Página 1 de 1

Competencia sancionadora

NotaPublicado: Mar, 29 Jun 2021, 22:20
por jawbreaker
Buenas noches. Una pregunta
Las infracciones al estado de los neumáticos, ¿las denunciais a JPT por condición técnica o las remitís al Ayuntamiento?
Es una simple curiosidad. He visto los dos tipos de denuncias, remitidas a las dos autoridades sancionadoras en distintos Ayuntamientos. Gracias.

Re: Competencia sancionadora

NotaPublicado: Mié, 30 Jun 2021, 17:33
por SEBASTIÁN
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Solo se deben denunciar en zona urbana ante el Ayuntamiento. En interurbana ante la DGT solo como denuncia voluntaria ( que con la firma de dos agentes y un par de fotos del neumático con la galga de medir va a misa ) .Pero en este último caso yo solo denunciaría los casos extremos.

Re: Competencia sancionadora

NotaPublicado: Mié, 30 Jun 2021, 22:22
por jawbreaker
Gama De Productos Anticorte

La proteccion ideal
materialpolicial.com
Quizá no me expliqué bien. Preguntaba a policía local si ellos las condiciones técnicas por mal estado de neumáticos lo denuncian a Alcalde o a JPT. Yo entendía que esa infracción en casco urbano dera competencia de JPT

Re: Competencia sancionadora

NotaPublicado: Dom, 04 Jul 2021, 18:46
por SEBASTIÁN

intervencionpolicial.com
Perdona , te explicaste bien pero yo no lo entendí en su momento . Evidentemente el estado defectuoso de los neumáticos está regulado en el Reglamento de Vehículos y se debe denunciar con boletín de DGT ante esta Autoridad que es la única competente para sancionar.