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Detener o no detener

NotaPublicado: Vie, 30 Oct 2015, 19:50
por ATIS
Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
Buenas compañeros. Quisiera saber cuál es vuestra opinión a tenor de la noticia siguiente
http://www.20minutos.es/deportes/notici ... Mobile-web

En ella no habla de detención en ningún momento. Me gustaría saber cuál es vuestra opinión sobre el tema ya que en el restringido del cnp pensamos que es viable la detención. Un saludo y espero vuestras respuestas


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Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Vie, 30 Oct 2015, 21:12
por chapulin
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
ATIS escribió:Buenas compañeros. Quisiera saber cuál es vuestra opinión a tenor de la noticia siguiente
http://www.20minutos.es/deportes/notici ... Mobile-web

En ella no habla de detención en ningún momento. Me gustaría saber cuál es vuestra opinión sobre el tema ya que en el restringido del cnp pensamos que es viable la detención. Un saludo y espero vuestras respuestas


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Segun el cuerpo actuantese actua de una manera o de otra...
¿Pero lo detienes para hacer las diligencias y posteriormente dejarlo en libertad? Porque para eso haces lo que hace la ATGC que es instruir como imputado y citacion para JRSD

Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Vie, 30 Oct 2015, 21:16
por ATIS

foropolicia.es
Pero lo detienes?? Esa es mi pregunta, aunque luego lo pongas en libertad, vamos un mete saca


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Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Vie, 30 Oct 2015, 22:01
por SEBASTIÁN
Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Con los criterios que tienen los Jueces y Fiscales más bien no ( si es que hay un criterio uniforme en Madrid con la cantidad de Juzgados de Instrucción que hay ). No se detuvo a la Aguirre y a Benzemá si . ¿ hay riesgo de fuga, ? ¿ la pena es alta , mayor de tres años ? ¿ hay riesgo de destrucción de pruebas ' ¿ se crea alarma social ? ¿ el Instructor de la Comisaria de PN aceptará esa detención ? . Con la nueva normativa de la Lecrim estaría bien detenerlo pasándolo a dependencias de PMM , y teniendo en cuenta que el abogado tiene tres horas para presentarse , después de tomarle declaración le dejas en libertad . Así actuaría yo.

Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Vie, 30 Oct 2015, 23:45
por chapulin
ATIS escribió:Pero lo detienes?? Esa es mi pregunta, aunque luego lo pongas en libertad, vamos un mete saca


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Yo estoy en la GC y en ella no se detiene por delitos contra la SV salvo casos muy graves; se imputa y cita in situ

Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Sab, 31 Oct 2015, 07:16
por prodigo
Hola, este tema es para debatir largo y tendido, ya que hay mas miga de lo que parece. Resumamos. ¿Tiene retirado el pnc frances por las autoridades francesas?, si es sí, estaría cometiendo infracción administrativa, si es no, a partir de enero, tampoco podría conducir.
La noticia habla de condena penal en 2013, supongo que ya estará cumplida, pero.... ha realizado curso de reeducación?, o acaso al tener permiso francés y no tener el español, esta exento???. Esto sería un gran agravio contra los residentes con permiso español.
Lo dicho, antes de poder hablar hay que valorar muchas otras cosas, que no se cuentan en la noticia y que es practica operativa.
Y ahora vamos a lo general. Los DSV siempre han sido delitos de tercera categoría. Dependiendo del cuerpo policial, y los acuerdos con las juntas locales de seguridad, se les detiene y se les reseña, o simplemente se les da citación in situ para JR. Es decir ante un mismo hecho, en una misma provincia, dependiendo de acuerdos puntuales de JLS, puedo ser detenido y reseñado, o simplemente citado para juicio rápido. Españistan.
Un salu2

Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Sab, 31 Oct 2015, 10:23
por chapulin
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
prodigo escribió:Hola, este tema es para debatir largo y tendido, ya que hay mas miga de lo que parece. Resumamos. ¿Tiene retirado el pnc frances por las autoridades francesas?, si es sí, estaría cometiendo infracción administrativa, si es no, a partir de enero, tampoco podría conducir.
La noticia habla de condena penal en 2013, supongo que ya estará cumplida, pero.... ha realizado curso de reeducación?, o acaso al tener permiso francés y no tener el español, esta exento???. Esto sería un gran agravio contra los residentes con permiso español.
Lo dicho, antes de poder hablar hay que valorar muchas otras cosas, que no se cuentan en la noticia y que es practica operativa.
Y ahora vamos a lo general. Los DSV siempre han sido delitos de tercera categoría. Dependiendo del cuerpo policial, y los acuerdos con las juntas locales de seguridad, se les detiene y se les reseña, o simplemente se les da citación in situ para JR. Es decir ante un mismo hecho, en una misma provincia, dependiendo de acuerdos puntuales de JLS, puedo ser detenido y reseñado, o simplemente citado para juicio rápido. Españistan.
Un salu2

Tambien se rige mas por las directrices que de el fiscal de SV competente.

Sobre la noticia ya lo comente la otra vez que le pasó.

Habria que ver como está su expediente (carné español o frances, puntos no puntos, etc) y sentencias judiciales porque no es lo mismo conducir sin carné por perdida de puntos que conducir sin realizar el curso post judicial o durante la retirada judicial del permiso.

Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Sab, 31 Oct 2015, 21:06
por prodigo
Guante Corte-trauma

Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
Hola, claro que habría que mirar el expediente. Pero yabte digo yo una cosa. Extranjero con PNC extranjero es decir que no se han anotado las denuncias no de traído los puntos. Curso?? Ni de coña. Y el trámite del canje... Hasta enero tiene bula, y luego veremos.
En cuanto al fiscal de dsv, mejor pasamos palabra.
Un salu2

Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Jue, 05 Nov 2015, 17:17
por SEBASTIÁN

intervencionpolicial.com
Hoy 5 de noviembre llegó conduciendo al entrenamiento ¿ puede o no puede conducir en España ?

Re: Detener o no detener

NotaPublicado: Jue, 05 Nov 2015, 17:30
por astartes

sector115.es
SEBASTIÁN escribió:Hoy 5 de noviembre llegó conduciendo al entrenamiento ¿ puede o no puede conducir en España ?

http://www.marca.com/2015/11/05/futbol/ ... 28786.html

Al menos una buena noticia judicial para Karim Benzema. La Policía Municipal de Madrid ha procedido al archivo de la denuncia contra el francés por conducir sin carnet, dando por válido el permiso provisional aportado por el futbolista.

Esto quiere decir que se cierra la vía judicial del caso y se deriva a la administrativa. Por lo tanto, se suspende el juicio rápido previsto para el día 23 de noviembre -dos después del Clásico- y Benzema sólo deberá hacer frente a una multa por realizar una maniobra prohibida.


Leer más: Benzema sí tenía carnet - MARCA.com



Otra cosa es que al final esto de igual, porque le vayan a caer hasta 5 años en Francia ...