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Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Mar, 08 Jul 2014, 07:47
por Sinsentido
Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Absueltos 18 de los 19 acusados por el asedio al Parlament de 2011

Los imputados son considerados inocentes del delito contra las instituciones del Estado y uno de ellos es condenado a cuatro días de localización por una falta de daños

Barcelona. (Redacción/Agencias).- La Audiencia Nacional ha absuelto del delito contra las instituciones del Estado en relación con el asedio al Parlament catalán del 15 de junio de 2011 a 18 de los 19 acusados con estos cargos y ha condenado a uno de ellos a cuatro días de localización por una falta de daños.

La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión en una sentencia que cuenta con el voto particular discrepante del presidente, Fernando Grande-Marlaska, que proponía sentenciar a diez de los acusados por el delito contra las instituciones del Estado, y al condenado por la falta (que pintó la espalda a la diputada Montserrat Tura) quería imponerle un delito de daños.

Los fiscales Teresa Sandoval y José Perals pedían cinco años y seis meses de prisión para los 19 acusados por los incidentes registrados durante una concentración convocada por el movimiento 15M ante el Parlament, en Barcelona, que derivó en situaciones de asedio a parlamentarios, entre ellos los presidentes de la Generalitat, Artur Mas, y de la Cámara, Núria de Gispert.

Los magistrados Manuela Fernández Prado y Ramón Sáez Valcárcel (ponente) consideran que "la libertad de expresión y el derecho de reunión y manifestación prevalecen en este caso", ya que "para muchos sectores sociales la reunión y la manifestación es el único medio por el que expresar y difundir sus pensamientos y opiniones".

"Cuando los cauces de expresión y acceso al espacio público -indican- se encuentran controlados por medios de comunicación privados, cuando sectores de la sociedad tienen una gran dificultad para hacerse oír o para intervenir en el debate político y social, resulta obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación si se quiere dotar de un mínimo de eficacia a la protesta y a la crítica".

En este caso en concreto, afirman, "se dan todos los elementos mencionados: la convocatoria estaba destinada a hacer coincidir voluntades individuales para expresar una subjetividad colectiva, coincidiendo con la sesión del órgano legislativo de la comunidad autónoma en la que habían de decidir el contenido y el destino de las cuentas públicas".

"La finalidad era divulgar mensajes de protesta en relación a las decisiones legislativas", inciden los magistrados, y para ello se trataba de ocupar los alrededores del Parlament "para dirigir a los diputados, a los medios de comunicación y a la sociedad el rechazo de tales medidas de recorte del gasto social en detrimento de los servicios públicos y de la efectividad de los derechos sociales".

Para los magistrados, que también consideran que no hay pruebas suficientes de su participación en los hechos, la protesta suponía la defensa de la Constitución y los participantes "no trataban de cambiar el marco de relaciones jurídico-políticas, sino plantear que se estaba operando un vaciamiento de los derechos fundamentales".

La sentencia señala también que la protesta, que forzó a los diputados autonómicos a entrar en la Cámara en furgones policiales e incluso en helicóptero (como fue el caso de Mas y otros 29), hubiera requerido que se estableciera un perímetro para hacer compatible la acción de los piquetes y de los manifestantes.

Los participantes, indica, "buscaban confrontarse físicamente y dialogar con los representantes parlamentarios, trasladándoles el malestar y las consecuencias de los presupuestos que se iban a votar". "De esta manera, se hubiera delimitado la acción colectiva, sus contenidos y, sobre todo, el espacio físico y simbólico de la confrontación", añade el escrito.

El tribunal entiende que la confrontación se produjo debido al cierre de todos los accesos al Parlament salvo la entrada del Parc de la Ciutadella, "donde confluyeron los piquetes, provocando no solo la contaminación física entre unos y otros, sino la necesidad de los parlamentarios de abrirse camino".

La concentración, convocada con el lema "Paremos el Parlament", no había sido comunicada, y finalmente el pleno de la Cámara comenzó a debatir las cuentas de la Comunidad con retraso con aproximadamente la mitad de parlamentarios.

Los acusados se negaron a declarar durante la primera sesión del juicio que tuvo lugar en las dependencias de la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares. Uno a uno, los 19 imputados presentes en la sala anunciaron que no tenían intención de responder a las preguntas de ninguna de las partes. El juez rechazó las peticiones de la defensa de inhibirse del caso o de apartar del juicio las acusaciones particulares del Parlament, la Generalitat y Manos Limpias.

Leer más: http://www.lavanguardia.com/politica/20 ... z36rQomLut
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"Sorpresa" en el Govern por la absolución de los acusados por el asedio al Parlament

El conseller Espadaler expresa la extrañeza de la Generalitat ante la sentencia de la Audiencia Nacional

Barcelona. (Europa Press).- El conseller de Interior, Ramon Espadaler, ha asegurado este martes que la Generalitat acata la sentencia de la Audiencia Nacional que absuelve de delitos contra las altas instituciones del Estado, atentado y asociación ilícita a los 19 acusados de asediar el Parlament en junio de 2011, pero ha admitido que ésta ha generado "cierta sorpresa".

En declaraciones a Catalunya Ràdio, ha afirmado como conseller estar más cerca del voto particular del magistrado Fernando Grande Marlaska, que defiende que 10 de los acusados deberían haber sido condenados, ya que "alteraron el funcionamiento y dignidad del Parlament". Ha subrayado que le preocupa que se pueda desprender de la sentencia que "casi es responsabilidad" de la policía que se produjeran los incidentes, y ha remarcado que no puede compartir que el dispositivo pueda ser visto como el causante de los mismos.

El conseller ha recordado que cualquier dispositivo policial se hace con un doble objetivo: permitir la libre expresión de la protesta y evitar que esa protesta derive en incidentes. Espadaler ha asegurado que los servicios jurídicos de la Generalitat valorarán "con precisión jurídica" la posibilidad de recurrir la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo, y ha explicado que disponen de cinco días para ello.

Leer más: http://www.lavanguardia.com/politica/20 ... z36rRDr9cY
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En TV3 algun tertuliano no duda en culpar a los Mossos.

Sentencia: http://estaticos.elmundo.es/documentos/ ... lament.pdf

Re: Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Mié, 09 Jul 2014, 12:09
por Darth CME
Sinsentido escribió:
Absueltos 18 de los 19 acusados por el asedio al Parlament de 2011

Los imputados son considerados inocentes del delito contra las instituciones del Estado y uno de ellos es condenado a cuatro días de localización por una falta de daños

Barcelona. (Redacción/Agencias).- La Audiencia Nacional ha absuelto del delito contra las instituciones del Estado en relación con el asedio al Parlament catalán del 15 de junio de 2011 a 18 de los 19 acusados con estos cargos y ha condenado a uno de ellos a cuatro días de localización por una falta de daños.

La sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión en una sentencia que cuenta con el voto particular discrepante del presidente, Fernando Grande-Marlaska, que proponía sentenciar a diez de los acusados por el delito contra las instituciones del Estado, y al condenado por la falta (que pintó la espalda a la diputada Montserrat Tura) quería imponerle un delito de daños.

Los fiscales Teresa Sandoval y José Perals pedían cinco años y seis meses de prisión para los 19 acusados por los incidentes registrados durante una concentración convocada por el movimiento 15M ante el Parlament, en Barcelona, que derivó en situaciones de asedio a parlamentarios, entre ellos los presidentes de la Generalitat, Artur Mas, y de la Cámara, Núria de Gispert.

Los magistrados Manuela Fernández Prado y Ramón Sáez Valcárcel (ponente) consideran que "la libertad de expresión y el derecho de reunión y manifestación prevalecen en este caso", ya que "para muchos sectores sociales la reunión y la manifestación es el único medio por el que expresar y difundir sus pensamientos y opiniones".

"Cuando los cauces de expresión y acceso al espacio público -indican- se encuentran controlados por medios de comunicación privados, cuando sectores de la sociedad tienen una gran dificultad para hacerse oír o para intervenir en el debate político y social, resulta obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación si se quiere dotar de un mínimo de eficacia a la protesta y a la crítica".

En este caso en concreto, afirman, "se dan todos los elementos mencionados: la convocatoria estaba destinada a hacer coincidir voluntades individuales para expresar una subjetividad colectiva, coincidiendo con la sesión del órgano legislativo de la comunidad autónoma en la que habían de decidir el contenido y el destino de las cuentas públicas".

"La finalidad era divulgar mensajes de protesta en relación a las decisiones legislativas", inciden los magistrados, y para ello se trataba de ocupar los alrededores del Parlament "para dirigir a los diputados, a los medios de comunicación y a la sociedad el rechazo de tales medidas de recorte del gasto social en detrimento de los servicios públicos y de la efectividad de los derechos sociales".

Para los magistrados, que también consideran que no hay pruebas suficientes de su participación en los hechos, la protesta suponía la defensa de la Constitución y los participantes "no trataban de cambiar el marco de relaciones jurídico-políticas, sino plantear que se estaba operando un vaciamiento de los derechos fundamentales".

La sentencia señala también que la protesta, que forzó a los diputados autonómicos a entrar en la Cámara en furgones policiales e incluso en helicóptero (como fue el caso de Mas y otros 29), hubiera requerido que se estableciera un perímetro para hacer compatible la acción de los piquetes y de los manifestantes.

Los participantes, indica, "buscaban confrontarse físicamente y dialogar con los representantes parlamentarios, trasladándoles el malestar y las consecuencias de los presupuestos que se iban a votar". "De esta manera, se hubiera delimitado la acción colectiva, sus contenidos y, sobre todo, el espacio físico y simbólico de la confrontación", añade el escrito.

El tribunal entiende que la confrontación se produjo debido al cierre de todos los accesos al Parlament salvo la entrada del Parc de la Ciutadella, "donde confluyeron los piquetes, provocando no solo la contaminación física entre unos y otros, sino la necesidad de los parlamentarios de abrirse camino".

La concentración, convocada con el lema "Paremos el Parlament", no había sido comunicada, y finalmente el pleno de la Cámara comenzó a debatir las cuentas de la Comunidad con retraso con aproximadamente la mitad de parlamentarios.

Los acusados se negaron a declarar durante la primera sesión del juicio que tuvo lugar en las dependencias de la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares. Uno a uno, los 19 imputados presentes en la sala anunciaron que no tenían intención de responder a las preguntas de ninguna de las partes. El juez rechazó las peticiones de la defensa de inhibirse del caso o de apartar del juicio las acusaciones particulares del Parlament, la Generalitat y Manos Limpias.

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"Sorpresa" en el Govern por la absolución de los acusados por el asedio al Parlament

El conseller Espadaler expresa la extrañeza de la Generalitat ante la sentencia de la Audiencia Nacional

Barcelona. (Europa Press).- El conseller de Interior, Ramon Espadaler, ha asegurado este martes que la Generalitat acata la sentencia de la Audiencia Nacional que absuelve de delitos contra las altas instituciones del Estado, atentado y asociación ilícita a los 19 acusados de asediar el Parlament en junio de 2011, pero ha admitido que ésta ha generado "cierta sorpresa".

En declaraciones a Catalunya Ràdio, ha afirmado como conseller estar más cerca del voto particular del magistrado Fernando Grande Marlaska, que defiende que 10 de los acusados deberían haber sido condenados, ya que "alteraron el funcionamiento y dignidad del Parlament". Ha subrayado que le preocupa que se pueda desprender de la sentencia que "casi es responsabilidad" de la policía que se produjeran los incidentes, y ha remarcado que no puede compartir que el dispositivo pueda ser visto como el causante de los mismos.

El conseller ha recordado que cualquier dispositivo policial se hace con un doble objetivo: permitir la libre expresión de la protesta y evitar que esa protesta derive en incidentes. Espadaler ha asegurado que los servicios jurídicos de la Generalitat valorarán "con precisión jurídica" la posibilidad de recurrir la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo, y ha explicado que disponen de cinco días para ello.

Leer más: http://www.lavanguardia.com/politica/20 ... z36rRDr9cY
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En TV3 algun tertuliano no duda en culpar a los Mossos.

Sentencia: http://estaticos.elmundo.es/documentos/ ... lament.pdf


Nada nuevo bajo el sol..
El buenismo de esta sociedad no deja de sorprenderme.

En cuanto a lo de TV3 , hay un par de "tertuilianos" que son para darle de comer a parte.

Re: Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Mié, 09 Jul 2014, 16:59
por frankcme
Esperemos que el recurso ante el Tribunal Supremo corrija semejante barbaridad de sentencia.

Re: Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Sab, 12 Jul 2014, 16:05
por ferru sanma
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
A ver si se cambian las tornas y esto les da alas y "asedian" la casa de algún juez o el juzgado cuando estén jueces y fiscales reunidos.

Seguro que la medida es la mismita.

Re: Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Lun, 14 Jul 2014, 12:08
por MIG
Gama De Productos Anticorte

La proteccion ideal
materialpolicial.com
Lo de este país se nos está yendo de las manos.

Re: Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Mié, 23 Jul 2014, 20:06
por 77111

intervencionpolicial.com
frankcme escribió:Esperemos que el recurso ante el Tribunal Supremo corrija semejante barbaridad de sentencia.


+1000
Lo que es de traca fueron las declaraciones de algunos que ese dia pidieron ayuda, les interesan mas sus votos que su segurirad.

Re: Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Jue, 24 Jul 2014, 08:32
por frankcme
Oposiciones Cnp 2013

sector115.es
Ojalá pase otra vez y a todos los diputados que una vez en la Audiencia Nacional dijeron que ellos no se sintieron amenazados, yo los dejaría pasar a pie y solos...a ver si opinan lo mismo.

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Re: Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Mié, 30 Jul 2014, 22:01
por Trevize
Bravo.. vayan sacando la alfombra roja para el próximo asedio, aquí unos jugadose el tipo para nada.
Encima recuerdo que salió aquel famoso video de los infiltrados, que solo estaban en la calle y se les dijo desde que provocaron todo a quemaron contenedores, j*** si es que CME pilla por todos lados por violentos y por jugársela para que les den fiesta a los detenidos.

Re: Asedio al Parlament - Ganan los violentos

NotaPublicado: Mié, 18 Mar 2015, 01:05
por Bávaro
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Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
TRIBUNALES Sentencia
El Supremo condena a prisión a ocho asaltantes del Parlament

Rectifica a la Audiencia Nacional y afirma que la libertad de expresión y reunión no justifican "paralizar el trabajo de la Cámara"ordinario del órgano legislativo


La Sala Penal del Supremo ha condenado a ocho de las personas que el 15 de junio de 2011 asediaron a miembros del Parlamento de Cataluña, incluido el presidente del Gobierno catalán, Artur Mas, cuyo coche fue golpeado y zarandeado. Mas tuvo que acceder a la Cámara en helicóptero.

El Supremo ha corregido severamente la absolución decretada por la Audiencia Nacional, cuya sentencia generó una enorme polémica al justificar la actuación de los radicales.

Para la Audiencia, "cuando los cauces de expresión y de acceso al espacio público se encuentran controlados por medios de comunicación privados, cuando sectores de la sociedad tienen una gran dificultad para hacerse oír o para intervenir en el debate político y social, resulta obligado admitir cierto exceso en el ejercicio de las libertades de expresión o manifestación si se quiere dotar de un mínimo de eficacia a la protesta y a la crítica, como mecanismos de imprescindible contrapeso en una democracia que se sustenta sobre el pluralismo, valor esencial, y que promueve la libre igualdad de personas y grupos para que los derechos sean reales y efectivos, como enuncia la Constitución".

La Audiencia Nacional llegó a culpar a los Mossos d'Esquadra de que los manifestantes y los parlamentarios acabaran enfrentándose por no acotar correctamente la zona de manifestación: "Fueron actos de confrontación con los parlamentarios, inevitables en el modo que la autoridad gubernativa había planteado el ejercicio del derecho", afirmó.

Ahora, el Supremo ha estimado un recurso de la Fiscalía y condena a tres años de prisión por un delito contra las instituciones del Estado a José María Vazquez Moreno José López Cobos, Angela Bergillos , Jordi Raymond, Ciro Morales, Olga Alvarez, Ruben Molina y Carlos Munter. La sentencia incluye un voto particular del magistrado Perfecto Andrés, favorable a mantener la sentencia de la primera instancia.

La sentencia, redactada por el presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena, analiza la interpretación realizada por la resolución absolutoria en relación con la colisión de dos derechos fundamentales en conflicto: el de libertad de expresión y el derecho de reunión para concluir que la Audiencia Nacional incurrió en un 'patente error' , dado que esos dos derechos "colisionaban con el derecho de participación de los ciudadanos a través de sus legítimos representantes en el órgano legislativo".

El Supremo entiende que la sentencia absolutoria dictada por la Audiencia "altera las claves constitucionales que han de presidir la tarea jurisdiccional de ponderación. Y lo hace recurriendo a una errónea y traumática desjerarquización de uno de los derechos convergentes: el derecho constitucional de participación política a través de los legítimos representantes en el órgano legislativo".

El tribunal afirma que el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho de reunión no pueden operar como elementos neutralizantes de otros derechos y principios indispensables para la vigencia del sistema constitucional. "Paralizar el trabajo ordinario del órgano legislativo supone afectar no ya el derecho fundamental de participación política de los representantes políticos y, en general, de los ciudadanos catalanes, sino atacar los valores superiores del orden democrático".

Sin modificar los hechos declarados probados por la Audiencia, el Supremo considera que la conducta de los condenados fue delictiva porque "contribuyeron con su acción a reforzar la violencia e intimidación sufrida por los diputados autonómicos impidiéndoles el normal desarrollo de sus respectivas funciones representativas".

http://www.elmundo.es/cataluna/2015/03/ ... b456d.html