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Hogueras con sidra escribió:Se supone que este artículo es una copia de una nota de Avispa, supuestamente escrita por personas que conocen mejor que yo la Ley de SP, pero no lo parece.
Si no me confundo, ese servicio no es obligatorio realizarlo con arma de fuego, por lo tanto no tiene nada de ilegal que no se solicite por parte del cliente. Pretender que las autoridades obliguen a ello, me parece que tampoco es exigible ni legal, como así parece decir el artículo.
Artículo que comienza diciendo que un v.s debe vigilar una extensión muy grande, por lo que parece necesario otro v.s como mínimo y continúa alegando al porte del arma de fuego por las intervenciones diarias, incluso en las que se intervienen armas de fuego. No parece tener claro que se debe exigir, si más vv.s por turno o simplemente un revolver como elemento que solucionaría todos los problemas, lo que yo no creo.
Por cierto, enhorabuena a los vv.s que estando sólos logran intervenir un arma de fuego, con más mérito aún cuando sólo disponen de una defensa y su gran habilidad profesional. Parece que no hay heridos con esas armas de fuego que llevaban los agresores, de lo que me alegro mucho.
No me gusta el artículo, he leído otros de la asociación Avispa, gracias a Jasan12 y éste no está a la misma altura.
Los vigilantes de seguridad de la terminal de mercancías de La Maruca denuncian la degradación de su situación laboral
Aspecto de la terminal intermodal de mercancías de La Maruca. Aspecto de la terminal intermodal de mercancías de La Maruca. / LVA
La asociación AVISPA eleva al Gobierno regional y a la Policía Nacional sendos escritos en los que indica el incumplimiento de la Ley de Seguridad Privada
B. PINO | AVILÉS
4 noviembre 201400:14
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El descontento por la degradación de las condiciones laborales de los agentes de seguridad privada que se encargan de la vigilancia nocturna de la terminal intermodal de mercancías ferroviarias de La Maruca ha llegado ya a la mesa de las autoridades del Principado. La Asociación de Vigilantes de Seguridad Privada de Asturias (AVISPA) informó ayer que ha hecho llegar sendos escritos a la Delegación del Gobierno y a la Unidad Territorial de Seguridad Privada de la Policía Nacional, enumerando los motivos de su incomodidad, y solicitando que sean solucionados. En última instancia, sus integrantes consideran que se ha incurrido en la violación de la Ley de Seguridad Privada.
Los vigilantes, pertenecientes a la empresa de seguridad OMBUDS, denuncian que carecen de los medios materiales y tecnológicos necesarios para «impedir la comisión de hechos delictivos, o para hacer frente a situaciones de conflicto que desemboquen en atentados contra su integridad física». En concreto, resaltan
la retirada, por parte de la empresa, del arma reglamentaria de los agentes y de los perros adiestrados, la supresión de los circuitos de videovigilancia y el establecimiento de un único vigilante por turno.
En opinión de quienes han elaborado los escritos, tales carencias merman la operatividad de unos agentes que desarrollan su labor de lunes a viernes, entre las 21 y las 8 horas, y los sábados, domingo y festivos las veinticuatro horas del día. En total, bajo su control se hallan 18.000 metros cuadrados de terreno, un espacio «excesivo» para que sea patrullado por un único agente por turno, tanto por el interior como por el exterior.
La legislación vigente parece darles la razón. El artículo 81 del Reglamento de Seguridad Privada contempla el transporte del arma reglamentaria en polígonos industriales y en zonas en las que se almacenen mercancías, un punto reforzado por el artículo 40 de la Ley de Seguridad Privada, que añade las zonas rústicas y el horario nocturno como condicionantes para disponer del arma.
Similares son los supuestos recogidos en la normativa reguladora de Renfe para la prestación de servicios de seguridad privada. En el caso de este documento, las estaciones de mercancías y las playas de clasificación son escenarios susceptibles de ser patrullados portando armas de fuego, en especial en horas nocturnas. Todas estas condiciones se cumplen en La Maruca.
Por el momento, y a la espera de que las autoridades competentes tomen medidas al respecto, AVISPA insiste en que, «en los últimos meses, las intervenciones de los agentes han sido prácticamente diarias», y se han sufrido «intentos de agresión por parte de particulares, incluidos atropellamientos». También se han intervenido armas de fuego.
http://www.elcomercio.es/aviles/201411/ ... 403-v.htmlLo que denuncian la retirada del arma de fuego y del perro
Esta claro que la medida es económica otros muchos servicios que se quitaron o se ponen y cumplen los requisitos por ley
Este servicio en tres años tres empresas securitas,segurvisa (creo) y ahora ombus
El problema es que muchas veces queda a interpretacion del que paga conocemos servicios unos alado de otros unos armados y otros no, unidades moviles alado unas de otras unas armadas y otras no
Artículo 81 Prestación de servicios con armas
1. Los vigilantes sólo desempeñarán con armas de fuego los siguientes servicios:
a) Los de protección del almacenamiento, recuento, clasificación, transporte y distribución de dinero, valores y objetos valiosos o peligrosos.
b) Los de vigilancia y protección de:
1.º Centros y establecimientos militares y aquellos otros dependientes del Ministerio de Defensa, en los que presten servicio miembros de las Fuerzas Armadas o estén destinados al uso por el citado personal.
2.º Fábricas, depósitos y transporte de armas, explosivos y sustancias peligrosas.
3.º Industrias o establecimientos calificados como peligrosos, con arreglo a la legislación de actividades clasificadas, por manipulación, utilización o producción de materias inflamables o explosivas que se encuentren en despoblado.
c) En los siguientes establecimientos, entidades, organismos, inmuebles y buques, cuando así se disponga por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en los supuestos no circunscritos al ámbito provincial, o por las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, valoradas circunstancias tales como la localización, el valor de los objetos a proteger, la concentración del riesgo o peligrosidad, la nocturnidad u otras de análoga significación:
1.º Dependencias de Bancos, Cajas de Ahorro y entidades de crédito.
2.º Centros de producción, transformación y distribución de energía.
3.º Centros y sedes de repetidores de comunicación.
4.º Polígonos industriales y lugares donde se concentre almacenamiento de materias primas o mercancías.
5.º Urbanizaciones aisladas.
6.º Joyerías, platerías o lugares donde se fabriquen, almacenen o exhiban objetos preciosos.
7.º Museos, salas de exposiciones o similares.
8.º Los lugares de caja o donde se concentren fondos, de grandes superficies comerciales o de casinos de juego.
9.º Buques mercantes y buques pesqueros que naveguen bajo bandera española en aguas en las que exista grave riesgo para la seguridad de las personas o de los bienes, o para ambos.
Informare de como quedan los vigilantes
Un saludo