Página 1 de 1

¿Se puede NO llevar frenos en la bici?

NotaPublicado: Mar, 24 Nov 2015, 10:16
por ARBES
Academia Acceso CNP

sector115.es
Bueno, ahora que están de moda las ''fixies'' (para el que no lo sepa, bicis de piñon fijo) ¿es obligatorio llevar freno? La cuestión es que con el sistema de pedaleo si dejas de pedalear y haces fuerza con las piernas bloqueas la rueda trasera, vamos que tus piernas son tus frenos a no ser que le pongas uno para la rueda delantera por ir más seguro. La cuestión es si se considera freno a ese sistema de bloqueo de la rueda o no.

Pregunté a un Policía Local pero no me supo contestar a ciencia cierta. Un saludo.

Re: ¿Se puede NO llevar frenos en la bici?

NotaPublicado: Mar, 24 Nov 2015, 13:55
por prodigo
Hola, no están homologadas por industria. A partir de ahí... Dependerá del guardia y o situación.
Un salu2

Re: ¿Se puede NO llevar frenos en la bici?

NotaPublicado: Mar, 24 Nov 2015, 18:29
por ARBES
Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
prodigo escribió:Hola, no están homologadas por industria. A partir de ahí... Dependerá del guardia y o situación.
Un salu2


Entonces en mi caso, que llevo un freno, depende de la situación también? Muchas gracias!

Re: ¿Se puede NO llevar frenos en la bici?

NotaPublicado: Mar, 24 Nov 2015, 20:01
por Malolo
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos

Artículo 22 Ciclos y bicicletas

1. Los ciclos, para poder circular, deberán disponer de:

Un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras.
Un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél.
2. Además, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, los ciclos, exceptuando las bicicletas, deberán disponer de:

Luz de posición delantera y trasera.
Catadióptricos traseros y laterales no triangulares.
Catadióptricos en los pedales.

Re: ¿Se puede NO llevar frenos en la bici?

NotaPublicado: Mar, 24 Nov 2015, 21:14
por ARBES
Botas Policiales Desde 52?

desenfunda.com
Malolo escribió:Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos

Artículo 22 Ciclos y bicicletas

1. Los ciclos, para poder circular, deberán disponer de:

Un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras.
Un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél.
2. Además, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, los ciclos, exceptuando las bicicletas, deberán disponer de:

Luz de posición delantera y trasera.
Catadióptricos traseros y laterales no triangulares.
Catadióptricos en los pedales.


Bueno entonces lo único que me falta es el timbre. Muchas gracias Malolo !

Re: ¿Se puede NO llevar frenos en la bici?

NotaPublicado: Jue, 26 Nov 2015, 08:52
por Txaraina
HEKLER & KOCH P30-FX

Sistema de entrenamiento fx
uspsuministros.com
La industria y la legislación no siempre van de la mano. La obligación de llevar instalados los frenos es saliendose de la norma algo de sentido común, algo que hay que impulsar muchísimo en el caso de los ciclistas. Pretender circular sin frenos, sin luces cuando haya poca visibilidad o sea de noche, empeñarse en comprar ropa oscura que puede que nos estilice la figura pero nos convierte en invisibles a partir del ocaso, escuchar música para sobrellevar el esfuerzo ( con auriculares), hablar por el móvil (auriculares o en la mano), pretender que si me caigo en ciudad creer que la cabeza tiene un sistema que la convierte en invulnerable a los golpes y un largo etc..... Avalado tristemente en la realidad incontestable de que no se exige ningún conocimiento nos lleva a la necesidad de solicitar a la autoridad que imponga la urgente obligación de imponer un curso de sensibilización, instrucción, o como quiera poner de nombre para los usuarios de bicicleta que no posean permiso de conducir donde en atención a la edad se les forme e informe de sus derechos como conductores de ciclos y sus obligaciones, expendiendo el correspondiente certificado por el que ni ellos ni sus tutores legales puedan decir eso tantas veces y con las graves consecuencias que encontramos en carretera puedan decir " Es que yo no sabia".
Al resto de conductores los obvio por tener la obligación de aprobar además un examen.
La convivencia entre distintos vehículos y peatones no es una cuestión de hoy me apetece y estoy de buen humor, es obligatoria y del mayor de los sentidos, el común.