Buenas,
según la ley " La ejecución de las sentencias en el orden Contencioso-Administrativo se encuentra regulada en los Art. 103-113,Ley 29/1998, de 13 de julio, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Art. 517-747 ,LEC.", tras perder la DGP un contencioso de tipo "cantidades", se le comunica sentencia por el juzgado en un plazo de diez días y después tienen otro plazo de otros 10 días para comunicar que han cumplido con la sentencia.
Actualmente un compañero lleva esperando 5 meses y todavía no le han pagado ¿Alguien que conozca la situación sabe cuánto tardan en pagar?
Gracias.
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