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david7724 escribió:Tengo una duda chicos
Tengo claro que :
1. En los CGM se pierde la parte del baremo del 0,90 ,0.80 (o lo que corresponda según destino)
2. En Ascensos se pierde el 2.80 de la categoría.
Mi pregunta es la siguiente :
Después de 3 años de Policía en Madrid y 9 años de Oficial tb en Madrid y haber cogido plaza en el anterior CGM en otra plantilla. En caso de aprobar ahora el ascenso a Subi desde la nueva plantilla de destino donde llevo 1 sólo año;
el baremo con el que pediría ya como Subi, pasado el año de rigor en Cataluña y pedir de nuevo con * en el primer CGM que pudiese, sería el de tan sólo un mísero 0.20 por año nada más después de tanto tiempo?
El 0.90 de todos los años anteriores volaría en este caso, por haber participado en el cgm anterior aunque fuese de oficial?
Eso es, una vez que coges plaza en un CGM el 0,90 por año (0,80 o 0,70, dependiendo de la plantilla) solo cuenta desde ese CGM en el que pillaste plaza, independientemente de la categoría.