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Policía Local compartida en Valencia

NotaPublicado: Jue, 19 Ene 2017, 21:32
por SEBASTIÁN
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La nueva ley avala que los municipios se unan para compartir Policía Local

Varios policías locales participan en un control de tráfico a motocicletas. JOSÉ CUÉLLAR

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El texto normativo que prepara la Agencia Valenciana de Seguridad da cobertura jurídica a la reivindicación histórica de los ayuntamientosEl documento incorpora una prueba de capacitación para los aspirantes a agentes
CRISTÓBAL TOLEDOValencia@_ctoledo_
DIEGO A. SAN JOSÉValencia@DiegoAit
19/01/2017 07:35La nueva Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad dará cobijo finalmente a una de las reivindicaciones históricas de los ayuntamientos valencianos (y más en tiempo de escasez de recursos): la posibilidad de que varios municipios se alíen para prestar conjuntamente el servicio de la Policía Local. El texto, que pasará en breve por el pleno del Consell, introduce la figura del «asociacionismo» entre municipios para dar amparo jurídico a que los consistorios compartan recursos policiales y abaraten así su coste. Hasta la fecha, algunos ayuntamientos habían tratado de implantar el sistema por su cuenta, pero sin la cobertura legal autonómica sus iniciativas no terminaban de arrancar. Ahora, con la nueva ley, que sustituye a la aprobada en 1999, no sólo los consistorios podrán asociarse para compartir la Policía Local sino que también tendrán a su disposición convenios de colaboración para la prestación puntual de servicios, algo que ya funcionaba de manera alegal en algunos municipios de pequeño tamaño. Para la configuración del nuevo texto normativo, la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, dirigida por José María Ángel, ha contado con una gran participación tanto de ayuntamientos como de sindicatos, asociaciones profesionales y profesores de derecho para fundamentar jurídicamente los nuevos conceptos introducidos. La nueva ley establece como órganos de coordinación de las policías locales valencianas al Consell, la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, la Comisión de Coordinación de Policías Locales y un ente de nueva creación: los consejos supramunicipales de coordinación de policías locales. Se tratará de órganos colegiados de consulta y asesoramiento de ámbitos territoriales con problemáticas comunes de seguridad en el que se integrarán representantes de la Agencia, de los ayuntamientos y de las direcciones de policía.
Igualmente, se constituye el Comité de Ética y Transparencia como órgano consultivo de control y supervisión de la actividad policial «que resalte el prestigio profesional de los policías locales y las buenas prácticas en su actuación».Un nuevo modeloLa redacción de la nueva ley pretende aproximar el funcionamiento de la Policía Local a la situación actual de los municipios, con un sentido territorial más amplio que el que dibuja el actual marco normativo.Como novedad, en la ley se establece también un nuevo papel al Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (Ivaspe). De hecho, este ente será el encargado de realizar una nueva fase previa en la selección de funcionarios de policía. Así, además de las pruebas físicas y psíquicas con carácter general en toda la Comunidad, se incluye una nueva fase previa de capacitación. Todos los candidatos tendrán que superarla incluso antes de presentarse a las convocatorias de los Ayuntamientos.
Una reserva del 30% de las plazas para las mujeres
La nueva Ley que está desarrollando la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias contempla un impulso específico para la incorporación de la mujer a los cuerpos de la Policía Local de la Comunidad. Así, el documento establece una reserva de un 30% de las convocatorias «hasta que se consiga una composición equilibrada». Además, incide el texto, se contemplan los planes de igualdad garantizando la ausencia de discriminación bien directa o indirecta por razón de sexo y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil. Otra de las novedades que se incluyen en la ley es la creación de un Observatorio de Seguridad de la Comunidad Valenciana, un órgano en el que participarán las diferentes administraciones «con competencias en seguridad en todo el territorio como ente consultivo, deliberante, de análisis, estudio, asesoramiento y prospectiva en materias relacionadas con la seguridad en sus múltiples vertientes». El documento que aprobará en breve el Consell se compatibilizará con otro nuevo marco normativo, el de las Mancomunidades, que también facilitará que estas administraciones supramunicipales puedan asumir también funciones en materia de seguridad. Ambas leyes se complementarán para permitir la prestación conjunta del servicio de Policía Local entre varios ayuntamientos bien a través de acuerdos singulares entre consistorios o bien mediante la prestación del servicio desde la mancomunidad. La Ley de las Mancomunidades ya comenzó su tramitación tras pasar por el Consell.








http://www.elmundo.es/comunidad-valenci ... b45da.html

Re: Policía Local compartida en Valencia

NotaPublicado: Sab, 21 Ene 2017, 14:05
por alvarocnp
CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
Tiene buena pinta ,aunque lo de reservar un 30% de las plazas por ser de un sexo determinado no me convence... Giliprogresismo.
Que entre el mejor, no por tener un sexo u otro

Re: Policía Local compartida en Valencia

NotaPublicado: Sab, 21 Ene 2017, 23:33
por SEBASTIÁN

foropolicia.es
Lo del 30% para mujeres lo tirará abajo el Constitucional . Hay otras maneras de facilitar esa incorporación como modificar las pruebas físicas y la altura mínima.

Re: Policía Local compartida en Valencia

NotaPublicado: Jue, 04 Ene 2018, 06:56
por Auxpol
Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Publicada hoy en el BOE la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.

.......
CAPÍTULO III
Asociación y colaboración de municipios

Artículo 35. Asociación de municipios.

1. En el marco de lo establecido en la normativa orgánica de fuerzas y cuerpos de seguridad, los municipios podrán asociarse para la prestación conjunta del servicio de Policía Local con arreglo a lo previsto para las fórmulas asociativas municipales en la legislación de régimen local de la Comunitat Valenciana.

2. Los convenios interadministrativos y los estatutos de las mancomunidades a través de los cuales se instrumente, en cada caso, la asociación, deberán contemplar todos los aspectos relativos al régimen jurídico y financiero para el ejercicio de las funciones asociadas.

3. La competencia para autorizar la asociación para la prestación de servicios de Policía Local corresponde a la persona titular del órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad, previo informe del Gabinete Técnico de Coordinación de Policías Locales de la Comunitat Valenciana, junto con las autorizaciones pertinentes de acuerdo con la normativa aplicable en la materia.

4. Reglamentariamente se desarrollarán los requisitos y el régimen jurídico de las asociaciones de municipios.

5. Los municipios integrados en consejos supramunicipales de coordinación de policías locales, o en mancomunidades de municipios, podrán suscribir convenios específicos para la planificación y coordinación de sus recursos de Policía Local.

6. Será requisito previo para la suscripción de convenios la negociación de las cuestiones relativas al personal, en la mesa general de negociación de cada uno de los municipios integrados.

Artículo 36. Prestación puntual de servicios por convenio.

1. Los municipios que, por especiales circunstancias, tengan sobrecarga de servicios policiales en determinadas épocas del año que no requieran un aumento permanente de sus plantillas de Policía Local, podrán reforzarlas temporalmente, de acuerdo con sus previsiones presupuestarias, mediante convenios de colaboración con otros municipios, con el fin de que policías locales de estos puedan actuar por un tiempo determinado, en comisión de servicio, en el término del municipio solicitante y bajo la autoridad de los órganos competentes de este.

2. La mesa general de negociación de cada uno de los municipios afectados tendrá conocimiento del alcance del convenio, del tiempo de vigencia del mismo, del número de personas afectadas, del sistema de selección de candidatos y candidatas y de las indemnizaciones que vayan a establecerse.

3. Dicha prestación puntual de servicios deberá ser aceptada voluntariamente por las personas afectadas, y su realización conllevará el derecho a percibir las indemnizaciones que en el convenio se establezcan.

4. En ningún caso la persona podrá ver lesionados sus derechos a permisos, vacaciones y demás derechos que tenga reconocidos en la entidad local de procedencia.

5. Los convenios de colaboración deberán ser comunicados al órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad, al que corresponde, asimismo, el establecimiento de un modelo de convenio marco.

6. Reglamentariamente se definirán el marco jurídico y los términos de cómo se podrá realizar la prestación puntual de servicios.


..............


Disposición transitoria séptima. Medidas correctoras de la desigualdad de género en los cuerpos de Policía Local.

1. Con el fin de conseguir una composición equilibrada en las plantillas de Policía Local de la Comunitat Valenciana entre hombres y mujeres, se establecerán las acciones positivas previstas en la normativa de igualdad de género a través de los propios planes de igualdad. Para ello, los municipios en los que el número de mujeres no alcance el 40 % de la plantilla de Policía Local, y hasta que se alcance el citado porcentaje, en las convocatorias para la escala básica se establece una reserva del 30 % de las plazas para mujeres.

2. Si, alcanzado este objetivo, se evidenciara que perdura la desproporción en el resto de las escalas, podrá regularse reglamentariamente la adopción de nuevas medidas de acción positiva en los procesos de selección que se convoquen.


http://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-98

Re: Policía Local compartida en Valencia

NotaPublicado: Mar, 13 Feb 2018, 11:55
por Hogueras con sidra
SEBASTIÁN escribió:Lo del 30% para mujeres lo tirará abajo el Constitucional . Hay otras maneras de facilitar esa incorporación como modificar las pruebas físicas y la altura mínima.

Si no me confundo, en la Comunidad Valenciana la estatura requerida es diferente según el sexo y las pruebas físicas, aunque son las mismas, las marcas tienen distinto baremo según el sexo.
Pero estas diferencias en las pruebas, que llevan más de 10 años, no han logrado que haya un porcentaje adecuado de mujeres en los cuerpos de PL de la comunidad.
Desconozco si hay personas o colectivos en llevar el asunto al TC, pero para eso están los juzgados.
Si no hay tantas mujeres en las PLs de la CV o en el resto de cuerpos policiales de España, no creo que sea por las físicas, que superan un porcentaje elevada de las opositoras que se presentan, por lo menos en las oposiciones de PL que yo he visto y en el CNP.
A mi no me gustan estas distinciones, creo que todos los policías debemos pasar las mismas pruebas físicas y con las mismas marcas mínimas, sin baremar la nota para evitar perjuicios graves, pues los policías, sean del sexo que sea, tienen que repeler las mismas agresiones y superar los mismos obstáculos en la calle, sin que se baje un muro o el delincuente corra menos si es una mujer policía la que lo tenga que saltar o perseguir.
También pienso que los puestos de trabajo donde sea preciso unas condiciones físicas más exigentes, deben tener sus propias pruebas físicas para acceder a los mismos, con sus revalidas y con unas condiciones económicas o de otro tipo que los hagan atractivos y se consiga tener y mantener el personal adecuado, esto lo hay en algunos puestos y en algunos cuerpos policiales. También deberían realizar pruebas de conocimientos para otros puestos comunes, para seleccionar mejor al personal, con condiciones que también los hagan de interés.

Re: Policía Local compartida en Valencia

NotaPublicado: Mar, 13 Feb 2018, 11:58
por Hogueras con sidra
Respecto a compartir PL entre varios municipios, me parece una forma de que municipios pequeños tengan PL, siempre que se tenga un número adecuado de personal para poder dar servicio las 24 horas del día los 365 días del año, aunque cada caso será muy particular para poder hacer una valoración.