autoridad o sus agentes.

Han cogido una fijación ustedes con el señor emerito que es preocupante. Prueben con algún antipsicótico, puede que les vaya bien para este tema.
Repito que yo no me voy a negar a darle el DNI a ningún policía sí ese artículo sale finalmente así, cosa que habrá que ver, pero lo que sí que no voy a consentir sin tomar medidas al respecto, es que pretenda identificarme en diligencias mediante mi DNI, porque la ley dice bien claro:
2. La tarjeta de identidad profesional constituirá el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones profesionales.

Me quiere pedir el DNI? no se preocupe, yo se lo doy y comprueba y hace usted las gestiones que crea oportunas, pero tenga por seguro que no dudaré un instante si utiliza ese DNI para lo que no corresponde u obvia la función que tiene la TIP, que no son ustedes los únicos que pueden adoptar medidas oportunas.


¿ Y para qué cosa que no corresponda va a utilizar un policía el DNI?

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Jue, 18 Feb 2016, 18:49
por Hogueras con sidra
En mi plantilla siguen identificando a los vv.s en los atestados con el DNI, parece que unos cuantos están vulnerando la ley y nadie pone remedio. Y eso que las diligencias van al juzgado.

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Sab, 20 Feb 2016, 02:23
por Mikesierra
Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
nola2hurtu.eus
Hogueras con sidra escribió:En mi plantilla siguen identificando a los vv.s en los atestados con el DNI, parece que unos cuantos están vulnerando la ley y nadie pone remedio. Y eso que las diligencias van al juzgado.

En la mía hace tiempo que dejaron de hacérnoslo tanto en comisaría como en juzgados a todos, gracias a la intervención de nuestro director de seguridad, que tanto de forma verbal como por escrito, se dirigió a los estamentos judiciales correspondientes, que a su vez se dirigieron a los estamentos policiales al efecto y finalmente... todo resuelto. A algunos nos costó Dios y ayuda que se hiciera algo tan contundente, pero hecho está. Supongo que no en todos lados se va a pedir que se cumpla con la ley, pero es una pena que se tenga que pedir a las policías y a sus señorías.

Re: Borrador nuevo reglamento

NotaPublicado: Sab, 20 Feb 2016, 02:24
por Mikesierra
Bávaro escribió:
Mikesierra escribió:
Bávaro escribió:
Pues lo pone bien clarito, emerito........., como un policía te pida el DNI y te niegues, tomará las medidas oportunas, y lo que puede es partirse de risa cuando le digas que vas a tomar medidas tú xD xD xD .


4. La TIP no sustituirá al documento nacional de identidad o, en su caso, al pasaporte o a la tarjeta de identificación de extranjeros, como documento de identificación personal en los supuestos o casos en que el personal de seguridad privada sea requerido por la autoridad o sus agentes.

Han cogido una fijación ustedes con el señor emerito que es preocupante. Prueben con algún antipsicótico, puede que les vaya bien para este tema.
Repito que yo no me voy a negar a darle el DNI a ningún policía sí ese artículo sale finalmente así, cosa que habrá que ver, pero lo que sí que no voy a consentir sin tomar medidas al respecto, es que pretenda identificarme en diligencias mediante mi DNI, porque la ley dice bien claro:
2. La tarjeta de identidad profesional constituirá el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones profesionales.

Me quiere pedir el DNI? no se preocupe, yo se lo doy y comprueba y hace usted las gestiones que crea oportunas, pero tenga por seguro que no dudaré un instante si utiliza ese DNI para lo que no corresponde u obvia la función que tiene la TIP, que no son ustedes los únicos que pueden adoptar medidas oportunas.


¿ Y para qué cosa que no corresponda va a utilizar un policía el DNI?

Para identificar en diligencias al VS por el mismo.