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Autorización "suspendida"

NotaPublicado: Mié, 18 Mar 2015, 09:18
por girogar
Gorras Americanas

militariapiel.es
Buenos días,

Cuando la LSV tipifica como infracción grave, en su art. 65, el "conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce", a qué supuestos se refiere exactamente?

Gracias!

Re: Autorización "suspendida"

NotaPublicado: Lun, 23 Mar 2015, 06:07
por Tiris
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Pues, por ejemplo, cuando en una delito por alcoholemia (más de 0,60ml por aire expirado) el juez le impone una sanción de retirada de carné durante un año al conductor. En ese período de tiempo y en ese caso, la autorización administrativa para conducir vehículos de hasta 3.500 kg, es decir el B, está suspendida.

El artículo que mencionas se refiere a conducir un vehículo para el cual es necesario esa autorización administrativa o carné, durante el período en que está suspendido.

Re: Autorización "suspendida"

NotaPublicado: Lun, 23 Mar 2015, 20:46
por trewa
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Hola, según mi parecer y sin ánimo de entrar en debate, el ejemplo expuesto no sería válido completamente, y lo digo porque en caso de que condujera durante el periodo de privación del PNC por resolución judicial derivado de un delito por alcoholemia positiva, supondría un segundo delito esta vez penado en el art. 384 del C.P y no una infracción administrativa como expone el compañero girogar.

Yo por ejemplo expondría el supuesto recogido en la LSV, Artículo 63 Declaración de nulidad o lesividad y pérdida de vigencia.
4. La Administración podrá declarar la pérdida de vigencia de las autorizaciones reguladas en este Título cuando se acredite la desaparición de los requisitos sobre conocimientos, habilidades o aptitudes psicofísicas exigidas para el otorgamiento de la autorización.
Para acordar la pérdida de vigencia, la Administración deberá notificar al interesado la presunta carencia del requisito exigido, a quien se le concederá la facultad de acreditar su existencia en la forma y plazos que reglamentariamente se determinen.

Re: Autorización "suspendida"

NotaPublicado: Jue, 26 Mar 2015, 07:40
por girogar

foropolicia.es
Perfecto!! Dudaba precisamente por eso, porque entendía que si la "suspensión" era por resolución judicial, entonces no podría proceder la infracción administrativa al tratarse de infracción penal. Creo que el ejemplo de trewa ilustra bien una posible situación en que se podría dar la infracción administrativa solamente.

Muchas gracias a los dos.

Un saludo!

Re: Autorización "suspendida"

NotaPublicado: Jue, 26 Mar 2015, 10:08
por Tiris