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El derecho a la intimidad comprende el derecho a la inviolabilidad del domicilio. ¿Tiene derecho a ello el inquilino?
Existe la creencia popular de que el propietario de una vivienda alquilada puede entrar y salir de la misma a su antojo, con independencia de lo que diga, haga o deje de hacer el inquilino. Si la vivienda es mía, piensa el propietario, ¿cómo no voy a poder entrar para comprobar si hay goteras –por ejemplo- o comprobar si me la están cuidando como es debido? Veamos cuál es su régimen.
Al celebrar un contrato de arrendamiento de un piso o casa o incluso de una sencilla habitación, estamos cediendo el uso de la misma a una tercera persona para que esta satisfaga su necesidad permanente de vivienda y la convierta por lo tanto en su domicilio a todos los efectos.
Pues bien, la Constitución española, en su artículo 18.2, establece que “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.” Se trata del derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio, una de las vías a través de las cuales se materializa el derecho a la intimidad.
Por lo tanto, en principio, mientras el inquilino esté en posesión del piso, casa o habitación arrendada el propietario no podrá entrar en ella sin consentimiento del inquilino?
¿Es válida una cláusula contractual que permita al arrendador el acceso a la vivienda?
No es válida ningún tipo de cláusula que permita prescindir del consentimiento del inquilino para acceder a la vivienda. Ahora bien, sí es posible incluir cláusulas que “animen” al inquilino a facilitar el acceso a la mayor brevedad posible, siempre y cuando se acredite la necesidad del acceso y no se prescinda del consentimiento de aquel. Por ejemplo cláusulas que impusiesen algún tiempo de sanción económica en caso de no permitir el acceso de manera injustificada antes del transcurso de un plazo o un evento.
Si el arrendador no vive en el domicilio, con el contrato de alquiler iría a un abogado a que le confirmase lo que aquí le expongo. Con lo que le contesten actúe en consecuencia.
Gracias y un saludo.