Compañero, haz lo que creas conveniente, ni más ni menos. Aunque estés en práticas eres portador de un arma propiedad del Estado y posees una licenica A que te autoriza a llevarla. El resto está en tu persona y en tu capacidad para decidir.
Si la portas fuera de servicio y decides utilizarla, te va a pasar lo mismo que a cualquier jurado: genial si decidiste bien, follado si decidiste mal, muerto si decidiste bien pero tuvo más pericia (o suerte) el choro. Al código penal, a la administración de justicia y al malo le da absolutamente igual que lleves en el hombro una raya o un laurel.
Otra cosa es el régimen disciplinario, que para lo que nosotros es un tirón de orejas, suspensión temporal de empleo y sueldo y demás, para ti significa "Bye bye". Pero entiendo que no acabarás borracho en una discoteca y te dejarás la pistola en el baño, ni cosas así.
Es tu decisión compañero, yo de prácticas la llevé alguna que otra vez y ya van a hacer tres años desde que juré. Mi arma siempre ha dormido en casa y actualmente si saco un "hierro" (o polímero) fuera de servicio es mi glock 26 particular mientras mi la HK duerme despiezada. Seguro que en verano acabas hasta las narices de clavarte el martillo en la barriga; además cuidado con las bandoleras que alguno se la ha dejado por ahí y en esa situación si que te viene el régimen disciplinario de Ávila con el colectivo. Tuya es la decisión, la responsabilidad y las consecuencias.
Un saludo y aprende mucho en las prácticas.