Cartera Guardia Civil |
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Soy un GC, que espero opinar y ayudar en lo que pueda por aqui.
Hoy os pido vuestra opinion en una suceso que me paso con la PL.
Hace un año, en una intervencion de la PL, me pidieron identificarme y lo hice con mi condicion de GC (crei oportuno hacerlo por dar seguridad a su actuacion policial)
En esa identificacion uno de los PL, decidio denunciarme por tenencia de sustancias psicotropicas (la denuncia esta en tramites de recursos al entenderla no apropiada).
A parte de esa situacion, que puedo entender "normal", este PL, aprovecho que yo me identifique como GC, para ir al dia siguiente, con la copia de la denuncia y copia del informe policial que adjunto en la denuncia, a un destacamento de la GC, para poner en conocimiento lo sucedido.
Por esto, se me abrio expediente disciplinario que acabo con su caducidad.
Analizando la situacion y leyendo cual es el regimen disciplinario que compete a las PL, que en este caso es el mismo que el de la Policia Nacional, me asalta la siguiente duda.
¿Cometería una falta disciplinaria tipificada por el articulo 7 h en el Regimen Disciplinario de la Policia Nacional?
Articulo 7 h) "La violación del secreto profesional cuando perjudique el desarrollo de la labor policial,
a cualquier ciudadano o a las entidades con personalidad jurídica."
Teniendo en cuenta que el secreto profesional es :los Policías locales deben guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del
desempeño de sus funciones.
Muchas gracias por leerme y estare mas agradecido con vuestras opiniones, ya sean favorables o no.