Página 1 de 2

Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Jue, 30 Abr 2020, 06:05
por Auxpol
RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2020 por la que se convocan cursos de formación continua, en la modalidad de teleformación, dirigidos al personal de la seguridad pública de Galicia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se convocan los cursos de formación continua, en la modalidad de teleformación, dirigidos a los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta Comunidad Autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica), cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 27 de abril de 2020

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Destinatarios

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta Comunidad Autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata; en el caso de no hacerlo serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp en el plazo de un año a contar desde el día siguiente a aquel en se tenga conocimiento del hecho y, en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal cuando venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Con carácter general, se reservará el 20 % de las plazas convocadas para personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que trabajen en Galicia, pudiendo ser superado dicho porcentaje en el supuesto de quedar plazas vacantes.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp se reservará la facultad de anular la actividad formativa.

2. Desarrollo de la convocatoria.

Desarrollo de la actividad.

Todas las ediciones de los cursos se desarrollarán de la siguiente manera:

• Lugar: a través de la plataforma de formación en línea. Todos los cursos cuentan con una prueba final presencial en la sede de la Agasp.

• Se pueden establecer sesiones presenciales si el/la docente lo considera necesario o a petición del alumnado.

• Horario: según disposición y necesidad del alumnado.

• Fecha de comienzo : 18 mayo de 2020

• Cuestionarios y tareas: durante el desarrollo de los cursos el alumnado participante deberá realizar una serie de cuestionarios y tareas de acuerdo con un calendario de presentación; la no realización de alguno en el plazo establecido será sancionada con la baja en el curso. En el supuesto de que los ejercicios no alcancen un nivel de exigencia mínimo según el criterio del profesor, se hará una primera advertencia al alumnado y, de no atender la indicación, podrá ser dado de baja en el curso.

Los cuestionarios, excepto la prueba presencial final, y la realización de las tareas se harán a través de la plataforma de formación en línea.

5. Requerimientos técnicos mínimos para los equipos del alumnado.

Los requerimientos técnicos para usar la web de los cursos de la Agasp (basada en una herramienta de aprendizaje electrónico o e-learning) son de nivel básico:

Aspectos recomendables para el PC:

• La configuración mínima de un PC doméstico (en general, cualquiera con menos de cinco años) es suficiente.

• Preferentemente conexión a internet de banda ancha y un antivirus actualizado.

• Navegador: Mozilla Firefox 2 (recomendado) o Internet Explorer 6.0 o superior.

• Tener Javascript y cookies activadas en el navegador.

• Para ver los documentos en PDF se necesita haber instalado Acrobat Reader.

• Para que funcionen algunos elementos correctamente se necesita haber instalado Adobe Flash Player.

6. Prueba final.

Las pruebas presenciales finales se realizarán en la sede de la Academia Gallega de Seguridad Pública (avenida de la Cultura s/n, A Estrada, Pontevedra). Se notificará la fecha de la misma con la antelación suficiente, y por lo menos con diez días hábiles de anticipación.

Excepcionalmente y por razones debidamente justificadas que impidan acudir a la prueba en la fecha fijada, se podrá solicitar acudir a la prueba extraordinaria.

Aquellos alumnos que se presenten a la prueba común y no la superen no tendrán derecho a presentarse a la prueba extraordinaria.

7. Inscripción

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página Web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.gal). No se admitirá otra forma o modelo de solicitud.

b) Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no será responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

c) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

d) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

e) En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberán remitir a la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación (no será preciso si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en cuyo caso deberán comunicarlo en la propia solicitud).

– Profesionales que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares

f) Cuando el curso para el que presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria con el objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 22), por correo electrónico (formación.Agasp@xunta.gal) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

g) El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 14 de mayo de 2020.

h) El número máximo de cursos que se pueden solicitar en esta convocatoria se limita a 5.

i) En caso de que una misma persona presente más solicitudes de las permitidas, la Agasp, de manera automática, elegirá las primeras 5 acciones formativas solicitadas.

8. Criterios de selección del alumnado participante.

a) Menor número de cursos realizados por el/la alumno/a solicitante en los últimos dos años, según conste en las bases de datos de la academia, y no haber hecho con anterioridad el curso que se convoca.

b) A igual número de cursos, tendrá preferencia el alumnado que lleve más tiempo sin participar en las actividades de la academia.

c) Antigüedad.

Se reservará el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. De no existir suficientes solicitudes de participación de mujeres, las plazas sobrantes se añadirán a las del turno general.

9. Publicación de las relaciones del personal seleccionado.

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que hubieran comunicado su imposibilidad de asistencia con, por lo menos, 48 horas de antelación al inicio de esta. Dicha renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp por correo electrónico a la dirección formación.agasp@xunta.gal o por fax al número 886 20 61 22.

10. Derechos y deberes del alumnado participante.

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

11. Certificado de aprovechamiento.

Una vez finalizado el curso y hecha la evaluación correspondiente, se expedirán los certificados de aprovechamiento a los alumnos que cumplan las siguientes exigencias:

• Visualización de los contenidos.

• Superación de los cuestionarios.

• Cumplimentación de las tareas según las exigencias indicadas.

• Superación de la prueba presencial final presencial del conjunto del curso.

12. Facultades de la Agasp.

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de las actividades para adaptarlas a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir los cursos, ampliar nuevas ediciones de los mismos o suspenderlos temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

En la página web de la Agasp se publicarán todos los datos precisos de las acciones formativas que se convocan en esta resolución.

ANEXO II



Actuaciones policiales con incidente en el tráfico y señalización circunstancial.
Noticias técnicas en la toma de datos en la investigación de accidentes.
Curso de infografía y simulación en la reconstrucción de accidentes de tráfico. Iniciación a Sketchup.
Protocolos de actuación en los controles de velocidad: criterios judiciales.
Control de drogas: criterios judiciales.
Controles de alcoholemia. Criterios judiciales penates y administrativos.
La vía: regulación, competencias, responsabilidad y análisis.
Protección integral de la mujer víctima de violencia de género.
Protocolos de actuación policial ante delitos de odio.
Rescate policial en el medio acuático.
Autocad.
Delitos contra o patrimonio y el orden socioeconómico.
Actualización de la nueva Administración electrónica.
Protección de datos de carácter personal y ciberseguridad.
Reciclado de policía administrativa.
Actualización en normativa de armas.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 01_es.html

Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Mié, 24 Feb 2021, 16:32
por Auxpol
Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2021 por la que se convocan cursos de formación continua en la modalidad de teleformación dirigidos al personal de la seguridad pública de Galicia para el primer semestre del año 2021.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convocan los cursos de formación continua en la modalidad de teleformación dirigidos a los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica), cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 16 de febrero de 2021

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

1. Destinatarios.

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata, y en el caso de no hacerlo serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp en un año a contar desde el día siguiente a que se tenga conocimiento del hecho y, en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal, cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Con carácter general, se reservará el 20 % de las plazas convocadas para personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que trabajen en Galicia y dicho porcentaje podrá ser superado en el supuesto de quedar plazas vacantes.

Asimismo, en caso de quedar plazas vacantes, podrá acceder a los cursos convocados a través de esta resolución el personal dependiente de la Agencia Gallega de Emergencias y del Centro Integrado de Atención a las Emergencias 112-Galicia.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp se reserva la facultad de anular la actividad formativa.....,
(…................)

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 002_es.pdf

Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Mié, 24 Feb 2021, 17:04
por mklpol
Gracias por compartir la información!!!

Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Mar, 31 Ago 2021, 05:45
por Auxpol

8000 productos al mejor precio
desenfunda.com
RESOLUCIÓN de 23 de agosto de 2021 por la que se convoca un curso de Protocolo Cero, dirigido a los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad con destino en la Comunidad Autónoma de Galicia, y especialmente a los/las agentes de primera intervención en casos de violencia de género no pertenecientes a las unidades especializadas de protección de estas víctimas.

Ante la reciente emisión de la Instrucción 5/2021, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se establece el Protocolo de primer contacto policial con víctimas de violencia de género en situación de desprotección, denominado Protocolo Cero, se considera oportuno diseñar una formación específica para su impartición a la mayor brevedad posible, facilitando así el conocimiento y aplicación inmediato del referido protocolo.

1. Datos de la actividad.

Denominación: Protocolo Cero.

Tipo: curso.

Horas lectivas: 8 horas.

Modalidad: presencial.

Objetivo general:

– Adquirir habilidades de detección, información, prevención, protección e intervención con víctimas de violencia de género y agresores de pareja.

Objetivos específicos:

– Adquirir habilidades para interaccionar en primera intervención con las víctimas de violencia de género.

– Adquirir habilidades para recabar informaciones relevantes de terceras personas.

– Identificar los factores de riesgo de relevancia para la seguridad de las víctimas.

– Conocer los sistemas de valoración del riesgo de violencia grave sobre la pareja.

– Facilitar un instrumento documental uniforme para valorar los indicadores de riesgo de violencia de género en esa primera intervención.

– Desarrollar mecánicas de información e investigación de circunstancias concurrentes en el caso, cuando se presuma la negativa o ausencia de denuncia por parte de la víctima.

Contenido:

1. Justificación.

2. Información relevante.

3. Primeras medidas.

4. En ausencia de denuncia por la víctima.

5. Instrucción 5/2021 (Protocolo Cero).

a) Primer contacto policial con víctimas de violencia de género.

b) Actuaciones documentales en dependencias policiales.

6. Guía de actuación del Protocolo Cero en violencia de género.

7. Actuaciones de información a realizar y exponer en la comparecencia policial.

8. Tabla guía de indicadores de riesgo (del Protocolo Cero).

9. Conocimiento de otro instrumento de valoración del riesgo.

2. Destinatarios/as.

Todos los miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad, y especialmente a los/las agentes de primera intervención en casos de violencia de género, no pertenecientes a las Unidades especializadas de protección de estas víctimas.

Plazas ofertadas.

160.

3. Solicitudes de participación.

El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matricula telemática disponible en la página web de la Agasp
(http://agasp.xunta.es), no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp, mantenga actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones, en el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a exclusión automática del curso solicitado, así como la imposibilidad de participar en ninguno otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberán remitir la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación: (no será preciso, si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en este caso, deberán comunicarlo en la propia solicitud).

Profesionales que estén disfrutando o habían disfrutado en los dos últimos años, de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares.

El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 10 de septiembre de 2021.

No esta permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a uno de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas, y el/la alumno/a no podrá participar en otros cursos durante un año desde que se detecte este hecho.

Listado de solicitudes seleccionadas.

El día 14 de septiembre de 2021 la Academia Gallega de Seguridad Pública publicará en el sitio web http://agasp.xunta.es, las solicitudes de participación recibidas que cumplieran los requisitos anteriores.

Los/las alumnos/as seleccionados/as serán informados/as de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica.

El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificada o necesidad del servicio siempre que se acredite documentalmente el hecho alegado por el/la jefe/a del cuerpo de la policía local del ayuntamiento en el trabajo o personal responsable de él.

En el caso de cambios de cadrante o turnos de trabajo, deberá quedar acreditado suficientemente los motivos de los mismos y que se conocieron con posterioridad a solicitud de inscripción en el curso.

La renuncia debe ser comunicada por escrito a través del modelo que figura en la página web de la Agasp y con una antelación de 3 días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La renuncia no justificada o la no acreditación documental de la causa que la produce supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes 10 cursos que se convoquen por el servicio de Formación en Seguridad Pública de la Agasp y en las que la persona figurara como posible destinataria de las mismas, sin contar ediciones repetidas, cursos ya realizados y que a lo menos tengan la misma carga horaria, del curso por el que fue penalizado.

4. Desarrollo de la actividad.

Presentación: las personas admitidas a este curso deberán presentarse a las 10.00 horas del día 21 de septiembre de 2021.

Lugar: Academia Gallega de Seguridad Pública. El curso se realizará en el salón de actos.

Horario lectivo: de 10.00 a 14.00 y de 15.30 a 19.30 horas.

Fechas de los cursos: 21 de septiembre de 2021.

1. Los cursos se realizarán respetando en todo momento las indicaciones de las autoridades sanitarias, el uso de las máscaras es obligatorio así como el mantenimiento de la distancia de seguridad, que en todas las acción formativas que se convocan se garantizara en las instalaciones de la Agasp, reduciendo el número de alumnos por curso.

2. Ningún alumno ni alumna seleccionado/a en un curso presencial asistirá al mismo con síntomas asociados a la COVID-19, ni habiendo tenido contacto con una persona diagnosticada cómo positiva en esta enfermedad nos últimos 14 días anteriores, a comenzar dito curso.

3. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones del curso.

Durante la realización de los cursos se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.

Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y en ningún caso, podrá superar el 10 % de las horas lectivas.

La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho la expedición del diploma, en el caso de haber una segunda edición del curso en cuestión, el servicio de formación en Seguridad Pública, podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior, en todo caso para poder valorar esta posibilidad no puede transcurrir mas de seis meses entre una edición y la siguiente.

La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada en el solo dará lugar a pérdida del derecho al diploma del curso, sino también la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.

4. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y no existir causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

Certificado de superación del curso.

La evaluación será realizada por el/la profesor/a en función de la participación de los/las alumnos/as, y si se considera necesario, un test de conocimientos.

5. Modificaciones e incidentes.

1. La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.

2. La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así ++como resolver todas las contingencias e incidentes que puedan surgir.

3. La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten la organización, gestión y docencia.

A Estrada, 23 de agosto de 2021

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 001_es.pdf

Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Vie, 24 Sep 2021, 05:08
por Auxpol
HECKLER & KOCH SFP9-FX

Sistema de entrenamiento FX
uspsuministros.com
RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2021 por la que se convocan cursos de formación continua en la modalidad de teleformación dirigidos al personal de la seguridad pública de Galicia para el segundo semestre del año 2021.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convocan los cursos de formación continua en la modalidad de teleformación dirigidos a los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 14 de septiembre de 2021

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Destinatarios

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata, en el caso de no hacerlo serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp en un año a contar desde el día siguiente a que se tenga conocimiento del hecho, y en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal, cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Con carácter general, se reservará el 20 % de las plazas convocadas para personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que trabajen en Galicia, pudiendo ser superado dicho porcentaje en el supuesto de quedar plazas vacantes.

Asimismo, en caso de quedar plazas vacantes, podrán acceder a los cursos convocados a través de esta resolución el personal dependiente de la Agencia Gallega de Emergencias y del Centro integrado de Atención a las Emergencias 112-Galicia.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp reservara la facultad de anular la actividad formativa.

Segunda. Desarrollo de la convocatoria

Desarrollo de la actividad.

Todas las ediciones de los cursos de teleformación y/o formación semipresencial que se convocan en la presente resolución se desarrollarán de la siguiente manera:

• Lugar: a través de la plataforma de formación en línea. Todos los cursos cuentan con una prueba final presencial en la sede de la Agasp.

• Se establecerán sesiones de videoconferencias o clases en directo, de obligada asistencia, solo justificada la ausencia con causa justificada y debidamente documentada.

• Horario: según disposición y necesidad del alumnado, a excepción de las clases programadas por videoconferencia, en directo o presencial en la sede de la Agasp.

• Fecha de comienzo: a partir del 4 de octubre de 2021.

Cuestionarios y tareas: durante el desarrollo de los cursos el alumnado participante deberá realizar una serie de cuestionarios y tareas de acuerdo con un calendario de presentación; la no realización de alguno en el plazo establecido será sancionada con la baja en el curso. En el supuesto de que los ejercicios no consigan un nivel de exigencia mínimo según el criterio del profesor, se hará una primera advertencia al alumnado y, de no atender la indicación, podrá ser dado de baja en el curso.

Los cuestionarios, excepto la prueba presencial final, y la cumplimentación de las tareas se harán a través de la plataforma de formación en línea.

Aquellas actividades recogidas en el anexo cuya modalidad de impartición sea la formación semipresencial, se establecerá en la plataforma de teleformación el horario de las clases presenciales en la Agasp.

Durante las clases presenciales en la Agasp, se tomarán todas las medidas higiénico-sanitarias que garanticen la seguridad de todo el alumnado, y se cancelarán cuando dichas medidas no puedan ser garantizadas, siendo retomadas cuando las circunstancias sanitarias así lo permitan.

Ningún alumno ni alumna acudirá a las clases presenciales de la Agasp con algún síntoma relacionado con la COVID-19, ni habiendo tenido contacto estrecho con alguna persona con resultado positivo en dicha enfermedad.

Terceira. Prueba final

Las pruebas presenciales finales se realizarán en la sede de la Academia Gallega de Seguridad Pública (avenida de la Cultura, s/n, A Estrada, Pontevedra), se notificará la fecha de la misma, con la antelación suficiente, y por lo menos con diez días hábiles de anticipación.

Excepcionalmente y por razones debidamente justificadas que impidan acudir a la prueba en la fecha fijada, se podrá solicitar acudir a la prueba extraordinaria.

Aquellos alumnos que se presenten a la prueba común y no la superen, no tendrán derecho a presentarse a la prueba extraordinaria.

Cuarta. Inscripción

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.gal), no se admitirá otra forma o modelo de solicitud.

b) Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp, mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones, en el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

c) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como la imposibilidad de participar en algún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

d) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

e) En caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberá remitir a la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación: (no será preciso, si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en este caso, deberán comunicarlo en la propia solicitud).

– Profesionales que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años, de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares.

f) Cuando el curso para el que presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria con el objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 22) por correo electrónico (formación.agasp@xunta.gal) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

g) El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 30 de septiembre de 2021.

h) El número máximo de cursos que se pueden solicitar en esta convocatoria se limita a 5.

i) En caso de que una misma persona presente más solicitudes de las permitidas, la Agasp de manera automática elegirá las primeras 5 acciones formativas solicitadas.

Quinta. Criterios de selección del alumnado participante

En el supuesto de no existir criterios específicos en determinados cursos, que se especificarán en el propio anexo, los criterios de selección generales son:

a) Menor número de cursos realizados por el/la alumno/a solicitante en los últimos dos años, según conste en las bases de datos de la academia, y no tener hecho con anterioridad el curso que se convoca.

b) A igual número de cursos tendrá preferencia el alumnado que lleve más tiempo sin participar en las actividades de la academia.

c) Antigüedad.

Se reservarán el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. De no existir suficientes solicitudes de participación de mujeres, las plazas sobrantes acrecentarán las del turno general.

Sexta. Publicación de las relaciones del personal seleccionado

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.es, una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, las personas que resulten seleccionadas tienen el deber de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que comunicaran su imposibilidad de asistencia con por lo menos 48 horas de antelación al inicio de esta. Dicha renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formación.agasp@xunta.gal o por fax al número 886 20 61 22.

Séptima. Derechos y deberes del alumnado participante

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

Octava. Certificado de aprovechamiento

Una vez finalizado el curso y hecha la evaluación correspondiente, se expedirán los certificados de aprovechamiento a los alumnos que cumplan las siguientes exigencias:

• Visualización de los contenidos.

• Superación de los cuestionarios.

• Cumplimentación de las tareas según las exigencias indicadas.

• Asistencia a todas las clases (presencial, en directo por videoconferencia) programadas en cada curso.

• Superación de la prueba presencial final presencial del conjunto del curso.

Novena. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de las actividades para adaptarlas a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir los cursos, ampliar nuevas ediciones de los mismos o suspenderlos temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

En la página web de la Agasp se publicarán todos los datos precisos de las acciones formativas que se convocan en esta resolución.

ANEXO II (Cursos, ver PDF https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 003_es.pdf)

Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Vie, 24 Sep 2021, 05:14
por Auxpol
Camiseta Policia Nacional Goes

militariapiel.es
RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2021 por la que se convocan cursos de formación continua para el personal de los cuerpos de la Policía Local de los ayuntamientos de Galicia.

Aprobado el programa anual de actividades para el año 2021 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector y de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2.b) de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convocan los cursos de formación continua dirigidos a los/las policías locales de Galicia, correspondientes al segundo semestre del año 2021, cuyas bases y características, se especifican en el anexo de esta resolución.

A Estrada, 14 de septiembre de 2021

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO

Bases

Primera. Destinatarios/as

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata. En el caso de no hacerlo, serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp en un año a contar desde el día siguiente a que se tenga conocimiento del hecho y, en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Con carácter general, se reservará el 20 % de las plazas convocadas para personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que trabajen en Galicia, pudiendo ser superado dicho porcentaje en el supuesto de quedar plazas vacantes.

Asimismo, en caso de quedar plazas vacantes, podrá acceder a los cursos convocados a través de esta resolución el personal dependiente de la Agencia Gallega de Emergencias y del Centro Integrado de Atención a las Emergencias 112-Galicia.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp se reservará la facultad de anular la actividad formativa.

Segunda. Solicitudes

1. El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.es) y no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es necesario que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

2. La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normalizado o sean presentadas fuera de plazo.

4. En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberá remitir la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación. No será esto necesario si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en cuyo caso deberán comunicarlo en la propia solicitud.

a) Profesionales que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares.

5. Cuando el curso para el cual presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria al objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por correo electrónico (formación.agasp@xunta.gal) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 14 de octubre de 2021.

7. El número máximo de cursos que se pueden solicitar en esta convocatoria se limita a 5.

En caso de que una misma persona presente más solicitudes de las permitidas, la Agasp, de manera automática, elegirá las primeras 5 acciones formativas solicitadas.

8. No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado, debe renunciar a uno de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas y el/la alumno/a no podrá participar en otro curso durante un año desde que se detecte este hecho.

Tercera. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se indican, sin perjuicio que para cursos específicos se requieran otros diferentes, lo cual se indicará en la ficha de cada acción formativa concreta.

1. Menor número de cursos realizados en la Agasp en los dos últimos años.

2. Por orden de inscripción.

Tendrán preferencia en la selección los/las candidatos/as que estén disfrutando o hubieran disfrutado, en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de la jornada o de una excedencia para el cuidado de familiares, siempre que cumplan con los requisitos objetivos para ser destinatarios del curso.

Además, de conformidad con lo establecido en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, para la igualdad de hombres y mujeres, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas organizadas o financiadas por la Administración pública gallega, se reservará un 50 % de las plazas a mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Cuarta. Admisión

1. La Agasp publicará en su página web la relación de personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas con, al menos, 5 días de antelación al inicio de cada curso.

Los/las alumnos/as seleccionados serán informados de su selección a través del correo electrónico y de mensaje telefónico.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar los ayuntamientos de procedencia todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

2. El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificada o necesidad del servicio, siempre que se acredite documentalmente el hecho alegado por el/la jefe/a del cuerpo de la Policía Local del ayuntamiento en el que trabaje o persona responsable del mismo.

En el caso de cambios de cuadrante o turnos de trabajo, deberán quedar acreditados suficientemente los motivos de los mismos y que se conocieron con posterioridad a la solicitud de inscripción en el curso.

La renuncia debe ser comunicada por escrito a través del modelo que figura en la página web de la Agasp y con una antelación de 3 días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La renuncia no justificada o la no acreditación documental de la causa que la producen supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes 10 cursos que se convoquen por el Servicio de Formación en Seguridad Pública de la Agasp y en las que la persona figurara como posible destinataria de las mismas, sin contar ediciones repetidas, cursos ya realizados y que al menos tengan la misma carga horaria del curso por el que fue penalizado.

Quinta. Asistencia a los cursos

1. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de los cursos.

Durante la realización de los cursos se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.

Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y en ningún caso podrán superar el 10 % de las horas lectivas.

La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho a la expedición del diploma. En el caso de haber una segunda edición del curso en cuestión, el servicio de formación en Seguridad Pública, podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior; en todo caso, para poder valorar esta posibilidad no pueden transcurrir más de seis meses entre una edición y la siguiente.

La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada no solo dará lugar a la pérdida del derecho al diploma del curso sino también a la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.

2. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y no existir causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

Sexta. Certificación

En los cursos de aprovechamiento el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se llevará a cabo al final de los mismos.

Séptima. Desarrollo de los cursos

1. La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.

2. La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así como resolver todas las contingencias e incidencias que puedan surgir.

3. La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a la organización, gestión y docencia.

ANEXO I (Ver cursos en PDF, https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 005_gl.pdf)


RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2021 por la que se convoca un curso oficial de piloto profesional de aeronaves pilotadas por control remoto para las fuerzas y cuerpos de seguridad.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convoca un curso oficial de piloto profesional de aeronaves pilotadas por control remoto para las fuerzas y cuerpos de seguridad cuyas bases y características se especifican en el anexo de esta resolución.

A Estrada, 14 de septiembre de 2021

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Destinatarios

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia y demás personal de la seguridad pública que trabaja en esta comunidad autónoma (Guardia Civil, Policía Nacional y Unidad de la Policía Autonómica) que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata. En el caso de no hacerlo serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp durante un año a contar desde el día siguiente a que se tenga conocimiento del hecho y, en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal, cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp se reservará la facultad de anular la actividad formativa.

Segunda. Desarrollo de la convocatoria

Número de plazas.

20 plazas (10 plazas reservadas para el personal de los cuerpos de la Policía Local, 4 plazas reservadas para el personal de la UPA, 3 plazas reservadas para el personal del Cuerpo Nacional de Policía y 3 plazas reservadas para el personal de la Guardia Civil).

Terceira. Desarrollo de la actividad

El curso se va a desarrollar en la modalidad de semipresencial:

• 54 horas serán a través de la plataforma de formación en línea.

• 1 fin de semana de formación presencial con prácticas de vuelo y examen práctico.

Cuarta. Inscripción

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.gal) y no se admitirá otra forma o modelo de solicitud.

b) Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp, mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

c) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ninguno otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

d) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

e) En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberá remitir a la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación (no será preciso si tal documentación ya obra en poder de la Agasp; en este caso, deberán comunicarlo en la propia solicitud):

– Profesionales que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares.

f) Cuando el curso para el que presenta la solicitud requiera la presentación de documentación complementaria al objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 22) por correo electrónico (formacion.agasp@xunta.gal) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

g) El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 8 de octubre de 2021.

Quinta. Criterios de selección del alumnado participante

Tendrán prioridad en la selección aquellos/as solicitantes que acrediten la existencia de una UAS en su ayuntamiento o destino de procedencia.

En el supuesto de no existir solicitudes en este sentido, los criterios de selección generales son:

a) Menor número de cursos realizados por el/la alumno/a solicitante en los últimos dos años, según conste en las bases de datos de la academia, y no haber realizada con anterioridad el curso que se convoca.

b) A igual número de cursos tendrá preferencia el alumnado que lleve más tiempo sin participar en las actividades de la academia.

c) Antigüedad.

Se reservará el 50 % de las plazas para solicitantes mujeres que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 37.bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres. De no existir suficientes solicitudes de participación de mujeres, las plazas sobrantes acrecentarán las del turno general.

Sexta. Publicación de las relaciones del personal seleccionado

La Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas. Además, para una mayor difusión serán informados de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.

De acuerdo con el establecido en el artículo 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que comuniquen su imposibilidad de asistencia con al menos 48 horas de antelación al inicio de esta. Dicha renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.agasp@xunta.gal

Sexta. Derechos y deberes del alumnado participante

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado por Orden de la Conselleria de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

Octava. Certificado de aprovechamiento

Una vez finalizado el curso y hecha la evaluación correspondiente, se expedirán los certificados de aprovechamiento a los alumnos que cumplan las siguientes exigencias:

• Visualización de los contenidos.

• Superación de los cuestionarios.

• Cumplimentación de las tareas según las exigencias indicadas.

• Realización de las prácticas de vuelo.

• Superación de la prueba presencial final presencial del conjunto del curso.

Novena. Facultades de la Agasp

La Agasp podrá modificar el desarrollo normal de las actividades para adaptarlas a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

La Agasp también podrá suprimir los cursos, ampliar nuevas ediciones de los mismos o suspenderlos temporalmente, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia.

En la página web de la Agasp se publicarán todos los datos precisos de las acciones formativas que se convocan en esta resolución.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 002_es.pdf


Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Vie, 22 Oct 2021, 06:23
por Auxpol
Temario Escala Básica

90 euros. Hacemos envíos a toda España.
joyfepolferes.es
ACADEMIA GALLEGA DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2021 por la que se convocan varias ediciones de los cursos de conducción evasiva y conducción 4x4, dirigidos a miembros de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia y de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.


De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp. se convocan varias ediciones de los cursos de conducción evasiva y conducción 4×4, dirigidas a miembros de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia y de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.

1. Datos de las actividades.

– Conducción evasiva.

Denominación: Conducción evasiva.

Tipo: curso.

Horas lectivas: 12 horas.

Modalidad: presencial.

Objetivo:

• Adquirir conocimientos en maría de conducción evasiva y seguridad.

Contenido:

• Técnica de conducción:

• Posición de conducción.

• Manejo del volante.

• Trazados y trayectorias.

• Adherencia del neumático.

• Uso del freno y acelerador.

• Dinámica de pesos.

• Dinámica del vehículo:

• Subviraje/sobreviraje.

• Conducción de seguridad.

• Maniobras de evasión: su eficacia actual.

– Conducción 4×4.

Denominación: Conducción 4×4.

Tipo: curso.

Horas lectivas: 12 horas.

Modalidad: presencial.

Objetivo:

• Conocer las técnicas básicas de conducción de vehículos tracción 4×4.

• Dominar diversas maniobras de seguridad que pueden ayudar en la conducción.

• Saber como evitar o atacar determinados obstáculos con este tipo de vehículos, explotando todas las posibilidades que ofrecen.

Contenido:

• El vehículo todoterreno. Transferencia de pesos. Centro de gravedad. Adherencia del neumático. Uso del acelerador. Dinámica del 4x4 (ángulo de ataque, salida, ventral, inclinación lateral, vadeo, etc.).

• Técnica de conducción. El uso de la tracción. El uso de la reductora. Bloqueo de diferenciales.

• Maniobras especificas. Ascenso/descenso de pendientes máximas. Cruce de puentes. Paso de crestas. Badenes y zanjas.

• Introducción al autorescate. Tracción, poleas, reenvíos, anclajes seguridad.

2. Destinatarios/as.

Miembros de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia y de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. Solicitudes de participación.

3.1. Personal de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia.

El personal de los cuerpos de Policía Local de los Ayuntamientos de Galicia que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matricula telemática disponible en la página Web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.es), no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones, en el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberán remitir la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación: (no será preciso, si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en este caso, deberán comunicarlo en la propia solicitud).

– Profesionales que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares.

El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 3 de noviembre de 2021.

No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a uno de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas, y el/la alumno/a no podrá participar en otros cursos durante un año desde que se detecte este hecho.

Listado de solicitudes seleccionadas:

El día 8 de noviembre de 2021 la Academia Gallega de Seguridad publicará en el sitio web http://agasp.xunta.es, las solicitudes de participación recibidas que cumplan los requisitos anteriores.

Los/las alumnos/as seleccionados serán informados de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica.

El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas o necesidad del servicio, siempre que se acredite documentalmente el hecho alegado.

En el caso de cambios de cuadrante o turnos de trabajo, deberá quedar acreditado suficientemente los motivos de los mismos y que se conocieron con posterioridad a solicitud de inscripción en el curso.

La renuncia debe ser comunicada por escrito a través del modelo que figura en la página web de la Agasp y con una antelación de 3 días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La renuncia no justificada o la no acreditación documental de la causa que la produce supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes 10 cursos que se convoquen por el servicio de formación en Seguridad Pública de la Agasp y en las que la persona figurara como posible destinataria de las mismas, sin contar ediciones repetidas, cursos ya realizados y que por lo menos tengan la misma carga horaria, del curso por el que fue penalizado.

3.2. Personal de la Unidad de Policía adscrita a la CCAA de Galicia.

Las solicitudes se enviarán directamente a la Jefatura de la UPA, órgano encargado también de la selección del alumnado. Los criterios de selección para cada acción formativa serán los indicados por la Jefatura de la UPA.

4. Desarrollo de los cursos.

4.1. Conducción evasiva (4 ediciones).

La sesión teórica se celebrará en la Agasp conjuntamente para todos los seleccionados a las ediciones el día 12 de noviembre de 9.30 a 13.30 horas.

Las sesiones prácticas tendrán lugar los días 16, 17, 18 y 19 de noviembre respectivamente.

4.2. Conducción 4×4 (2 ediciones).

La sesión teórica se celebrará en la Agasp conjuntamente para todos los seleccionados el día 15 de diciembre de 9.30 a 13.30 horas.

Las sesiones prácticas tendrán lugar los días 15, 16 y 17 de diciembre, respectivamente.

1. Los cursos se realizarán respetando en todo momento las indicaciones de las autoridades sanitarias. El uso de las mascarillas es obligatorio, así como el mantenimiento de la distancia de seguridad, que en todas las acciones formativas que se convocan se garantizará en las instalaciones de la Agasp reduciendo el número de alumnos por curso.

2. Ningún alumno ni alumna seleccionado/a en un curso presencial asistirá al mismo con síntomas asociados a la COVID-19, ni habiendo tenido contacto con una persona diagnosticada como positiva en esta enfermedad en los últimos 14 días anteriores a comenzar dicho curso.

3. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones del curso.

Durante la realización de los cursos se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.

Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y en ningún caso, podrá superar el 10 % de las horas lectivas.

La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho la expedición del diploma, en el caso de haber una segunda edición del curso en cuestión, el servicio de formación en Seguridad Pública podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior. En todo caso para poder valorar esta posibilidad no puede transcurrir más de seis meses entre una edición y la siguiente.

La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada no solo dará lugar a la pérdida del derecho al diploma del curso, sino también a la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.

4. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y no existir causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

Certificado de superación del curso:

La evaluación será realizada por el/la profesor/a en función de la participación de los/las alumnos/as.

5. Modificaciones e incidentes.

1. La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.

2. La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así como resolver todas las contingencias e incidentes que puedan surgir.

3. La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a la organización, gestión y docencia.

A Estrada, 7 de octubre de 2021

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 001_es.pdf

Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Mié, 09 Feb 2022, 06:05
por Auxpol
Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
ACADEMIA GALLEGA DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2022 por la que se convoca un curso de Protocolos y técnicas de intervención dirigido a miembros de los cuerpos y fuerzas de seguridad.


Dentro de las actividades programadas para el año 2022, y conforme a las funciones atribuidas por la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública, se anuncia la convocatoria de un curso de Protocolos y técnicas de intervención, conforme a las siguientes bases:

1. Datos de la actividad.

Denominación: Protocolos y técnicas de intervención.

Tipo: curso.

Horas lectivas: 20 horas.

Modalidad: presencial.

2. Desarrollo de la convocatoria.

Destinatarios/as: personal de los cuerpos y fuerzas de seguridad.

Plazas ofertadas 80 plazas.

Contenidos:

– La patrulla.

– Trabajo en binomios.

– Técnicas especiales de detención.

– Bastón policial extensible.

– Resoluciones policiales ante agresiones con cuchillos.

– Operativa de vehículos.

Materiales: el personal admitido deberá presentarse a este curso provisto de indumentaria deportiva y del siguiente material:

– Lazos y bridas de seguridad.

– Bastón policial.

– Cuchillo simulado.

3. Solicitudes de participación.

a) El personal que desee participar en el curso convocado en esta resolución deberá cumplimentar el formulario de matrícula telemática en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.gal

No se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

b) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

c) Es obligatorio consignar en el formulario de solicitud un número de teléfono móvil y un correo electrónico con el fin de poder realizar las notificaciones necesarias.

d) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente los datos necesarios para realizar el proceso selectivo del alumnado, que no se ajusten al formulario de solicitud o que sean presentadas fuera de plazo.

e) Plazo para la presentación de solicitudes

El plazo de inscripción y presentación de solicitudes de participación finalizará el día 16 de febrero de 2022.

4. Formulario normalizado de solicitud.

a) Los formularios de solicitud a los que se refiere la base anterior serán obtenidos y cumplimentados por la persona solicitante necesariamente a través de la página web de la Academia Gallega de Seguridad Pública, que pueden encontrar en la dirección de internet http://agasp.xunta.gal

b) Para cumplimentar correctamente los formularios de solicitud, en la citada dirección de internet se dispondrá de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes.

c) Los formularios podrán ser obtenidos y cumplimentados hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información, podrán dirigirse a la Agasp a través del número de teléfono 886 20 61 10, del fax 886 20 61 22 o de la dirección de correo electrónico formacion.agasp@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

– Criterios de selección.

a) Menor número de actividades formativas realizadas por el/la alumno/a solicitante en los últimos cinco años, según consten en las bases de datos de la academia.

b) A igual número de actividades tendrá preferencia el alumnado que lleve más tiempo sin participar en las actividades de la academia.

c) Antigüedad.

– Listado de solicitudes seleccionadas.

El día 17 de febrero de 2022 la Academia Gallega de Seguridad Pública publicará en el sitio web.gal las solicitudes de participación que resulten seleccionadas según los criterios de selección mencionados anteriormente.

– Obligaciones de las personas seleccionadas.

Las personas que resulten seleccionadas tienen la obligación de participar en el desarrollo de la actividad, excepto que hubieran comunicado su imposibilidad de asistencia con al menos 48 horas de antelación al inicio de esta. Dicha renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.agasp@xunta.gal

En otro caso serán excluidas automáticamente de la selección para las diez siguientes actividades que se convoquen para las que reúna los requisitos exigidos de participación (artículos 18 y 21 del Reglamento de régimen interior de la Agasp, en relación con el artículo 46 del Decreto 243/2008, de 16 de octubre).

5. Desarrollo de la actividad.

Lugar: sede de la Academia Gallega de Seguridad Pública.

Fechas: 18, 19 y 20 de febrero de 2022.

Certificado de asistencia: al final de la actividad se le entregará un certificado de asistencia a aquellas personas que acrediten su participación continuada en la misma.

6. Derechos y deberes del alumnado participante.

Durante el desarrollo de la actividad al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp, aprobado mediante la Orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 4 de febrero de 2009 (DOG núm. 30, de 12 de febrero).

7. Modificaciones e incidencias.

La Academia Gallega de Seguridad Pública podrá modificar el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.

A Estrada, 25 de enero de 2022

Santiago Villanueva Ávarez
Director de la Escuela Gallega de Seguridad Pública

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 001_es.pdf

Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Mar, 15 Feb 2022, 07:26
por Auxpol

foropolicia.es
ACADEMIA GALLEGA DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2022 por la que se convoca un curso de instructor de tiro y técnico de armamento, dirigido a miembros de la policía local de Galicia.

Aprobado el programa anual de actividades para el año 2022 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector y de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2.b) de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convoca un curso de instructor de tiro/técnico de armamento, de acuerdo con las bases y características siguientes:

1. Datos de la actividad.

Denominación: instructor de tiro y técnico de armamento.

Tipo: curso.

Ediciones: 1.

Horas lectivas: 78.

Modalidad: 20 horas teóricas en línea, 40 horas prácticas en la galería de tiro de la Agasp y 18 horas lectivas impartiendo docencia en el plan de adiestramiento con arma reglamentaria de la Agasp bajo la supervisión del personal instructor de la Agasp.

Objetivos: controlar adecuadamente el estado, uso y mantenimiento de las armas de dotación de cada plantilla.

Establecer y desarrollar los programas de tiro de cada ayuntamiento, según las necesidades de su personal.

Intervenir en la adquisición de la munición para la realización de las prácticas de tiro de cada ayuntamiento.

Adquirir conocimientos sobre el manejo y funcionamiento de las armas orientados a la instrucción de los demás policías.

Contenido:

a) En línea:

1. Normativa sobre armas. Reglamento de armas, concretamente armas prohibidas, clases de armas, licencias e infracciones. Código penal, armas ilegales, principio de legítima defensa. Ley de seguridad ciudadana infracciones con armas de fuego.

2. Usos del arma de fuego, balística interna y externa. Diferentes calibres y balas, puntas de alta deformación semiblindadas y blindadas. Características.

3. Teoría de las armas, semiautomáticas, de repetición y manuales, armas de avancarga y retrocarga. Especial referencia a las armas de caza.

4. Documentación y procedimientos para la compra de armas y municiones por los ayuntamientos.

5. Cajas de seguridad y medidas de seguridad mecánicas para armas.

6. Técnicas de comunicación no verbal e importancia del lenguaje gestual.

b) Parte presencial:

Fechas:

En línea: del 22 de febrero al 22 de marzo de 2022.

En la galería de la Agasp: los días 3, 9, 15, 21 y 28 de marzo. Horario de 10.00 a 14.00 horas y 16.00 a 20.00 horas.

Prácticas reales en los planes de adiestramiento con arma reglamentaria: abril y octubre del año 2022.

Formación individual:

Seguridad en el uso de armas de fuego, en solitario y en grupo.

Uso de los elementos de puntería.

Uso de revólver y pistola.

Empuñamientos, una mano y dos manos.

Fundas, arma y cargadores.

Tiro en seco.

Uso del disparador, doble acción y simple acción.

Cadencias de disparo, distancias de tiro, precisión, media distancia, corta distancia. Cambios de cargador.

Pistola y revólver.

Fuego con una mano, con las dos y mano débil.

Solución de interrupciones.

Disparo en movimiento, hacia delante y atrás, izquierda y derecha y oblicuos. Disparo en pie, rodilla en tierra y tumbado. Disparo desde vehículo.

Disparo en binomio y en grupo de intervención.

Disparo tras parapeto y desde ventana.

Aproximación al objetivo, papel de cada integrante de la patrulla. Función del agente que da seguridad.

c) Formación como formador:

Se instruirá al alumno en diferentes técnicas formativas relacionadas con la formación específica de tiro, incluyendo armas, municiones, fundas y demás equipo individual y de dotación en grupo.

Se instruirá al alumno en técnicas de corrección de errores más habituales durante el disparo.

Se instruirá sobre técnicas de aprendizaje para policías noveles, técnicas avanzadas, utilización del estrés y la competitividad, etc.

Parte de docencia en prácticas.

En los planes de tiro que se realicen en la Agasp durante el año 2022, se instruirá a los policías que participen del plan de tiro, bajo la supervisión de los instructores de la Agasp.

2. Destinatarios/as.

Personal de los cuerpos de policía local de Galicia.

Se abrirá un período de selección previo al curso, con pruebas para seleccionar a los alumnos más adecuados.

Plazas ofertadas:

10 plazas: 8 para miembros de policías de más de 20 funcionarios, 2 para el resto.

3. Solicitudes de participación.

Los ayuntamientos interesados en que sus funcionarios/as obtengan esta habilitación, deben solicitarlo al Servicio de Formación en Seguridad Pública a través del correo electrónico: formacion.agasp@xunta.gal, exponiendo sus necesidades formativas en esta materia junto con el personal que designan para la realización del curso.

Con carácter previo al inicio de este curso, se realizará una prueba de nivel, y la Agasp hará la selección definitiva del alumnado.

4. Desarrollo de la actividad.

1. El Servicio de Formación de la Agasp les comunicará a las personas admitidas la prueba para la admisión al curso el lugar, la fecha y la hora de realización.

2. El curso se realizará en las fechas expuestas con anterioridad, pudiendo sufrir variaciones que serán comunicadas con antelación suficiente al alumnado.

3. El curso se realizará respetando en todo momento las indicaciones de las autoridades sanitarias. El uso de las máscaras es obligatorio, así como el mantenimiento de la distancia de seguridad.

4. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones del curso, se requiere la asistencia para obtener la habilitación de instructor/a de tiro al 100 % de toda la acción formativa.

Durante la realización del curso se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto y podrán realizarse controles de asistencia extraordinarios.

5. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo y no existir causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

A Estrada, 8 de febrero de 2022

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 001_es.pdf

Re: Formación continua FCS Galicia

NotaPublicado: Vie, 11 Mar 2022, 06:22
por Auxpol
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
ACADEMIA GALLEGA DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2022 por la que se convocan varias ediciones de cursos de conducción evasiva dirigidos a miembros de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia y de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.


De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp), se convocan varias ediciones de cursos de conducción evasiva dirigidas a miembros de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia y de la Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.

1. Datos de las actividades.

Conducción evasiva.

Denominación: conducción evasiva.

Tipo: curso.

Horas lectivas: 12 horas.

Modalidad: presencial.

Objetivo.

• Adquirir conocimientos en materia de conducción evasiva y seguridad.

Contenido.

• Técnica de conducción:

• Posición de conducción.

• Manejo del volante.

• Trazados y trayectorias.

• Adherencia del neumático.

• Uso del freno y acelerador.

• Dinámica de pesos.

• Dinámica del vehículo:

• Subviraje/sobreviraje.

• Conducción de seguridad.

• Maniobras de evasión: su eficacia actual.

2. Destinatarios/as.

Miembros de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia y de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. Solicitudes de participación.

3.1. Personal de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia.

El personal de los cuerpos de Policía Local de los ayuntamientos de Galicia que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.gal), no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es necesario que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, con el objeto de posibles comunicaciones, en el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberán remitir la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación: (no será preciso, si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en este caso, deberán comunicarlo en la propia solicitud)

– Profesionales que estén disfrutando o hayan disfrutado en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares

El plazo de presentación de solicitudes será desde las 08.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 22 de marzo de 2022.

No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a un de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas, y el/la alumno/a no podrá participar en otros cursos durante un año desde que se detecte este hecho.

Listado de solicitudes seleccionadas.

El día 24 de marzo de 2022 la Academia Gallega de Seguridad publicará en el sitio web http://agasp.xunta.gal, las solicitudes de participación recibidas que cumplieran los requisitos anteriores.

Los/las alumnos/as seleccionados serán informados de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica.

El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas o necesidad del servicio siempre que se acredite documentalmente el hecho alegado.

En el caso de cambios de cuadrante o turnos de trabajo, deberá quedar acreditado suficientemente los motivos de los mismos y que se conocieron con posterioridad a la solicitud de inscripción en el curso.

La renuncia debe ser comunicada por escrito a través del modelo que figura en la página web de la Agasp y con una antelación de 3 días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La renuncia no justificada o la no acreditación documental de la causa que la produce supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes diez cursos que convoque el servicio de formación en Seguridad Pública de la Agasp y en los que la persona figurase como posible destinataria de los mismos, sin contar ediciones repetidas, cursos ya realizados y que, al menos, tengan la misma carga horaria del curso por lo que fue penalizado.

3.2. Personal de la Unidad de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las solicitudes se enviarán directamente a la Jefatura de la UPA, órgano encargado también de la selección del alumnado. Los criterios de selección para cada acción formativa serán los indicados por la Jefatura de la UPA.

4. Desarrollo de los cursos.

Las sesiones prácticas tendrán lugar en las siguientes fechas:

– Sesión 1 Policía Local: 5 de abril de 2022 (horario mañana y tarde).

– Sesión 2 Policía Local: 6 de abril de 2022 (horario mañana y tarde).

– Sesión esión 3 UPA: 7 de abril de 2022 (horario mañana y tarde).

La sesión teórica se celebrará en la Agasp el día 1 de abril de 2022 conjuntamente para todos los seleccionados a las ediciones anteriores (horario de 9.30 a 13.30 horas).

1. Los cursos se realizarán respetando en todo momento las indicaciones de las autoridades sanitarias, el uso de las mascarillas es obligatorio, así como el mantenimiento de la distancia de seguridad, que en todas las acciones formativas que se convocan se garantizará en las instalaciones de la AGAS reduciendo el número de alumnos por curso.

2. Ningún alumno ni alumna seleccionado/a en un curso presencial asistirá al mismo con síntomas asociados a la COVID-19, ni habiendo tenido contacto con una persona diagnosticada como positiva en esta enfermedad en los últimos 14 días anteriores a comenzar dicho curso.

3. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones del curso.

Durante la realización de los cursos llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.

Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y, en ningún caso, podrá superar el 10 % de las horas lectivas.

La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho la expedición del diploma, en el caso de haber una segunda edición del curso en cuestión, el servicio de formación en Seguridad Pública podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior, en todo caso para poder valorar esta posibilidad no puede transcurrir más de seis meses entre una edición y la siguiente.

La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada en él mismo no solo dará lugar a la pérdida del derecho al diploma del curso, sino también la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.

4. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y no existir causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

Certificado de superación del curso.

La evaluación será realizada por el profesor/a en función de la participación de los/las alumnos/as.

5. Modificaciones e incidencias.

1. La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.

2. La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así como resolve0r todas las contingencias e incidencias que puedan surgir.

3. La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a la organización, gestión y docencia.

A Estrada, 2 de marzo de 2022

Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/20 ... 004_es.pdf