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Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Mié, 24 Jun 2020, 11:51
por Haritz
Fundas De Pernera

Para servicios en moto
materialpolicial.com
12border escribió:Existe un Acuerdo relativo a los horarios del 2006, que en su punto 28 recoge que los delitos flagrantes se han de perseguir sin excusa, así que si se trata de un delito de los que somos competentes siempre tendremos la consideración de agente de la autoridad en ese caso. Respecto del caso del parque, el problema es que no se dan los supuestos del delito de contrabando, que al final es el que nos habilita.


Efectivamente, por ahí van los tiros. Tenemos la obligación de perseguir cualquier delito de los que somos competentes en todo momento. Cuando me refería al "desempeño de su misión", hacía referencia seguido a las materias de nuestra competencia porque esa es nuestra "misión", no me refería a únicamente dentro del horario de trabajo. De no hacerlo, podríamos incurrir en una omisión del deber de perseguir el delito.

Las incompatibilidades no creo que sean tanto por la obligación de estar "en actividad permanente" sino por las conflictos de interés que podrían darse.

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Mar, 30 Jun 2020, 11:37
por Papadapulus

intervencionpolicial.com
Muchas gracias por vuestras respuestas. Como siempre, muy útil todo lo que comentáis en este foro!!! :ok: :ok: :ok:

Parece que ya me va quedando un poco mas clara la cosa. Para mí, que no tengo experiencia real en el tema, pues no deja de llenarte de dudas cuando piensas en aplicar a ciertas situaciones los artículos estudiados en la oposición…, y no sabes si intervinieras podrías estar en un “exceso de celo” o lo contrario, con el art. 408CP de omisión. Si a eso le sumas las particularidades que podríamos tener los miembros del SVA, con respecto a otros cuerpos (como art.9 del RD 319/1982 que ya nombrasteis) pues a algunos novatos como a mí, ya nos estalla ya la cabeza, jajaja.

Tema muy interesante, que tal vez merezca tratar en su propio hilo, al igual que las incompatibilidades de los agentes del SVA. (Disculpar si ya existe hilo de estos temas, con respecto al SVA, pero no lo encuentro).

Un saludo!

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Lun, 06 Jul 2020, 10:08
por PapaCharlieEco
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Haritz escribió:
12border escribió:Existe un Acuerdo relativo a los horarios del 2006, que en su punto 28 recoge que los delitos flagrantes se han de perseguir sin excusa, así que si se trata de un delito de los que somos competentes siempre tendremos la consideración de agente de la autoridad en ese caso. Respecto del caso del parque, el problema es que no se dan los supuestos del delito de contrabando, que al final es el que nos habilita.


Efectivamente, por ahí van los tiros. Tenemos la obligación de perseguir cualquier delito de los que somos competentes en todo momento. Cuando me refería al "desempeño de su misión", hacía referencia seguido a las materias de nuestra competencia porque esa es nuestra "misión", no me refería a únicamente dentro del horario de trabajo. De no hacerlo, podríamos incurrir en una omisión del deber de perseguir el delito.

Las incompatibilidades no creo que sean tanto por la obligación de estar "en actividad permanente" sino por las conflictos de interés que podrían darse.


Entonces, para sintetizar:

- Delitos (e infracciones) de contrabando y demás delitos que el SVA tiene por misión perseguir, investigar y reprimir; siempre debemos proceder, se esté o no de servicio. Pudiendo incurrir en el 408 del CP si no se hiciera.
- Resto de delitos, en caso de que sea flagrante, ESTANDO DE SERVICIO, también existe obligación de detener y poner a disposición judicial.
- Resto de delitos, aun flagrantes, FUERA de servicio, como un ciudadano más.

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Lun, 06 Jul 2020, 14:55
por Haritz
PapaCharlieEco escribió:Entonces, para sintetizar:

- Delitos (e infracciones) de contrabando y demás delitos que el SVA tiene por misión perseguir, investigar y reprimir; siempre debemos proceder, se esté o no de servicio. Pudiendo incurrir en el 408 del CP si no se hiciera.
- Resto de delitos, en caso de que sea flagrante, ESTANDO DE SERVICIO, también existe obligación de detener y poner a disposición judicial.
- Resto de delitos, aun flagrantes, FUERA de servicio, como un ciudadano más.


- Delitos (e infracciones) de contrabando y demás delitos que el SVA tiene por misión perseguir, investigar y reprimir; siempre debemos proceder, se esté o no de servicio. Pudiendo incurrir en el 408 del CP si no se hiciera.
-Con el resto de delitos que no sean competencia del SVA no tienes más obligación que cualquier particular, estés o no de servicio, sea o no flagrante. No somos FFCCSE, el orden público no es competencia nuestra.

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Mar, 07 Jul 2020, 00:35
por 12border
Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
En la práctica no te puedo decir Haritz, porque soy de los que están esperando al reconocimiento médico aún, pero al menos en la teoría, la Instrucción 1/96 ( si no me equivoco) recoge que SVA tiene la obligación de perseguir los delitos in flagranti con indepedencia de que Sean o no de su competencia mientras se esté de servicio, el otro día este mismo apunte lo recogió APAYF,, yo personalmente lo desconocía.

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Mar, 07 Jul 2020, 14:01
por Haritz
Pues yo tampoco tenía controlada esa instrucción, ya he aprendido algo más hoy. Pero en la misma se hace una clara diferenciación entre:
- los delitos de contrabando (explica con más detenimiento: identificación de agente, lectura de derechos, apertura de diligencias, plazos para puesta a disposición judicial...)
- resto de delitos flagrantes: "[...] procederán a la detención de los presuntos responsables y su inmediata puesta a disposición judicial en la forma contemplada en los arts. 490 y ss. de la vigente" LECrim. (El art. 490 hace referencia de la detención hecha por cualquier ciudadano, sin diligencias ni traslado a calabozo y debiendo justificarla). Se lo ventila en poco más de un párrafo.

Yo no veo una norma con rango de Ley que me obligue a detener a alguien por un hurto cuando estoy trabajando. Fuera de mis competencias ni soy autoridad ni puedo actuar como policía judicial.

Pero esto es como todo en derecho, opinable hasta que se de el caso y decida el juez.

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Dom, 12 Jul 2020, 08:42
por PapaCharlieEco
Botas Policiales Desde 52?

desenfunda.com
Haritz escribió:[...]

Yo no veo una norma con rango de Ley que me obligue a detener a alguien por un hurto cuando estoy trabajando. Fuera de mis competencias ni soy autoridad ni puedo actuar como policía judicial.

Pero esto es como todo en derecho, opinable hasta que se de el caso y decida el juez.


Corregidme si me equivoco. Estando de servicio sois agentes de la autoridad y actuáis como policía judicial. Por lo tanto esa norma con rango de ley que mentas, Haritz, sería la propia LECRIM, en su artículo 492.
Ahora, fuera de servicio, no tenéis obligación alguna (490 LECRIM), salvo, como ya dije, que podéis portar un arma de fuego y en una situación extrema podéis intervenir para evitar un mal mayor.

¡Un saludo, futuros compañeros!

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Dom, 23 Ago 2020, 13:35
por 12border
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uspsuministros.com
Hola futuros compis, ¿sabéis algo acerca del periodo de formación ? Pese a que agosto iba a ser hábil para nosotros al final nada de nada, al menos oficialmente.

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Dom, 23 Ago 2020, 17:36
por colimbo
Chaleco Tactico Policia

militariapiel.es
12border escribió:Hola futuros compis, ¿sabéis algo acerca del periodo de formación ? Pese a que agosto iba a ser hábil para nosotros al final nada de nada, al menos oficialmente.

Agosto siempre es hábil... hábil para pillarse las vacaciones! Supongo que la lista saldra la primera quincena de septiembre, pero son suposiciones mías, ánimo, la espera desespera.

Re: Convocatoria XIII Promoción Agentes SVA (2019)

NotaPublicado: Dom, 23 Ago 2020, 20:01
por 12border
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joyfepolferes.es
Gracias colimbo!! Si, parece que en agosto ya pinta difícil jajaaj, nos quedaremos con que lo bueno se hace esperar ! :ok: