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Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Mar, 25 Jul 2017, 22:38
por SEBASTIÁN
De la revista Armas.es



Restringir la formación externa de las fuerzas del orden: cuando la prohibición suple a la obligación
EUGENIO MARTÍNEZ SALIDO 25 JULIO 2017


Curiosamente en pleno Siglo XXI y en un país del primer mundo surgen noticias como esta:

“La Administración Pública prohíbe a los agente policiales la realización de cursos y prácticas de tiro, en su tiempo libre y costeándolas de su bolsillo, bajo pena de multas y expedientes disciplinarios”.
armas policia formacion 2

Haz click para leer todos los documentos presentados por Netpol.es

Supongo que algún ciudadano que lea esto, quedará al menos un poco sorprendido al extrapolar esta disposición a su vida laboral. Intentará ver como sus jefes le prohíben, en su tiempo libre y de su bolsillo, realizar una formación que redundará en bien de la empresa en la que trabaja. Veamos de donde viene la original idea:

• Con fecha 28 de abril de 2017, dimanante de la Jefatura de Zona de Madrid informa que: ”tiene conocimiento de que está proliferando la oferta de formación privada en tiro policial, con diversos nombres (táctico, defensivo, de combate, enfrentamientos armados, etc.), dirigido especialmente a FFCCs y de las FFAA. Además, se ha obtenido información de diversas fuentes que indican que en ocasiones las actividades de tiro se llevan a cabo con las armas oficiales de los participantes.”

Así mismo, hace hincapié en que “las Intervenciones de Armas controlan estas actividades, e informa que el sistema de formación en tiro policial en la Guardia Civil, está contemplado e impartido a través del Sistema de Intervención Policial (SIO de la jornadas PATIO, que establece la doctrina básica, determina el grado de adiestramiento para dar una respuesta proporcional, congruente y oportuna con técnicas y medios de dotación oficial. Esta formación la efectúa el personal habilitado para ello por la Guardia Civil”.

“Una formación diferente y/o con armas distintas a las de dotación oficial (necesariamente la formación particular tiene que hacerse con armas particulares), aunque se haga por miembros de la FFCCS o de la FFAA puede ser incluso contraria a la establecida por la Guardia Civil, por lo que sus efectos podrían determinar resultados contrarios a lo establecido en la normativa con consecuencias negativas para los actuantes ya sean personas físicas o jurídicas.”
Así mismo con fecha 19 de Mayo de 2017, se suma a este criterio el Cuerpo Nacional de Policía.

Visto desde esta perspectiva podría ser entendible la limitación de estas actividades: TENEMOS CUBIERTA UNA FORMACIÓN DE CALIDAD E INTENSIDAD. Pero el problema es que esto no es cierto: NINGUNO DE LOS CUERPOS Y FUERZAS DE SEGURIDAD EN España (salvo unidades especiales) cumplen con estos criterios.

Intentaremos ser un poco coherentes con lo que realmente se hace en España y basándonos en estadísticas de los diferentes cuerpos y sin entrar a valorar la calidad de la formación, solamente por número de disparos anuales, vemos que el cuerpo que más realiza son:
• Mossos d´Escuadra - 110.

A continuación puede estar el Cuerpo Nacional de Policía, digo puede, porque contempla una horquilla que oscila de 0 a 100 disparos anuales:
• La Policía Foral - 50 cartuchos.
• La Guardia Civil de 20 a 50 disparos.
• La Ertzaintza de 0 a 50.
Y con estas cifras y dos ejercicios máximos de tiro al año (8 horas), pretende la Administración garantizar una formación de calidad y garantía para que los ciudadanos se sientan tranquilos, cuando hay más de 250.000 personas armadas a diario por las calles de nuestras ciudades.

armas policia formacion 3

Visto lo anterior me invaden una serie de cuestiones, desde mi punto de vista lógicas, unas como policía y otras como ciudadano.

1ª ¿A quién se le ocurre la brillante idea de delimitar la capacidad formativa de los policías?

Seguramente debe de tener un peso específico dentro del organigrama para que esta idea prospere.

2º ¿Qué interés tienen estas personas, para prohibir a profesionales una formación extra, pagada de su bolsillo y en sus horas libres?

Personalmente creo que ninguna, tal vez un ego mal entendido que considera que todo lo que viene de fuera y no está bajo su supervisión es malo.

3º Si un día uno de sus policías tiene la desgracia de morir en un enfrentamiento y se demuestra que ha sido por impericia, debido a la falta de formación, ¿Serán capaces de asumir su responsabilidad moral, legal e incluso penal que se derive de sus órdenes?

Tristemente: NO, entonces echarán balones fuera y dirán que fue cosa del Interventor, el subordinado de turno o del sistema, por desgracia estamos acostumbrados en este País a que los responsables nunca paguen las consecuencias de sus acciones.

Señores Jefes, Responsables Políticos, Sindicatos, Asociaciones Profesionales y todos aquellos que tengan capacidad de decisión e influencia en estos temas, les pido que empiece a valorar que debemos remar todos en la misma dirección: FORMACIÓN EN BIEN DE LOS PROPIOS POLICIAS Y DEL CIUDADANO.

No olvidemos que nos encontramos en un NIVEL 4 DE ALERTA TERRORISTA, que nuestros vecinos e incluso nosotros mismos, estamos sufriendo ataques armados e indiscriminados y en vez de preocuparnos por dar garantías a los profesionales y al ciudadano, nos dedicamos a mirarnos el ombligo y comprobar cuanto poder tenemos para impedir que personas, que no están bajo nuestras órdenes, se permitan realizar el trabajo que nosotros no hacemos: FORMAR A NUESTROS POLICÍAS.

Quiero sugerir que se preocupen por dotar a los Agentes de buenas armas, chalecos balísticos, guantes anti-corte, vehículos modernos, fundas anti-hurto y sobre todo una formación ACTUALIZADA, INTENSIVA Y DE GARANTIA.
Si Uds. no pueden por problemas presupuestarios, organizativos, protocolarios u otros, llevar a cabo todo esto, dejen que cada cual mire por su bienestar, su seguridad y la de los suyos y si lo consideran oportuno, puesto que tienen la potestad de hacerlo, comprueben la calidad de la formación externa, eviten el intrusismo profesional en estas cuestiones, legislen en base al sentido común y sobre todo no piensen que SOMOS TONTOS, nadie paga por hacer algo que no le aporta algún beneficio y además siempre se aprenderá algo que ignorábamos y que un día nos puede ser útil.

Señores Jefes ni Uds. están en propiedad del conocimiento absoluto, ni todos los que están en la calle son ignorantes y peligrosos pistoleros.






https://www.armas.es/policial/33522-res ... obligacion

Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Mié, 26 Jul 2017, 09:14
por astartes

Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Mié, 26 Jul 2017, 11:13
por serteco
Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Yo creo que eso es hasta inconstitucional , cada uno en su tiempo libre puede hacer lo le que salga de los ******** siempre que sea legal , lo otro se llama comunismo.

Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Mié, 26 Jul 2017, 23:13
por Bávaro

intervencionpolicial.com
serteco escribió:cada uno en su tiempo libre puede hacer lo le que salga de los ******** siempre que sea legal , lo otro se llama comunismo.


Si, pero con su arma particular, no con la de dotación, que es el kit de la cuestión en este caso, ya que el arma es propiedad de la correspondiente institución.

Por supuesto que lo suyo es practicar con la que se trabaja, así que son ganas de tocar las narices.

Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Jue, 27 Jul 2017, 08:38
por arimaren
Oposiciones Cnp 2013

sector115.es
Yo es que debo ser retrasado pero no entiendo una cosa, si en mi tiempo libre puedo ir armado con mi arma de dotación, puedo comprar 100 cartuchos al año con la guía de ese arma....como no voy a poder practicar tiro en u a galería con ella?



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Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Jue, 27 Jul 2017, 22:38
por SEBASTIÁN
creo que "en teoría" con tu arma oficial , de dotación, no puedes adquirir cartuchería en una armería.Esa compra la tiene que hacer tu Cuerpo Policial con sus correspondientes prácticas sin limitación de cartuchos. Con tu arma particular puedes adquirir 200 cartuchos por año natural . Otra cosa es lo que gastes dentro de un campo de tiro.

La circular de la GC lo que quiere es eludir responsabilidades como el usar cartuchos diferentres a los de dotación o portar el arma con cartucho en recámara y otras técnicas que se enseñan en estos cursos.

Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Dom, 30 Jul 2017, 23:06
por arimaren
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Pues juraría que me dijeron en una armería que con la guía del arma de dotación podía comprar 100 al año...pero hará 4 o 5 años y ya no estoy seguro....

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Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Lun, 31 Jul 2017, 07:38
por chapulin
arimaren escribió:Pues juraría que me dijeron en una armería que con la guía del arma de dotación podía comprar 100 al año...pero hará 4 o 5 años y ya no estoy seguro....

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Son 100 cartuchos anuales por un arma corta guiada
Y en deposito 150 como máximo.
Lo que me extraña es que puedas adquirir cartuchos con una guia del arma de dotación máxime cuando no está a tu nombre

Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Lun, 31 Jul 2017, 10:41
por Bávaro
Botas Policiales Desde 52?

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arimaren escribió:Pues juraría que me dijeron en una armería que con la guía del arma de dotación podía comprar 100 al año...pero hará 4 o 5 años y ya no estoy seguro....


Sería de extranjis......

Re: Restringir la formación externa de las fuerzas del orden

NotaPublicado: Lun, 31 Jul 2017, 10:43
por arimaren
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Pues igual.....ya os digo que no recuerdo bien la conversación pero es lo que tenía en mente....

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