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Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Dom, 17 Ago 2014, 11:57
por boadil2

foropolicia.es
CHAMI, no es por discutir, pero mira es simple, sáltate un STOP, por ejemplo, provoca un accidente y después vienes al foro y nos cuentas a quien condenan, al otro usuario de la via, o a ti, que según tu SI tienes prioridad :España:

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Dom, 17 Ago 2014, 12:08
por Prest0
Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Entiendo que para acogerse al citado artículo tendra que llevar rotativos encendidos, y entiendo que cuando se acerque a una zona peligrosa se pondra el aviso sonoro?
Salutenss!!
PD. Es pregunta, mi desconocimiento en temas de trafico es bastante amplio ya que solo tengo ciertos carnets y hay mucho mito urbano...

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Dom, 17 Ago 2014, 12:23
por TrendMicro
boadil2 tiene razón.

RGC escribió:Artículo 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.

1. Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos de este reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos II, III y IV, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.

Resumiendo, puedes incumplir pero asumiendo las posibles consecuencias que deriven de ese incumplimiento.

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Dom, 17 Ago 2014, 15:38
por guci
En parte y aunque parezca contradictorio, en mi opinión, los dos tienen razón; también es infracción "No facilitar el paso a un vehiculo prioritario que circula en servicio de urgencia, despues de percibir las señales que anuncian su proximidad".

RGC
Artículo 67 Vehículos prioritarios
1. Tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando se hallen en servicio de tal carácter. Podrán circular por encima de los límites de velocidad y estarán exentos de cumplir otras normas o señales en los casos y con las condiciones que se determinan en esta sección (artículo 25 del texto articulado).
2. Los conductores de los vehículos destinados a los referidos servicios harán uso ponderado de su régimen especial únicamente cuando circulen en prestación de un servicio urgente y cuidarán de no vulnerar la prioridad de paso en las intersecciones de vías o las señales de los semáforos, sin antes adoptar extremadas precauciones, hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se disponen a facilitar la suya.

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Dom, 17 Ago 2014, 19:21
por boadil2
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Le podemos dar las vueltas que queráis, adornarlo como cada un quiera....pero al final,el vehículo policial, por no respetar una norma de la LSV provoca un accidente, sera el responsable del mismo, y lo digo porque, lamentablemente, me toco intervenir en algún accidente de estos, antes en la ATGC y en la actualidad en P.L. y en alguno el policía conductor fue condenado gravemente, lo demás, florituras del foro.....

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Lun, 18 Ago 2014, 07:17
por juma

60?
materialpolicial.com
Creo que lo que quiere decir Chami es que tenemos prioridad y nos tienen que ceder el paso si vamos de urgencia siempre que cumplamos las normas, es decir, si yo estoy parado detrás de un coche y este no se aparta (pudiendo), no dejándonos pasar, esta acción es sancionable, lo cual no quiere decir que nos podamos saltar todo por llevar los prioritarios. Creo que ese es el espiritu de la norma.

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Lun, 18 Ago 2014, 08:32
por MIG

intervencionpolicial.com
Los vehículos en servicio prioritario sí tienen dicha prioridad, otra cosa es que nuestra prerrogativa para saltarnos un stop se haga bajo responsabilidad del actuante, y por tanto haya que tener cuidado al hacerlo y cerciorarse que nos ven, no es una carta blanca y en caso de accidente el compañero va para adelante.

El caso concreto prefiero no opinar de los compañeros, ellos sabrían las circunstancias, si bien es cierto que los profesionales podrán decirlo con la voz de la experiencia, que algunos servicios tendrán que correr y en otros es peor el remedio que la enfermedad.

Saludos

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Lun, 18 Ago 2014, 09:54
por guci
Academia Acceso CNP

sector115.es
boadil2 escribió:Le podemos dar las vueltas que queráis, adornarlo como cada un quiera....pero al final,el vehículo policial, por no respetar una norma de la LSV provoca un accidente, sera el responsable del mismo, y lo digo porque, lamentablemente, me toco intervenir en algún accidente de estos, antes en la ATGC y en la actualidad en P.L. y en alguno el policía conductor fue condenado gravemente, lo demás, florituras del foro.....


Ni adornos, ni florituras del foro, un poco de consideración por favor; se han puesto artículos de la ley en base a la "prioridad de paso" vigentes en la normativa, así que intenta diferenciar o reconocer la responsabilidad en cuestión que tenemos en caso de accidente, con la prioridad que nos otorga la legislación de tráfico.

Tú mismo sabes que si una patrulla en servicio urgente te denuncia por no facilitarle el paso en condiciones de hacerlo, tienes asegurada la sanción al 99´9% de probabilidad.

¿Puede resultar contradictorio? Pues sí, pero no por invenciones nuestras, si no por el trabajo del legislador y de la interpretación que tengan los tribunales.

Tampoco hay que estar en Atestados de la Guardia Civil (que son los que instruyen en estos casos), ni en la Policía local, para saber todo esto, por desgracia quien lo sabe bien es el compañero que haya padecido un accidente en estas circunstancias y haya tenido que dar la cara ante un tribunal.

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Lun, 18 Ago 2014, 22:25
por boadil2
" Tampoco hay que estar en Atestados de la Guardia Civil (que son los que instruyen en estos casos), ni en la Policía local, para saber todo esto, por desgracia quien lo sabe bien es el compañero que haya padecido un accidente en estas circunstancias y haya tenido que dar la cara ante un tribunal."

Tu mismo te contestas compañero,es lo que quiero decir, al final es el COMPAÑERO, el que tiene que dar la cara en un tribunal, y créeme, al tribunal le dará igual los motivos que tendría para infringir la norma, por eso digo lo de "florituras del foro" no es peyorativo, es REAl como la visa misma, el que lo quiera entender, bien, el que no, pues tambien :España:

Re: GC sancionado por exceso de velocidad en llamada urgente

NotaPublicado: Jue, 21 Ago 2014, 10:34
por JAKE
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7 días de prueba
nola2hurtu.eus
Estos problemas no los tienen los mandos....como ellos no atienden servicios de seguridad ciudadana ni acuden rápido a nada...ni a sus boquetes donde les llenan el buche de válvula. ... están para cosas más importantes como gestionar el material....