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Allanamiento de morada 2020

NotaPublicado: Mar, 24 Mar 2020, 16:44
por DaniXatu

foropolicia.es
Buenos días. Me estaba viendo un artículo de conceptos jurídicos, y me ha llamado la atención el siguiente:

los supuestos en que un morador no quiera que determinada persona acceda al domicilio pero otro sí. Ante estas situaciones, la inviolabilidad del domicilio debe suponer que prevalece el interés del morador que desea mantener al “visitante” fuera del domicilio. Por ejemplo, imaginemos que en un piso compartido por dos personas, una de ellas invita a un pariente a pasar el fin de semana. Transcurrido un mes, el pariente sigue viviendo en el domicilio, y el segundo morador, harto de convivir con él, le requiere para que abandone la casa. Si el pariente se negara a hacerlo, podría concurrir un delito de allanamiento de morada.


Yo tenía entendido en este caso que al haber entrado la 3.ª persona por un medio lícito, y al haber establecido morada, la única forma de sacarlo es mediante desahucio civil

Re: Allanamiento de morada 2020

NotaPublicado: Jue, 02 Jul 2020, 10:22
por LARRO
Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Buenos días, a mi me gustan bastante estas guías jurídicas, que vienen bastante bien explicadas:

https://guiasjuridicas.wolterskluwer.es ... DUAAAA=WKE

"Para la consumación de este delito es necesario que se den dos circunstancias: La primera, consistente en entrar en una morada ajena con la conciencia y voluntad de querer hacerlo a sabiendas de que su titular no le autoriza. Se trata de una conducta dolosa. El sujeto activo tiene que saber que la morada es ajena y que su titular no le autoriza a entrar; y, por supuesto que este sujeto no tenga ningún título que le legitime a ello. Y, una segunda, consecuencia de la anterior, consiste en que el titular no lo autorice."

A mi entender, en este caso que expones al ser los dos personas quien comparten piso "titulares", y el "visitante" es solo invitado por uno y no por el deseo y la voluntad del otro, que no le autoriza a entrar, si le denunciara podría incurrir en un delito de allanamiento de morada.

Pero una cosa es la teoría, y otra la practica ... el juez con el que des, las pruebas de las que te valgas,...