Curso Acceso Guardia Civil |
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SEBASTIÁN escribió:¡¡ Aaaaaaaaaaaamigo !! como decimos por mi Tierra , haber empezado por ahí.
Primero : espero que tu pareja se recupere bien . Segundo : si es fuera de casco urbano se debería de haber llamado a Guardia Civil . Tercero : el atestado de Policía Local también es válido fuera de casco urbano si no se persona la Guardia Civil. La prueba de alcoholemia no es obligatoria entre otras razones porque no todas las Policías Locales tienen alcoholímetros. ( sobre todo los homologados que son carísimos ) .Cuarto : aunque la respuesta sea seca es normal que el Policía te conteste así . Haz la prueba de decirle a un médico si le van a hacer un TAC a un paciente en urgencias .Quinto : si uno de los Policías conoce a una de las partes se debe de abstener . Pero tienes que demostrar que lo conoce y que tiene cierto interés en perjudicarlo o de beneficiarlo. En cualquier caso tanto las compañías de seguro como el juzgado en su caso sabrán lo correcto.Por lo menos en teoría las normas le dan la preferencia y la razón a su pareja .
Perdón pero tengo que matizar este comentario con lo que dice el articulado del reglamento general de circulación.
Artículo 21 Investigación de la alcoholemia. Personas obligadas
Todos los conductores de vehículos y de bicicletas quedan obligados a someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de las posibles intoxicaciones por alcohol. Igualmente quedan obligados los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación (artículo 12.2, párrafo primero, del texto articulado).
Los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico podrán someter a dichas pruebas:
a) A cualquier usuario de la vía o conductor de vehículo implicado directamente como posible responsable en un accidente de circulación.
b) A quienes conduzcan cualquier vehículo con síntomas evidentes, manifestaciones que denoten o hechos que permitan razonablemente presumir que lo hacen bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
c) A los conductores que sean denunciados por la comisión de alguna de las infracciones a las normas contenidas en este reglamento.
d) A los que, con ocasión de conducir un vehículo, sean requeridos al efecto por la autoridad o sus agentes dentro de los programas de controles preventivos de alcoholemia ordenados por dicha autoridad.
Después de su lectura entenderás que hay obligación de someterse a las pruebas de detección alcohólica. Lo que está claro es que si no se tienen los elemento necesarios para hacerlos (carecer de alcoholímetros homologados) por parte de la fuerza actuante estos deberían de pedir auxilio a otra que si los posea.
No creo que podamos valorar en su justa medida las formas de los actuantes respecto a las formas si sólo tenemos su versión. Que lógicamente esta supeditada a sus intereses.
Todo es mejorable en cuestión de trato y de formas. No creo que si a UD una persona ajena a su entorno de trabajo le dice como "debe"actuar le agrade. No por eso no puede hacer una queja, no me mal intérprete. Lo que si es importante es que en el informe atestado queden bien reflejado todos los detalles para que luego su seguro o defensor pueda solicitarlos y analizarlos para poder defenderle de la otra parte y o cuestionar la imparcialidad de los actuantes.
Espero haberle sido de ayuda
Un saludo a tod@s...