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Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 18:30
por Mikesierra
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Hogueras con sidra escribió:Resaltar las letras en rojo y agrandarlas era una de las características de Emerito7.
Acreditarse es la mejor manera de demostrar que no es un usuario expulsado.

No, la mejor manera es la IP de mi casa, que es mas que suficiente para acreditar que no soy ese usuario, y el único dato que necesitan tener los moderadores del foro.

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 18:38
por Hogueras con sidra
Si usted así lo cree, yo no le voy a llevar la contraria, se muy bien el valor de cada prueba y cuales y como manipularlas. Y los moderadores también.

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 18:42
por Mikesierra
Hogueras con sidra escribió:Si usted así lo cree, yo no le voy a llevar la contraria, se muy bien el valor de cada prueba y cuales y como manipularlas. Y los moderadores también.

Tranquilo, que no tengo tantos conocimientos de informática, además, la IP de mi casa creo es siempre la misma, que es donde más suelo conectarme, pero pensad lo que queráis, confío en el buen hacer de la moderación, que repito, estoy seguro de que ya habrán recibido reiteradas quejas sobre este tema sin sentido.

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 18:48
por Mikesierra
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Mikesierra escribió:
usera-villaverde escribió:
Mikesierra escribió: xD xD xD A todos os gustaría mucho que los Vigilantes lo fueran, pero ninguno véis explícitamente lo que pone:

seguidamente se dio a la fuga corriendo, saliendo del citado Centro, hasta que fue retenida por los vigilantes de seguridad, siendo trasladada de nuevo al Centro Comercial, a una habitación llamada del montacargas, donde fue reducida por los vigilantes, a lo cual se opuso de forma violenta, intentando morderlos y propinando a los vigilantes de seguridad tres patadas en la pierna derecha y varios tirones del cabello. Finalmente los vigilantes de seguridad consiguieron reducirla y ponerle los grilletes, llamando acto seguido a la policía -se actúa sin policía, a quienes se llama después-.

---respecto a los vigilantes de seguridad, por aplicación de lo previsto en el artículo 31 de la Ley de Seguridad 5/14, como respecto a los Agentes, oponiéndose asimismo a su detención, integra la citada falta de desobediencia, encontrándose tanto los vigilantes como los agentes en el ejercicio de las funciones propias de su cargo y perfectamente identificados como tales, vulnerando la denunciada, Raquel, el principio de autoridad que representan. -se considera Agentes de la Autoridad a los VS-.

Dejad de darle tantas vueltas, que no las tiene.


La sentencia del Tribunal Supremo lo dice clarísimo, que es la que ha puesto el compañero, que por cierto, se juzga como tal al habilitado, no al otro:

Y tal condición, dice el recurrente, no concurre en el mismo, que era un vigilante de seguridad, lo que le sitúa entre los meros
"auxiliares" de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, conforme a la Ley 23/1992 de 30 de julio.
Olvida el recurrente que es precisamente esa condición la que lleva a que los vigilantes de seguridad se
deban clasificar entre los sujetos a que se refiere el artículo 24.2 del Código Penal , en cuanto que, conforme
a la citada Ley, y habiendo sido legalmente investido de esa condición, la función que desempeña tiene, a
los efectos penales, la consideración de funcionario, lo que, como en el caso de la Sentencia nº TS 850/2006
de 12 de julio , le reportaría la exención de responsabilidad penal, si se adecua al ejercicio proporcionado
de la misma.
El artículo 24 del Código Penal caracteriza como funcionario a los efectos penales, no solamente a
quienes tienen tal condición conforme al estatuto regulado en leyes administrativas, sino a todo el que, incluso
sin tal condición, participe en el ejercicio de funciones que sean públicas. Y no cabe duda de que la seguridad
lo es y "auxiliar" es una forma de participar.

Creo que se confunde la expresión vulnerar el principio de autoridad con la consideración de agente de la autoridad.

---respecto a los vigilantes de seguridad, por aplicación de lo previsto en el artículo 31 de la Ley de Seguridad 5/14, como respecto a los Agentes, oponiéndose asimismo a su detención, integra la citada falta de desobediencia, encontrándose tanto los vigilantes como los agentes en el ejercicio de las funciones propias de su cargo y perfectamente identificados como tales, vulnerando la denunciada, Raquel, el principio de autoridad que representan.

Creo que está bastante claro lo que dice la jueza, y que la acusa de desobediencia -también- a los Vigilantes. Quien no lo vea es que no lo quiere ver.

Por cierto, creo que es más que lógico que dada esta situación, tuviera que resaltar lo resaltado en rojo, negrita y tamaño enorme, y porque no podía ponerlo con luces de neón, que si nó, también lo hubiera hecho, porque si nó todavía alguno sigue escudándose en que no se considera agentes de la autoridad a los compañero en la sentencia, sino que hablan del principio de autoridad de quienes no tienen autoridad, vamos, reflexiones jurídicas de lo más lógicas.

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 19:02
por hulk05

60?
materialpolicial.com
No hay peor ciego que el que no quiere ver !!

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 19:06
por usera-villaverde

intervencionpolicial.com
Yo, con arreglo a la lectura de ese parrafo en sentencia, sigo pensando que se considera Agente de la Autoridad a los policías que se personan en el lugar. Ocurre que en la redacción del texto junta tanto a los vigilantes como a los policías en lo que presumiblemente pueda tratarse de un error de expresión dando a entender que se considera igualmente a los vigilantes que a los policías pero, claramente no es así.
Creo que están diferenciadas las partes tras varias lecturas y que la desobediencia se entiende respecto de la actuación de la persona contra los policías.
Es una apreciación tras leer varias veces las partes de sentencia expuestas.

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 19:15
por hulk05
Academia Acceso Cnp

sector115.es
pero si no habia policia!!!!
la tal Raquel agrede y desobedece a los vs estando ellos solos, una vez detenida se llamo a la policia como estamos obligado a hacer.
que claramente es un error de expresión?? :shock: :shock: y despues nos criticais de que somos nosotros lo que interpretamos a nuestra manera??


xD xD xD por Dios !! esto es el club de la comedia

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 19:26
por Mikesierra
usera-villaverde escribió:Yo, con arreglo a la lectura de ese parrafo en sentencia, sigo pensando que se considera Agente de la Autoridad a los policías que se personan en el lugar. Ocurre que en la redacción del texto junta tanto a los vigilantes como a los policías en lo que presumiblemente pueda tratarse de un error de expresión dando a entender que se considera igualmente a los vigilantes que a los policías pero, claramente no es así.
Creo que están diferenciadas las partes tras varias lecturas y que la desobediencia se entiende respecto de la actuación de la persona contra los policías.
Es una apreciación tras leer varias veces las partes de sentencia expuestas.

Y lo del artículo 31, que es el que le da la condición de AA a los VS, también es un "error de expresión"??? 8|
Increible.......... XO

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 19:34
por PoliDelSur
Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
Bueno, pues dije ya hace varias páginas que no iba a volver a participar en este hilo puesto que ya había dado mi opinión, pero tras obtener algunos datos y viendo el cariz que van tomando las cosas vuelvo a hacerlo sólo para dejar claras algunas cosas.
El forero mikesierra NO es emerito7, eso es seguro, no voy a decir por qué lo se, pero así es, no son la misma persona, ahora podréis creerme o no, pero no tengo ningún motivo para mentir en esto.
Respecto a la sentencia, también se ha divagado mucho con que el CNP no actúa en cataluña, que si si actua en Cataluña, que si allí trabaja la GC, etc. pero es que en la sentencia se corta tras poner Agentes..... y ahí es donde supusimos, yo el primero que detrás vendría "del CNP" pero no es así tampoco, puede que detrás de Agentes, en lo cortado, ponga Mossos.
Digo esto por que se están derivando los mensajes a esto y no al meollo de la cuestión, y quisiera que, al menos estos puntos queden claros.

saludos.

Re: Sentencia Vigilantes Agentes de la Autoridad (en solitar

NotaPublicado: Jue, 11 Jun 2015, 19:40
por hulk05
pero si nombra el art 31 de la LSP. si fuese solo diriguido hacia los policias no nombraria ese art.
Hasta que punto estamos llegando de no querer reconocer las cosas