Guantes Anticorte Policiales |
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Armas prohibidas
Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE 55/1993),se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
Armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la oportuna autorización de modelo o prototipo.
Armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.Pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.Armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
Armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
Bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y lasnavajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
Armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
Defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, lasllaves de pugilato, con o sin púas, los TIRAGOMAS Y CERBATANAS PERFECCIONADOS, los munchacos y xiriquetes; así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.
No se considerará prohibida la tenencia de las armas antes citadas por los museos, coleccionistas u organismos autorizados.
En principio yo creo que estarian prohibidos portarlos en la via pública.
Pero como club de tiro podriais acreditar que su uso seria deportivo, siempre dentro de una logica, pero para salir de dudas con un escrito a la IA de tu zona te aclararia hasta donde se puede llegar con el transporte de dicha arma.
escrito desde mi móvil. sorry