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Notificación denuncia en casa

NotaPublicado: Mié, 08 Abr 2015, 16:37
por girogar
Buenas tardes,

Estoy mirando un resumen de procedimiento sancionador de tráfico que sigue dos posibles vías: sanción ejecutiva en 30 días, "si leves, graves sin puntos y notificadas al acto", y resolución expresa, "si graves, muy graves con puntos y no notificadas al acto".

¿Cuáles son, entonces, las denuncias que no se notifican en casa antes del período ejecutorio? Son todas las graves con puntos y muy graves, aunque se notifiquen al infractor? O cualquier denuncia notificada al acto ya no se notifica en casa?

Muchas gracias.

Re: Notificación denuncia en casa

NotaPublicado: Jue, 09 Abr 2015, 07:27
por LARRO
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El marco jurídico sobre el que se asienta el procedimiento sancionador y en consecuencia la actuación de La Auxiliar de Recaudación, se contiene principalmente en la siguiente legislación:
RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la LSV y su modificación efectuada por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre.
Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la LSV Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y sus modificaciones.
Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación

Respecto a la Ley de Tráfico, la notificación de denuncia, su articulo 76 lo deja claro y la practica de la notificacion art 77 o 58 y 59 de la LRJ_PAC

por "casa" entiendo se refiere al domicilio

www.dgt.es/Galerias/la.../TEMA_4_Gestio ... rafico.doc le adjunto un enlace por si le pudiera ayudar