Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco |
|
nola2hurtu.eus |
EXPONGO:
MOTIVACIÓN: (exposición de los motivos que justifican la propuesta o sugerencia)
Como agente destinado en el GRS N1 de Madrid (Valdemoro), por la problemática sobre la función que tiene encomendada en el Manual de la Agrupación y Reserva, en su apartado 2.5 Honores y Protocolo, capitulo II, punto 2, Tipos de Servicios Específicos, en el que nos indica que una de las funciones del GRS es la realización y participación en desfiles castrenses militares.(tomas de posesión de jefes de zona, ascensos de jefes, actos de la Comunidad de Madrid, día de la FFAA, etc, etc). Este tipo de servicios merma la capacidad operativa del GRS, la conciliación de la vida familiar, social y laboral y afecta directamente a las condiciones de vida en la unidad.
Tenemos que indicar que estas son unidades de elite de la Guardia Civil, donde las condiciones socio-económicas y profesionales de los agentes que las componen deberían de ser atendidas mucho más exhaustivamente por parte de la superioridad. En concreto las del GRS no 1, por estar ubicado en Madrid, Capital de España, centro neurálgico de todos los estamentos gubernamentales y sede del gobierno central, donde tienen competencia operativa en toda la Comunidad de Madrid, prestando apoyo a todas las unidades operativas de esta, es evidente que la carga de trabajo que sufre esta unidad es excesiva, la cual los Guardias Civiles que componen el GRS No1 realizan por su abnegación al servicio, pero también reclaman que sus derechos profesionales sean respetados. Todo esto repercute en las condiciones de vida de la unidad donde el personal está totalmente desmoralizado y esperando a cumplir la permanencia para poder irse a otras unidades donde esperan tener mejores condiciones laborales.
En referencia a la operatividad de la unidad, se da el caso en que se han anulado servicios de seguridad ciudadana, apoyo a unidades operativas, entradas en domicilios, etc, en favor de un desfile militar. También se da la circunstancia que se detrae personal de todas las dependencias del GRS como armamento, automovilismo, oficinas, etc. para la realización de ensayos para un desfile y su posterior realización. Estos ensayos suelen durar entre 2 o 3 días, y con una duración a veces de mañana y tarde. Esto ha conllevado que en varias ocasiones se ha tenido que solicitar apoyo a otras unidades como la useci de la Comandancia de Madrid o el apoyo de otros GRS de otras provincias para realizar los servicios antes comentados prevaleciendo la realización de un desfile militar que un servicio de seguridad ciudadana que a la que se deben los Guardias Civiles. Tampoco se ha tenido en cuenta los gastos que conlleva desplazamientos, dietas, etc. cuando se ha solicitado ese apoyo y además de mermar las capacidades operativas y de personal en la provincia del grupo que se desplace a Madrid.
No se entiende como los Guardias Civiles de esta unidad portan en la prestación del servicio diario en su dotación de armamento el cetme LC, un modelo de arma larga, viejo, anticuado y con unas prestaciones para el servicio inadecuadas, mientras que en las dependencias de armamento del GRS No1, hay fusiles de asalto HK de nueva adquisición, modernos y con unas prestaciones optimas para la prestación del servicio diario de esta unidad y que solo se utilizan en este tipo de actos de honores y protocolo como los desfiles antes mencionados. Esta situación nos indica que es mucho más importante la imagen del cuerpo dando prevalencia a este tipo de actos castrenses militares, que a la seguridad de los propios agentes y sus condiciones de vida en la unidad.
Otro de los problemas que venimos observando por esta prevalencia y el exceso de servicios es que los componentes de esta unidad se les exige pasar unas pruebas de reciclaje anuales (PAEF) que sirven para mantener la operatividad de la unidad y que por las situaciones expuestas en el anterior párrafo, esta operatividad sea prácticamente nula. Ya que como hemos dicho por la cantidad de servicios a prestar y si además le añadimos el problema de los desfiles al personal de esta unidad le es muy difícil prepararse para estas pruebas. Pero sin embargo en contraposición por parte de la unidad se exige a los agentes del GRS No 1 que deben de pasar estas pruebas notablemente porque de ello depende la permanencia o no en la unidad. Esto hace también que la falta de adiestramiento diario especifico que debiera ser realizado para una optima prestación de misiones o servicios ordenados también sea prácticamente nula y tal es asi que se han dado episodios en los que se han producido accidentes que afortunadamente no han llegado a máximos como el manejo de las armas escapándose tiros al aire o entradas a pisos sin apenas formación de los agentes que la han tenido que realizar. Todo esto es sabido por la superioridad pero de momento no se ha puesto solución a este problema.
La conciliación laboral y familiar es casi inexistente en esta unidad ya que deja mucho que desear la aplicación de normativa al respecto como la OG No 4/10, sobre horario y jornada de los miembros de la GC, en lo que se refiere a la previsión del servicio y a las continuas modificaciones que se hace de este. Estas modificaciones son justificables por razones del servicio debidamente justificadas y siempre que se hayan adoptado las medidas organizativas necesarias no hayan dado el resultado necesario para la no modificación de esa previsión. Pero no es de recibo que por un desfile se trastoque la previsión del servicio de los agentes dando máxima prioridad a este tipo de cometidos sin tener en consideración sus necesidades sociales y familiares, y ante cualquier servicio de Seguridad Ciudadana para proteger el libre ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos como así nos indica la propia constitución.
La GC es un cuerpo de naturaleza militar, con doble dependencia del Mo de Defensa y el Mo del Interior, pero no pertenece a las FFAA, como así nos indica la LO 13/86, de FFYCCSE, y la propia Constitución. Así podemos ver en sus artículos 8 y 104, quién y cuál es la función a desempeñar.
Articulo 8
1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución
Artículo 104
1. Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
2. Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.
Por otro lado, y como continuación a la situación de las continuas modificaciones del servicio con motivo de tales desfiles y actos protocolarios o incluso por intervenciones perfectamente planificables, generan un riesgo psicosocial elevado ante la imposibilidad de conciliar la vida familiar, realizar planes con amigos, etc... que genera no solo una situación de estrés e impotencia por el agente ante la imposibilidad de asistir al acto familiar planificado, sino malestares familiares pues no solo es perjudicado el agente sino el entorno familiar completo, situación que, hasta la fecha y a pesar de la obligación impuesta tanto en normativa estatal como comunitaria, NO HA SIDO EVALUADA POR EL SPRLGC
PROPUESTA O SUGERENCIA: (concretar).
- Supresión del Manual de la Agrupación Rural de Seguridad, en el capitulo II, del punto 2, Tipos de Servicios Específicos, apartado 2.5 Honores y Protocolos, el punto 2.5.1 Como unidades de honores y
protocolo. para que el GRS no realice este tipo de actos militares castrenses
- Que el SPRLGC proceda a evaluar las situaciones de riesgo psicosocial motivado por los constantes y habituales cambios de servicio al que se ven sometidos los agentes de la Unidad.
http://augcmadrid.es/wp-content/uploads ... LO-GRS.pdf