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Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones de PL

NotaPublicado: Jue, 29 May 2014, 19:00
por CNP2008
Temario Escala Básica

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Ordenanzas, tráfico y prevención, principales funciones de los policías locales

La función de las policías locales es la misma en toda España. Al menos sobre el papel, ya que luego hay diferencias según el municipio al que pertenecen. En teoría, todas comparten una serie de competencias, que están detalladas en el artículo 53 de la Ley 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Pero luego cada consistorio desarrolla más unas u otras en función del tamaño de la localidad, de los convenios que firme con otros organismos e incluso de los recursos económicos de que disponga.

Por ejemplo, la citada norma marco les permite participar en tareas de Policía Judicial, un aspecto poco o nada desarrollado en la mayoría de corporaciones locales. La Policía Municipal de Madrid, por ejemplo, firmó un convenio con el Decanato de los Jueces y lleva a cabo estas labores desde hace años. Sin embargo, se trata de una actividad muy restringida en los juzgados.

El anterior alcalde de la corporación, Alberto Ruiz Gallardón, rubricó un protocolo de actuación con el Ministerio del Interior para incrementar estas competencias en detrimento de la Policía Nacional. Sin embargo, nunca se le pusieron patas y el desarrollo de la Policía Judicial madrileña continúa estancado. La Guardia Urbana de Barcelona, por su parte, está formando a agentes para la investigación de delitos menores judicializados. También la de Bilbao realiza estas labores.

Madrid también ha firmado convenios para la realización de atestados de tráfico, peritajes caligráficos o accidentes laborales. Otros cuerpos, como Valencia o la propia capital de España, disponen de unidades especializadas en medio ambiente. Por su parte, Zaragoza, Granada, Barcelona o Madrid cuentan también con grupos centrados en el control de masas o grandes manifestaciones.

Según la Ley 2/1986, los policías locales deben proteger a las autoridades y edificios del Ayuntamiento, dirigir el tráfico en el casco urbano, instruir atestados por accidentes, hacer cumplir normas municipales (ordenanzas), participar en labores judiciales, auxiliar en caso de accidentes, prevenir actos delictivos, vigilar espacios públicos y colaborar con Policía y cuerpos autonómicos para mantener el orden en grandes concentraciones.

En la práctica, depende de la autoridad política que estas tareas se lleven a cabo con más o menos profundidad. De hecho, una de las actuaciones más habituales que realizan los policías locales es la de reforzar las zonas turísticas, donde los agentes canalizan las necesidades de los ciudadanos que vienen de otras ciudades o países (denuncias, preguntas) o simplemente incrementan la sensación de seguridad, actividad más extendida en las ciudades que reciben más visitantes.

Los controles de alcoholemia, las inspecciones de establecimientos, la presencia en puestos de alta visibilidad que incrementen la sensación de seguridad, la vigilancia del menudeo de droga, el tráfico, el control de los botellones, la venta ambulante o la formación vial en los colegios son otras de las tareas más frecuentes realizadas por las fuerzas de seguridad locales.

Fuente: http://www.seguridadytribunales.es/policia-municipal/ordenanzas-trafico-y-prevencion-principales-funciones-de-los-policias-locales/4379

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Jue, 29 May 2014, 22:51
por prodigo
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Hola, documento pobre que busca crear polémica y tirar mierda a los compañeros. No es tan fácil y no es la única norma que nos atribuye competencias. Así que ante información sesgada, respuestas rotundas.
MENTIRA.
un salu2

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Mié, 04 Jun 2014, 09:07
por MANGOURAS

foropolicia.es
prodigo escribió:Hola, documento pobre que busca crear polémica y tirar mierda a los compañeros. No es tan fácil y no es la única norma que nos atribuye competencias. Así que ante información sesgada, respuestas rotundas.
MENTIRA.
un salu2



De documento pobre nada...más bien una realidad objetiva.

Acaso las Pls...tienen las mismas competencias a nivel Estado,que el CNP y la GC.
Con la particularidad que la competencia de la PL,se circunscribe al Ayuntamiento de pertenencia guste o no.
Y por otra parte no nos olvidemos,que la PL,la componen miles de Cuerpos en España,y perfectamente diferenciados entre si...o acaso la PL,de Villamangas del Norte,tiene algo que ver ejemplo con la PL,de Sevilla.

Saludos.

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Mié, 04 Jun 2014, 09:33
por revisor.pl
Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Hola buenas compañeros, el tema de este foro no es: somos policias, somos compañeros.

Entonces dejaos de competencias, todos trabajamos unidos con un mismo objetivo, cada uno en sus competencias, pero unidos y en colavoracion.

Saludos compañero

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Jue, 05 Jun 2014, 03:34
por PolCyL
Es lógico que esas sean las principales funciones (tráfico y ordenanzas) de las PPLL de España dado que son funciones exclusivas que no pueden ser realizadas por otros cuerpos que operen en el mismo municipio.

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Jue, 05 Jun 2014, 13:57
por orion14
MANGOURAS escribió:De documento pobre nada...más bien una realidad objetiva.

Acaso las Pls...tienen las mismas competencias a nivel Estado,que el CNP y la GC.
Con la particularidad que la competencia de la PL,se circunscribe al Ayuntamiento de pertenencia guste o no.
Y por otra parte no nos olvidemos,que la PL,la componen miles de Cuerpos en España,y perfectamente diferenciados entre si...o acaso la PL,de Villamangas del Norte,tiene algo que ver ejemplo con la PL,de Sevilla.

Saludos.


No se para que te cambiaste el nick. Aparte de ser un documento pobre que no se ajusta a la realidad normativa se ve que sigues anclado. Estudia mas ;) y dejate de sembrar tanta discordia y menospreciar tanto en el foro que asi no aumentara la envidia esa que te corroe.

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Jue, 05 Jun 2014, 14:17
por MANGOURAS
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
orion14 escribió:
MANGOURAS escribió:De documento pobre nada...más bien una realidad objetiva.

Acaso las Pls...tienen las mismas competencias a nivel Estado,que el CNP y la GC.
Con la particularidad que la competencia de la PL,se circunscribe al Ayuntamiento de pertenencia guste o no.
Y por otra parte no nos olvidemos,que la PL,la componen miles de Cuerpos en España,y perfectamente diferenciados entre si...o acaso la PL,de Villamangas del Norte,tiene algo que ver ejemplo con la PL,de Sevilla.

Saludos.


No se para que te cambiaste el nick. Aparte de ser un documento pobre que no se ajusta a la realidad normativa se ve que sigues anclado. Estudia mas ;) y dejate de sembrar tanta discordia y menospreciar tanto en el foro que asi no aumentara la envidia esa que te corroe.



Precocupese de lo suyo...y por otra parte envidia de ¿Que?.
No creo que tenga que opinar lo que a Vd.,le guste???

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Jue, 05 Jun 2014, 14:30
por orion14
Guante Corte-trauma

Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
Te podria dar muuuuchas razones de tu envidia a tenor de tus comentarios en el foro antiguo con tus otros nicks pero me conformo con seguir leyendo tus "acertados y constructivos" comentarios. Son ejemplo de tu compañerismo ;3

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Jue, 05 Jun 2014, 14:54
por Prest0

intervencionpolicial.com
No se si ayuda para algo, pero es lo que viene en la 2/86, copiado tal cual de mis TTP´s con respecto a las FCSE, actualizado a agosto de 2013.
Artículo 53

1. Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:

a) Proteger a las autoridades de las Corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
b) Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
c) Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
d) Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
e) Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
f) La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
g) Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
h) Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
i) Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

2. Las actuaciones que practiquen los Cuerpos de Policía Local en el ejercicio de las funciones previstas en los apartados c) y g) precedentes deberán ser comunicadas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado competentes.

3. En los municipios de gran población y en las Ciudades con Estatuto de Autonomía podrá asignarse, por el Pleno de la Corporación o por sus respectivas Asambleas, al ejercicio exclusivo de las funciones previstas en el párrafo b) del apartado 1 a parte de los funcionarios pertenecientes a las mismas, que tendrán la consideración de agentes de la autoridad, subordinados a los miembros de los respectivos Cuerpos de Policía Local, sin integrarse en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de manera que ello no comporte un incremento en el número de efectivos ni en los costes de personal. Ir a Norma modificadora Párrafo primero del número 3 del artículo 53 redactado por la disposición final primera de la L.O. 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público («B.O.E.» 21 diciembre).Vigencia: 22 diciembre 2013

Los funcionarios integrantes de los Cuerpos referidos en el párrafo anterior se regirán por las normas contenidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y las demás normas que se dicten en desarrollo y aplicación de la misma.
Ir a Norma modificadora Número 3 del artículo 53 introducido por la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial («B.O.E.» 26 diciembre).Vigencia: 15 enero 2004
Salutenss!!

Re: Ordenanzas,tráfico y prevención, principales funciones d

NotaPublicado: Jue, 05 Jun 2014, 15:59
por MANGOURAS
Academia Acceso Cnp

sector115.es
Si...Si todo muy bien...pero esas competencias ajustadas a norma,las puede llevar a la práctica la PL...ejemplo de Villamangas del Norte,la cual se compone de 5 miembros de PL.
Porque reitero Vds...siempre se refieren a la PL,como un Cuerpo unitario Y NO LO SON????...son miles de Cuerpos diferenciados entre SI,y dependientes del Ayuntamiento de turno...no se confundan ni pretendan confundir al respetable???

PD...Y conste que no tengo nada contra la PL,como parece dejar entrever alguno???
Simplemente doy mi opinión particular???

Acaso alguien duda de que la PL,ejemplo de Sevilla...sea igual que la del Ayuntamiento de Aguila Fuente.??...esto viene a cuento porque cuando se refieren a la PL...lo hacen genérico,y son Cuerpos diferenciados y totalmente distintos,y el tema competencial...entiendo que se refiere a la PL,del respectivo Ayuntamiento.


Saludos.