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Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Vie, 07 Nov 2014, 10:04
por JASAN12
Los vigilantes de seguridad de la terminal de mercancías de La Maruca denuncian la degradación de su situación laboral


La asociación AVISPA eleva al Gobierno regional y a la Policía Nacional sendos escritos en los que indica el incumplimiento de la Ley de Seguridad Privada


El descontento por la degradación de las condiciones laborales de los agentes de seguridad privada que se encargan de la vigilancia nocturna de la terminal intermodal de mercancías ferroviarias de La Maruca ha llegado ya a la mesa de las autoridades del Principado. La Asociación de Vigilantes de Seguridad Privada de Asturias (AVISPA) informó ayer que ha hecho llegar sendos escritos a la Delegación del Gobierno y a la Unidad Territorial de Seguridad Privada de la Policía Nacional, enumerando los motivos de su incomodidad, y solicitando que sean solucionados. En última instancia, sus integrantes consideran que se ha incurrido en la violación de la Ley de Seguridad Privada.

Los vigilantes, pertenecientes a la empresa de seguridad OMBUDS, denuncian que carecen de los medios materiales y tecnológicos necesarios para «impedir la comisión de hechos delictivos, o para hacer frente a situaciones de conflicto que desemboquen en atentados contra su integridad física». En concreto, resaltan la retirada, por parte de la empresa, del arma reglamentaria de los agentes y de los perros adiestrados, la supresión de los circuitos de videovigilancia y el establecimiento de un único vigilante por turno.


En opinión de quienes han elaborado los escritos, tales carencias merman la operatividad de unos agentes que desarrollan su labor de lunes a viernes, entre las 21 y las 8 horas, y los sábados, domingo y festivos las veinticuatro horas del día. En total, bajo su control se hallan 18.000 metros cuadrados de terreno, un espacio «excesivo» para que sea patrullado por un único agente por turno, tanto por el interior como por el exterior.

La legislación vigente parece darles la razón. El artículo 81 del Reglamento de Seguridad Privada contempla el transporte del arma reglamentaria en polígonos industriales y en zonas en las que se almacenen mercancías, un punto reforzado por el artículo 40 de la Ley de Seguridad Privada, que añade las zonas rústicas y el horario nocturno como condicionantes para disponer del arma.

Similares son los supuestos recogidos en la normativa reguladora de Renfe para la prestación de servicios de seguridad privada. En el caso de este documento, las estaciones de mercancías y las playas de clasificación son escenarios susceptibles de ser patrullados portando armas de fuego, en especial en horas nocturnas. Todas estas condiciones se cumplen en La Maruca.

Por el momento, y a la espera de que las autoridades competentes tomen medidas al respecto, AVISPA insiste en que, «en los últimos meses, las intervenciones de los agentes han sido prácticamente diarias», y se han sufrido «intentos de agresión por parte de particulares, incluidos atropellamientos». También se han intervenido armas de fuego.






http://www.elcomercio.es/aviles/201411/ ... 403-v.html


Mientras tanto los politicos metidos en un buen despacho calentitos realizando recortes :'(

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Dom, 09 Nov 2014, 09:14
por Hogueras con sidra
Botas Policiales Desde 52?

desenfunda.com
Se supone que este artículo es una copia de una nota de Avispa, supuestamente escrita por personas que conocen mejor que yo la Ley de SP, pero no lo parece.
Si no me confundo, ese servicio no es obligatorio realizarlo con arma de fuego, por lo tanto no tiene nada de ilegal que no se solicite por parte del cliente. Pretender que las autoridades obliguen a ello, me parece que tampoco es exigible ni legal, como así parece decir el artículo.
Artículo que comienza diciendo que un v.s debe vigilar una extensión muy grande, por lo que parece necesario otro v.s como mínimo y continúa alegando al porte del arma de fuego por las intervenciones diarias, incluso en las que se intervienen armas de fuego. No parece tener claro que se debe exigir, si más vv.s por turno o simplemente un revolver como elemento que solucionaría todos los problemas, lo que yo no creo.
Por cierto, enhorabuena a los vv.s que estando sólos logran intervenir un arma de fuego, con más mérito aún cuando sólo disponen de una defensa y su gran habilidad profesional. Parece que no hay heridos con esas armas de fuego que llevaban los agresores, de lo que me alegro mucho.
No me gusta el artículo, he leído otros de la asociación Avispa, gracias a Jasan12 y éste no está a la misma altura.

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Mié, 12 Nov 2014, 23:41
por JASAN12
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Hogueras con sidra escribió:Se supone que este artículo es una copia de una nota de Avispa, supuestamente escrita por personas que conocen mejor que yo la Ley de SP, pero no lo parece.
Si no me confundo, ese servicio no es obligatorio realizarlo con arma de fuego, por lo tanto no tiene nada de ilegal que no se solicite por parte del cliente. Pretender que las autoridades obliguen a ello, me parece que tampoco es exigible ni legal, como así parece decir el artículo.
Artículo que comienza diciendo que un v.s debe vigilar una extensión muy grande, por lo que parece necesario otro v.s como mínimo y continúa alegando al porte del arma de fuego por las intervenciones diarias, incluso en las que se intervienen armas de fuego. No parece tener claro que se debe exigir, si más vv.s por turno o simplemente un revolver como elemento que solucionaría todos los problemas, lo que yo no creo.
Por cierto, enhorabuena a los vv.s que estando sólos logran intervenir un arma de fuego, con más mérito aún cuando sólo disponen de una defensa y su gran habilidad profesional. Parece que no hay heridos con esas armas de fuego que llevaban los agresores, de lo que me alegro mucho.
No me gusta el artículo, he leído otros de la asociación Avispa, gracias a Jasan12 y éste no está a la misma altura.



Los vigilantes de seguridad de la terminal de mercancías de La Maruca denuncian la degradación de su situación laboral
Aspecto de la terminal intermodal de mercancías de La Maruca. Aspecto de la terminal intermodal de mercancías de La Maruca. / LVA

La asociación AVISPA eleva al Gobierno regional y a la Policía Nacional sendos escritos en los que indica el incumplimiento de la Ley de Seguridad Privada

B. PINO | AVILÉS

4 noviembre 201400:14

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El descontento por la degradación de las condiciones laborales de los agentes de seguridad privada que se encargan de la vigilancia nocturna de la terminal intermodal de mercancías ferroviarias de La Maruca ha llegado ya a la mesa de las autoridades del Principado. La Asociación de Vigilantes de Seguridad Privada de Asturias (AVISPA) informó ayer que ha hecho llegar sendos escritos a la Delegación del Gobierno y a la Unidad Territorial de Seguridad Privada de la Policía Nacional, enumerando los motivos de su incomodidad, y solicitando que sean solucionados. En última instancia, sus integrantes consideran que se ha incurrido en la violación de la Ley de Seguridad Privada.

Los vigilantes, pertenecientes a la empresa de seguridad OMBUDS, denuncian que carecen de los medios materiales y tecnológicos necesarios para «impedir la comisión de hechos delictivos, o para hacer frente a situaciones de conflicto que desemboquen en atentados contra su integridad física». En concreto, resaltan la retirada, por parte de la empresa, del arma reglamentaria de los agentes y de los perros adiestrados, la supresión de los circuitos de videovigilancia y el establecimiento de un único vigilante por turno.




En opinión de quienes han elaborado los escritos, tales carencias merman la operatividad de unos agentes que desarrollan su labor de lunes a viernes, entre las 21 y las 8 horas, y los sábados, domingo y festivos las veinticuatro horas del día. En total, bajo su control se hallan 18.000 metros cuadrados de terreno, un espacio «excesivo» para que sea patrullado por un único agente por turno, tanto por el interior como por el exterior.

La legislación vigente parece darles la razón. El artículo 81 del Reglamento de Seguridad Privada contempla el transporte del arma reglamentaria en polígonos industriales y en zonas en las que se almacenen mercancías, un punto reforzado por el artículo 40 de la Ley de Seguridad Privada, que añade las zonas rústicas y el horario nocturno como condicionantes para disponer del arma.

Similares son los supuestos recogidos en la normativa reguladora de Renfe para la prestación de servicios de seguridad privada. En el caso de este documento, las estaciones de mercancías y las playas de clasificación son escenarios susceptibles de ser patrullados portando armas de fuego, en especial en horas nocturnas. Todas estas condiciones se cumplen en La Maruca.

Por el momento, y a la espera de que las autoridades competentes tomen medidas al respecto, AVISPA insiste en que, «en los últimos meses, las intervenciones de los agentes han sido prácticamente diarias», y se han sufrido «intentos de agresión por parte de particulares, incluidos atropellamientos». También se han intervenido armas de fuego.

http://www.elcomercio.es/aviles/201411/ ... 403-v.html

Lo que denuncian la retirada del arma de fuego y del perro
Esta claro que la medida es económica otros muchos servicios que se quitaron o se ponen y cumplen los requisitos por ley
Este servicio en tres años tres empresas securitas,segurvisa (creo) y ahora ombus
El problema es que muchas veces queda a interpretacion del que paga conocemos servicios unos alado de otros unos armados y otros no, unidades moviles alado unas de otras unas armadas y otras no

Artículo 81 Prestación de servicios con armas

1. Los vigilantes sólo desempeñarán con armas de fuego los siguientes servicios:

a) Los de protección del almacenamiento, recuento, clasificación, transporte y distribución de dinero, valores y objetos valiosos o peligrosos.
b) Los de vigilancia y protección de:
1.º Centros y establecimientos militares y aquellos otros dependientes del Ministerio de Defensa, en los que presten servicio miembros de las Fuerzas Armadas o estén destinados al uso por el citado personal.
2.º Fábricas, depósitos y transporte de armas, explosivos y sustancias peligrosas.
3.º Industrias o establecimientos calificados como peligrosos, con arreglo a la legislación de actividades clasificadas, por manipulación, utilización o producción de materias inflamables o explosivas que se encuentren en despoblado.
c) En los siguientes establecimientos, entidades, organismos, inmuebles y buques, cuando así se disponga por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil en los supuestos no circunscritos al ámbito provincial, o por las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, valoradas circunstancias tales como la localización, el valor de los objetos a proteger, la concentración del riesgo o peligrosidad, la nocturnidad u otras de análoga significación:
1.º Dependencias de Bancos, Cajas de Ahorro y entidades de crédito.
2.º Centros de producción, transformación y distribución de energía.
3.º Centros y sedes de repetidores de comunicación.
4.º Polígonos industriales y lugares donde se concentre almacenamiento de materias primas o mercancías.
5.º Urbanizaciones aisladas.
6.º Joyerías, platerías o lugares donde se fabriquen, almacenen o exhiban objetos preciosos.
7.º Museos, salas de exposiciones o similares.
8.º Los lugares de caja o donde se concentren fondos, de grandes superficies comerciales o de casinos de juego.
9.º Buques mercantes y buques pesqueros que naveguen bajo bandera española en aguas en las que exista grave riesgo para la seguridad de las personas o de los bienes, o para ambos.

Informare de como quedan los vigilantes

Un saludo

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Vie, 14 Nov 2014, 15:25
por Hogueras con sidra
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Ahora que has puesto todo el artículo, con lo que han suprimido del servicio, me parece una noticia mucho más completa.
Y creo que por ley no es un servicio obligado con arma, pero si Avispa, que saben más que yo del tema así lo consideran, gracias al artículo completo conozco que se han dirigido oficialmente a quien puede corregirlo. Eso es lo que hay que hacer y me parece muy correcto, las cosas hay que exigirlas por el cauce legal.

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Lun, 17 Nov 2014, 21:48
por JASAN12

foropolicia.es
Hogueras con sidra escribió:Ahora que has puesto todo el artículo, con lo que han suprimido del servicio, me parece una noticia mucho más completa.
Y creo que por ley no es un servicio obligado con arma, pero si Avispa, que saben más que yo del tema así lo consideran, gracias al artículo completo conozco que se han dirigido oficialmente a quien puede corregirlo. Eso es lo que hay que hacer y me parece muy correcto, las cosas hay que exigirlas por el cauce legal.


Pues yo pienso que SI y muchos de ellos son asi, en otros se suprimio (cuando empezo la crisis valla concidencia)
[color=#FF0000

3.º Industrias o establecimientos calificados como peligrosos, con arreglo a la legislación de actividades clasificadas, por manipulación, utilización o producción de materias inflamables o explosivas que se encuentren en despoblado.
4.º Polígonos industriales y lugares donde se concentre almacenamiento de materias primas o mercancías.[/color]

Artículo 80. Servicio en polígonos industriales o urbanizaciones.

1. El servicio de seguridad en vías de uso común pertenecientes a polígonos industriales o urbanizaciones aisladas será prestado por una sola empresa de seguridad y habrá de realizarse, durante el horario nocturno, por medio de dos vigilantes, al menos, debiendo estar conectados entre sí y con la empresa de seguridad por radiocomunicación y disponer de medios de desplazamiento adecuados a la extensión del polígono o urbanización.

En servicio cuenta con numerosas empresas importantes que estan en la comarca de Aviles y terminal intermodal da servicios a todas ellas

¿por que se antes los vigilantes se les retiro el arma? ¿cambio algo?

Creo que es una cuestion economica, nada más

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Mar, 18 Nov 2014, 16:12
por Hogueras con sidra
Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Que antes se hiciera el servicio con arma no implica que estuviera obligado a efectuarse con arma.
No tengo conocimiento de que hayan dejado de existir las condiciones por las que se autorizó el servicio con arma en su momento, pero sigo pensando que como no es de obligación prestar el servicio con arma, en este momento, debido a la crisis como dices o a cualquier otro criterio del cliente, el que paga por ello y no se ve en la obligación de pagar el servicio con arma, se decidió retirarla.
En el caso de que sea de obligación la prestación del servicio con arma, me imagino que Avispa habrá argumentado con mucho más rigor que yo las razones y artículos preceptivos.
También es cierto que para mi el arma de fuego no es ningún "artefacto milagroso que impide a su portador ser agredido", a mi me han atizado varias veces y llevaba bien visible mi pistola de dotación, pero seré un grandísimo torpe, que gracias a que mi empresa estima que debo trabajar acompañado, mi compañero me ayudó en esos jaleos y yo le ayudo a él en otros malos momentos.
Un servicio peligroso debe ser realizado al menos por 2 vv.s o policías, eso es por lo que se debe pelear, para que ningún v.s o policía tenga que rezar para que llegué a tiempo el apoyo o rezar aún más para que no le sigan golpeando o apuñalando.

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Lun, 24 Nov 2014, 17:39
por JASAN12
Hogueras con sidra escribió:Que antes se hiciera el servicio con arma no implica que estuviera obligado a efectuarse con arma.
No tengo conocimiento de que hayan dejado de existir las condiciones por las que se autorizó el servicio con arma en su momento, pero sigo pensando que como no es de obligación prestar el servicio con arma, en este momento, debido a la crisis como dices o a cualquier otro criterio del cliente, el que paga por ello y no se ve en la obligación de pagar el servicio con arma, se decidió retirarla.
En el caso de que sea de obligación la prestación del servicio con arma, me imagino que Avispa habrá argumentado con mucho más rigor que yo las razones y artículos preceptivos.
También es cierto que para mi el arma de fuego no es ningún "artefacto milagroso que impide a su portador ser agredido", a mi me han atizado varias veces y llevaba bien visible mi pistola de dotación, pero seré un grandísimo torpe, que gracias a que mi empresa estima que debo trabajar acompañado, mi compañero me ayudó en esos jaleos y yo le ayudo a él en otros malos momentos.
Un servicio peligroso debe ser realizado al menos por 2 vv.s o policías, eso es por lo que se debe pelear, para que ningún v.s o policía tenga que rezar para que llegué a tiempo el apoyo o rezar aún más para que no le sigan golpeando o apuñalando.



Si antes se dio el permiso para hacerlo con arma es que lo había ya que la ley se tiene que dar las condiciones para otorgar el permiso.
No hay otorgamiento si no hay condiciones. ¿o eso entiendo yo?

sigue siendo un servicio en las mismas condiciones y mismos materiales.

En lo que dices de dos personas te doy toda la razón pero antes les servia uno con arma perro y cctv ahora uno sin arma sin perro y sin cctv...

A ver si hay noticias del tema si me entero ya informo, por cierto el arma ya se perdió en más servicios y no cambio nada más que el precio....más barato...

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Mié, 26 Nov 2014, 19:39
por Hogueras con sidra
Por supuesto yo me imagino que si antes el servicio era con arma, existían las condiciones legales para ello, eso sería pensar que había una ilegalidad.
"antes les servia uno con arma perro y cctv ahora uno sin arma sin perro y sin cctv..." exactamente y no por ello es ilegal aunque nos parezca inmoral.
Se trata de reducir gastos y creo que el arma de fuego es 1,15 euros x hora x 24 horas x 365 días son 10.074 euros, con eso se pueden pagar cosas de mayor interés para el cliente. Total, el v.s seguirá cumpliendo con su trabajo.

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Mié, 26 Nov 2014, 20:44
por Justicar
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Hogueras con sidra escribió:Se trata de reducir gastos


No diré donde, y seguramente alguno conocerá otro con características similares, pero te diré que hay algunos servicios que no tienen ni garita, ni aseos, ni vestuario, ni ná de ná. >:(

El VS tiene que cambiarse en el coche, cuya gasolina habrá pagado él mismo (y no le devolverán la pasta), abonar el campo cuando sea necesario, pasar todo el día/noche al fresco, sin nada para calentar la comida, etcétera. A la hora de recortar, este gremio es único. Hay gente que incluso paga por trabajar, así que... (y no, no es coña)

Un saludo.

Re: Noticias Generales Seguridad Privada

NotaPublicado: Mié, 26 Nov 2014, 20:55
por Hogueras con sidra
Boligrafo Kubotan

28?
materialpolicial.com
¿Y en alguna ley se contempla la obligación de la empresa de SP o del cliente de dotar de un vestuario, aseo y garita al v.s? Porque es de vergüenza esas condiciones que muchos deben soportar.
Yo lo de pagar por trabajar, así de literal, sólo lo conocía en el caso de los inmigrantes para poder conseguir la residencia legal en España.