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Según la web de Interior (imagino que referenciada a la LOEX), dice:
El extravío de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, su destrucción o inutilización, llevará consigo para el titular la obligación de pedir inmediatamente otro documento con la misma validez y vigencia que el extraviado, destruido o inutilizado.
Estoy en un Puesto Fronterizo, y muchas veces nos llegan ciudadanos extranjeros con la Residencia hecha polvo, y me gustaría saber hasta qué punto es exigible bajo apercibimiento de sanción de que la renueve. He mirado el articulado de infracciones de la LOEX y no dice nada... Saludos!