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Hola, ¿perdona de donde sacaste esa pregunta?
Es que soy gallego y ya sabes que nosotros contestamos siempre con otra pregunta,
, mira esa pregunta tuve que impugnarla en dos ocasiones en el mismo ayuntamiento, la primera vez me la desestimaron, la segunda vez, un año después, me la estimaron.
Bueno pues dicho ayuntamiento considera que sí que es inferior, yo opino que no, ya que el artículo 1 de la LRBRL iguala la autonomía que tienen municipios, provincias e islas:
"Artículo 1.
1. Los Municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades.
2. La Provincia y, en su caso, la Isla gozan, asimismo, de idéntica autonomía para la gestión de los intereses respectivos."No se puede confundir autonomía con tener mas o menos competencias sobre la materia o el territorio, si no sobre la capacidad de actuar del ente local, los primeros artículos de la LRBRL otorgan a los 3 entes locales (municipio, provincia e isla) idénticas prerrogativas y capacidades.
Tampoco se puede interpretar la injerencia que pueden realizar la administración del estado y de las comunidades sobre algunas actuaciones de los entes locales, ya que tales injerencias son formas de control para verificar que la actuación del ente local se ajusta a la legalidad en pro del interés general (por ejemplo
adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de una obligación a costa y en sustitución de la Entidad local por parte de la administración estatal o autonómica).
Ni la constitución, ni la LRBRL dice explícitamente, ni siquiera da a entender que la autonomía de la provincia es menor que la de los ayuntamientos.
Así pues el municipio y provincia tienen la misma autonomía, y me preocupa mucho que algún libro de test diga lo contrario.